Flashcards
Fichas Creativas

Cards in this deck (12)
- 1USAC Departamento de Pedagogía Sede departamental Antigua Guatemala Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa Escuela de Vacaciones Diciembre Curso: Derecho Administrativo Catedrático: Licda. María Teresa TeretFredy Gregorio Tojin Lobos
No. De Carnet: 202250771 - 2Prueba de bloque 2Realizar un análisis personal sobe los artículos indicados en fichas didácticas e ilustrar Artículos: 4, 5, 12, 14, 15, 17, 28, 29, 30, de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- 3Artículo 4. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y obligaciones, en este caso, no importa si es mujer u hombre, todos deben tener las mismas oportunidades de trabajo, salud, alimentos, entre otros, sin importar su condición física, sin embargo, en países como Guatemala, existen aún muchas limitaciones hacia personas por su condición o su estado civil, ya que muchos piensan que por ser hombre o mujer, es menos en ciertos trabajos, pero hay que tener en cuenta que artículos como estos se pueden hacer denuncias respectivos.

- 4Artículo 5. Libertad de acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o por actos que no impliquen infracción a la misma.En este artículo se establece que todos los ciudadanos pueden hacer cualquier acción que fuera, mientras no es prohibido por ley, sin embargo, hay que tener en cuenta que todo tiene un límite, si bien no podemos ser perseguidos o condenados, debemos de hacer las cosas en forma correcta, ya que bien podemos hacer cualquier acción, pero bien si estos afectan a las demás personas, lo cual puede ser controversial e incluso se puede hacer una demanda contra esa persona.

- 5Artículo 12. Derecho de defensa. La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o secretos, ni por procedimientos que no estén preestablecidos legalmente.Este articulo puede ser un poco complicado de procesar, ya que, si bien sabemos, en Guatemala existen grandes actos de delincuencia, y las personas víctimas pueden hacer denuncias respectivas, sin embargo, al ser estos demasiados tardados, puede hacer que se tergiverse la información o los actos acusados, e incluso pueden llevar a la persona victima ser culpable, ya que en Guatemala se necesitan grandes cambios para que se pueda hacer justicia.

- 6Artículo 14.-Presunción de inocencia y publicidad del proceso. Toda persona es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada. El detenido, el ofendido, el Ministerio Público y los abogados que hayan sido designados por los interesados, en forma verbal o escrita, tienen derecho de conocer personalmente, todas las actuaciones, documentos y diligencias penales, sin reserva alguna y en forma inmediata.Como se ha dicho anteriormente, este articulo también puede ser un poco complicado llevarla al borde, ya que en muchas ocasiones todo el tiempo que se tarda el Ministerio Público en realizar las investigaciones correspondientes, se puede contradecir todo lo declarado por las víctimas, ya hemos visto como estos “servidores públicos” pueden influir en los resultados de condena, ya sea declararlos culpables o inocentes, aunque hayan cometido un delito, por lo tanto se necesitan personas integras en cargos como estos, para que exista justicia en el país.

- 7Artículo 15. Irretroactividad de la ley. La ley no tiene efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorezca al reo.En este artículo menciona que cuando una persona es condenada bajo leyes ya establecidos, y de alguna manera estos son modificados, la sentencia por la cual fue condenada se puede apelar, por lo que se vuelve una injusticia para la persona que denuncio a esa persona, ya que puede recuperar su libertad, sin embargo, esto no debería ser así ya que, el caso ya se había cerrado, por lo que es necesario mantener la misma sentencia.

- 8Artículo 17. No hay delito ni pena sin ley anterior. No son punibles las acciones u omisiones que no estén calificadas como delito o falta y penadas por ley anterior a su perpetración. No hay prisión por deuda.Este articulo va de la mano con la anterior, ya que, en este menciona que las leyes que ya se habían modificado se deben acatar de acuerdo a la ley, sin embargo, los delitos anteriores que estos se había cometido desde el año de su modificación no pueden ser juzgados o sentenciarlo, ya que estos son ayudados por las leyes modificadas.

- 9Artículo 28. Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días. En materia fiscal, para impugnar resoluciones administrativas en los expedientes que se originen en reparos o ajustes por cualquier tributo, no se exigirá al contribuyente el pago previo del impuesto o garantía alguna.Bueno este es un artículo en donde nosotros como guatemaltecos tenemos acceso y derecho, pues existen diferentes formas por la cual podemos hacer una petición hacia alguna autoridad pública, por ejemplo, esto ocurre cuando vemos irregularidades, hechos incorrectos, entre otros, con el fin de querer soluciones o respuestas a estas peticiones, es por ello que nosotros como guatemaltecos debemos conocer la Constitución Política de la República de Guatemala, para saber nuestros derechos, y poder denunciar y recibir una respuesta en menos de treinta días.

- 10Artículo 29. Libre acceso a tribunales y dependencias del Estado. Toda persona tiene libre acceso a los tribunales, dependencias y oficinas del Estado, para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley. Los extranjeros únicamente podrán acudir a la vía diplomática en caso de denegación de justicia. No se califica como tal, el solo hecho de que el fallo sea contrario a sus intereses y en todo caso, deben haberse agotado los recursos legales que establecen las leyes guatemaltecas.Este articulo como la anterior, nosotros como guatemaltecos tenemos el derecho a recibir ayuda y respuesta a lugares en donde se puede realizar la justicia, además estos no deben poner algún impedimento hacia personas para hacerlo, sin embargo, como la ley lo establece tienen una excepción los extranjeros, quienes deben ir a otra entidad diplomática.

- 11Artículo 30. Publicidad de los actos administrativos. Todos los actos de la administración son públicos. Los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia.En este artículo se menciona que el Estado tiene la obligación y los ciudadanos el derecho de ver toda la información relacionada a los actos que realiza la administración pública, como obras, entre otras, en donde se ve reflejado por el pago por medio de los impuestos. Si bien, se puede encontrar la información, muchas de estas pueden ser incorrectas, ya que como bien sabemos el gobierno tiene la intención de maquillar informes, etc., con el fin de que la población guatemalteca crea algo que no es. Lo que queda es “aceptar” lo que el gobierno diga, aunque se sabe que es falso.

- 12Gracias por su atención
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- Flashcards on Fichas Creativas , created by Fredy Gregorio Tojin Lobos on 16/12/2023.
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- Fredy Gregorio Tojin Lobos
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