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Resumen y actividad 25/2/16 Clase de Derecho mercantil y financiero Maestro Luis Gonzales
Nicole Rivera
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Nicole Rivera
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Question Answer
DEFINICIÓN DEL DERECHO Regulación de la convivencia humana.
NACIMIENTO DEL DERECHO el hombre requiere de la sociedad por la mera necesidad de supervivencia. la vida es un hacer permanente, hacer que implica, a su vez, una permanente toma de decisiones, inclusive la decisión de no hacer. Este constante decidir hacer o no hacer es lo que permite identificar el libre albedrío humano. Las necesidades de sobrevivir, decidir (libre albedrío) y proponerse fines propios (autonomía) se convierten en intereses que la sociedad ayuda a realizar, y que nosotros hemos denominado intereses primigenios.El derecho nace de manera espontánea casi como un producto orgánico, sin ser precedido por una deliberación consciente”
FUNCIÓN DEL DERECHO Histórica y paulatinamente las organizaciones humanas, a través de formas y procesos distintos, han ido regulando con una técnica especial aquellas conductas sociales que pudieran afectar o interferir la realización de tales intereses. En efecto, dicha técnica de regulación cuya función original nos permite concebirlo como un instrumento orientado a facilitar una convivencia que asegure los intereses primigenios.
SUPUESTO NORMATIVO Enunciado establecido en toda norma jurídica (contenido normativo)
CONTENIDO NORMATIVO Datos predeterminados que la norma informa, indica, prescribe o modela
HECHO JURÍDICO Condición de aplicación de la norma
CONSECUENCIAS NORMATIVAS Efectos jurídicos previstos por la norma de derecho
El orden jurídico... Implica la existencia de un conjunto sistematizado y jerarquizado de normas
NORMAS PRIMARIAS Imponen deberes
NORMAS SECUNDARIAS normas de reconocimiento, cambio y valores
SEGQURIDAD JURÍDICA
LEGALIDAD Sinónimo de la sola validez
DERECHO POSITIVO Iuspositivismo
DERECHO NATURAL Iusnaturalismo
PHYSIS O naturaleza. Contar con una explicación racional de cómo y porque es que todo cambia y se transforma.
CARLOS S. NINO Iusnaturalismo. Hay principios que determinan la justicia de las instituciones sociales y establecen parámetros de virtud personal universales y asequibles a la razón humana. También se cree que los sistemas o normas jurídicas no podrán ser clasificados como derecho
DEONTOLOGICO No niegan el carácter jurídico del derecho positivo
ONTOLOGICO Acepta las dos tesis sobre el derecho. Niega el carácter jurídico de todo sistema o norma del derecho.
IMMANUEL KANT la moral es autónoma, es lo interno del hombre. Mientras que el derecho es el ámbito externo (convivencia social)
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