Flashcards
Derecho III 2P
Cards in this deck (97)
- 1FRANQUICIA ¿Qué es?, partes y características.Franquiciante (titular de derechos, o facultado a uso y transmisión) le otorga al franquiciado (comerciante ind que paga y explota la marca) el derecho a utilizar un sistema probado, destinado a comercializar, emblema o la marca del franquiciante, quien provee un conjunto de conocimientos técnicos y la prestación continua de asistencia técnica o comercial, contra una prestación directa o indirecta del franquiciado.
CARACTS: oneroso, bilateral, conmutativo, nominado y de tracto sucesivo. - 2FRANQUICIA ClasesClases:
-Mayorista-> franquiciante le da a una persona (f o j) un territorio para que actúe y el derecho de subfranquicias (franquiciado vende franquicias)
-De desarrollo-> franquiciante le da el derecho a poder abrir múltiples negocios bajo su franquicia en una región o país determinado (pero los negocios son del franquiciado, es más independiente) - 3FRANQUICIA Elementos 7-Know how o sist de negocio-> conocimientos prácticos y experiencia del franquiciante, que ha sido probado. Secreto, sustancial y transmisible.
-Marca reconocida con formato uniforme
-Control estricto del franquiciante al franquiciado
-Asistencia del franquiciante al franquiciado
-Elementos para la instalación inicial y merc tiene que ser compradas donde diga el franquiciante
-Locales prop del franquiciado y el franquiciante lo equipara
-Partes independientes entres si (financiera y jurídicamente) - 4FRANQUICIA VentajasFranquiciante: introduce sus productos y hace conocida su marca en nuevos mercados, sin arriesgar su capital y ganando dinero seguro.
Franquiciado: asegurada publicidad y clientela, que confía en su marca y productos, despreocupado de la competencia y de buscar proveedores. - 5FRANQUICIA Obligaciones del franquiciante (y responsabilidad) y del franquiciadoFranquiciante: dar info previa al contrato, transmitir el know how, brindar asiste tecnica e insumos, defender y proteger el uso de la franq a la que tiene derecho el franquiciado, no puede tener participacion accionaria en el negocio del franquiciado
RESP: no responde por ob del otro ni le garantiza result eco, responde por defecto del diseño del sist que le causan daños al otro q no incurrio en negligencia grave o dolo.
Franquiciado: cumplir con clausulas, mantener informado al franquiciante, proteger identificacion o prestigio de la franq, confidencialidad y pagar $ franq - 6FRANQUICIA Plazos y extinciónPlazo: minimo 4 años (no menor, si no está aclarado se entiende esto); prórroga tácita de 1 año; conversión a la 2da renovación se transforma en contrato por tiempo indet.
Extinción: muerte o incapacidad de partes, resolucion ante incump dentro del plazo, rescision unilateral sin causa vencido plazo, de pleno derecho al vencimiento del plazo menor de 3 años y justificado. - 7FRANQUICIA Clausulas E 4 N 3EXCLUSIVAS
-Exclusividad: franquiciante trabaja solo con una franquicia y el franquiciado si abre varios siempre tiene que ser de la misma
-No ceder: franquiciado no puede ceder derechos ni su posición (salvo pacto)
-No comercialización: franquiciante no puede comerc con 3° con bys directamente, tiene que hacerlo con el franquiciad (salvo)
-Derecho a la clientela: corresponde al franquiciante, franquiciado no puede mudar la ubicación de sus locales.
NULAS: Aquellas que prohíban al franquiciado
-Cuestionar justificadamente los derechos del franquiciante
-Adquirir merc en la franq de otros dentro del país
-Reunirse o establecer vínculos no económicos con otros franquiciados. - 8CONTRATOS BANCARIOS GeneralSe aplican a los contratos celebrados con las entidades comprendidas en la normativa sobre entidades financieras, y con las personas y entidades públicas y privadas no comprendidas expresamente en esa legislación cuando el BCRA disponga que dicha normativa les es aplicable.
La publicidad, la propuesta y la documentación contractual deben indicar con precisión y en forma destacada si la operación corresponde a la cartera de consumo o a la cartera comercial.
Los contratos deben instrumentarse por escrito, debe especificar la tasa de interés y cualquier precio, gasto, comisión y otras condiciones económicas a cargo del cliente.
El banco debe comunicar en forma clara, escrita o por medios electrónicos previamente aceptados por el cliente, al menos una vez al año, el desenvolvimiento de las operaciones correspondientes a contratos de plazo indeterminado o de plazo mayor a un año.
El cliente tiene derecho, en cualquier momento, a rescindir un contrato por tiempo indeterminado sin penalidad ni gastos, excepto los devengados antes del ejercicio de este derecho. - 9CONTRATOS BANCARIOS Cuenta corriente ConceptoDos partes se comprometen a inscribir en una cuenta las remesas recíprocas (créditos y deudas) que se efectúen y se obligan a no exigir ni disponer de los créditos resultantes de ellas hasta el final de un período, a cuyo vencimiento se compensan, haciéndose exigible y disponible el saldo que resulte.
- 10CONTRATOS BANCARIOS Cuenta corriente Plazo 4CONTRATOS BANCARIOS
Cuenta corriente
Plazos se entiende que:
-períodos trimestrales, el primero desde la fecha de celebración
-no tiene plazo determinado, cualquiera de las partes puede rescindirlo otorgando un preaviso no menor a 10 días a la otra, cuyo vencimiento se produce el cierre, la compensación y el saldo de la cuenta.
-si tiene plazo se renueva por tácita reconducción, avisar con anticipación de 10 días al vencimiento
-si continúa o renueva después de un cierre, el saldo de la remesa anterior es considerado la primera remesa del nuevo período, - 11CONTRATOS BANCARIOS Cuenta corriente Intereses-las remesas devengan intereses a la tasa pactada o a la tasa de uso y a falta de ésta a la tasa legal
-el saldo se considera capital productivo de intereses, aplicándose la tasa según el inciso anterior
-las partes pueden convenir la capitalización de intereses en plazos inferiores al de un período;
-se incluyen en la cuenta, como remesas, las comisiones y gastos vinculados a las operaciones inscriptas. - 12CONTRATOS BANCARIOS Cuenta corriente Clausula salvo encajeLa inclusión de un crédito contra un tercero en la cuenta de forma provisoria sujeto a confirmación.
Ej: ingreso un pagaré de un 3° pero en vez de darme el dinero, lo deposito.
Solo si esta cláusula estaba pactada. - 13CONTRATOS BANCARIOS Cuenta corriente Resumen y extinciónResúmenes de cuenta que una parte reciba de la otra se presumen aceptados si no los observa dentro del plazo de 10 días de la recepción o del que resulte de la convención o de los usos.
EXTINCIÓN: quiebra, muerte o incapacidad de partes, vencimiento del plazo o la rescisión, embargo, de pleno derecho, pasados dos períodos completos o el lapso de un año, el que fuere menor, sin que las partes hubieren efectuado ninguna remesa con aplicación al contrato, demás causales previstas en el contrato o en leyes. - 14CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Concepto, característicasUna empresa acuerda con un titular o cliente a que abra un crédito a su favor, a través de la tarjeta a su nombre, para que pueda adquirir bys, en comercios adheridos (están en relac contractual con la empresa). Ambos le pagan
Caract: oneroso, plurilateral(comercio, banco, cliente), consensual, conmutativo, de tracto sucesivo, de empresa, de adhesión. - 15CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Nulidades, utilidad, sujetos, objetoNulos los no sujetos a la normativa de esta ley.
Útil porque sustituye dinero en efectivo.
Sujetos: emisor (banco), titular, usuario de extensión y comercio adherido.
Objeto: realizar operaciones con la finalidad de que el cliente pueda adquirir bienes del comercio adherido y éste de vender - 16CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Clausulas abusivasSon nulas: las que importen la renuncia por parte del titular a cualquiera de los derechos, las que faculten al emisor a modificar unilateralmente las condiciones del contrato, las que impongan un monto fijo por atrasos en el pago del resumen., impongan costos por informar la no validez de la tarjeta, sea por pérdida, sustracción, caducidad o rescisión contractual, adicionales no autorizadas por la autoridad de aplicación, que autoricen al emisor la rescisión unilateral incausada, impongan compulsivamente al titular un representante, que permitan la habilitación directa de la vía ejecutiva por cobro de deudas que tengan origen en el sistema de tarjetas de crédito. Las que importen prorroga a la jurisdicción establecida en esta ley, Las adhesiones tácitas a sistemas anexos al sistema de Tarjeta de Crédito.
- 17CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito InteresesInterés compensatorio o financiero. El límite que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del 25% a la tasa que el emisor aplique a las operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes.
Emisores no bancarios el límite no podrá superar en más del 25% al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados del día 1 al 5 de cada mes por el BCRA.
Computarán:
Sobre los saldos financiados entre la fecha de venc del resumen mensual actual y la del 1 resumen mensual anterior donde surgiera el saldo adeudado, entre la fecha de la extracción dineraria y la fecha de vencimiento del pago del resumen mensual, desde las fechas pactadas para la cancelación total o parcial del crédito hasta el efectivo pago, desde el venc hasta el pago cuando se operasen reclamos. - 18CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Relación cliente-bancoBanco pre-contrato: oferta tarjeta con beneficios, cuando compruebe que es solvente se firma el contrato y se le otorga la tarjeta al cliente (n° y a su nombre)
El cliente cuando la tiene va a negocios adheridos y paga con ella.
Resumen: detalla los consumos del mes
Pago: deposito, deb aut, etc - 19CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Relación dueño de negocio-bancoMediante contrato de adhesión , dueño lleva cupones al banco y se determina todo lo que consumió y se lo paga al comercio y le cobra una comisión del 3% del total si es de crédito y 1,5% si es de débito,
- 20CONTRATOS BANCARIOS Tarjeta de crédito Obligaciones banco, comercio y cliente FinalizaBanco: entregar la tarjeta una vez firmado el contrato, notificar negocios adheridos, liquidar periódicamente gastos y resumen, no dar gastos personales, confidencialidad con el comercio, pagar al comercio según los cupones.
Comercio: presentar los cupones, vender a clientes con tarjeta, pagar comisiones, mantener $ con tarjeta y efectivo.
Cliente: pagar tarjetas, intereses financieros y punitorios, avisar hurto, perdida, cancelación.
Tiene que avisar 30 días que no quiere seguir con el contrato o muerte o incapacidad del cliente (no pasa a herederos) - 21OBRAS Y SERVICIOS Concepto, característicasCuando el contratista o prestador de serv, actuando independientemente, se obliga a favor del comitente, a realizar una obra material o intelectual, o proveer un serv mediante un retribución
NO hay relac laboral
Caracts: bilateral, consensual, conmutativo, oneroso o gratuito, no formal, nominal - 22OBRAS Y SERVICIOS ObligacionesObra o serv a favor del comitente y este se lo retribuye, serv puede ser continuado y pactarse por tiempo determinado o indet y la obra puede se material o intelectual
Contratista o Prestador: ejecutar contrato segun pactado, informar al comitente, proveer de materiales, usar materiales dados al comitente, informar por vicio, ejecutar obra en tiempo conv
Comitente: pagar retribución, darle colaboración necesaria y recibir la obra - 23OBRAS Y SERVICIOS Sist de contratación de obras y recio 3-Por ret global o ajuste alzado: se pacta suma de dinero con todo ($ único) -> contratista asume todos los costos.
-Por u de medida: multiplica la u (m2)
-Por costes y costas: s/ valor de materiales, mano de obra y gastos y utilidades del contratista
Precio se determina por el contrato, la ley, los usos o, en su defecto, por decisión judicial. - 24OBRAS Y SERVICIOS Subcontratación, muertesSubcontratación: se puede a 3° para cumplir el contrato salvo cualidades especificas.
Muerte contratista: extingue salvo que el comitente acuerde continuar con los herederos.
Muerte comitente: no extingue, salvo que se haga imposible la ejecución. - 25OBRAS Y SERVICIOS Variación del proyecto, imposibilidad y destrucciónVariación: contratista no puede ya aceptado sin autorización escrita del comitente, comitente si puede
Impo: por causa ajena, se extingue y contratista debe recibir compesación
Destrucción: caso fortuito y antes de la entrega, cualq parte puede dar por extinguido el contrato. - 26OBRAS Y SERVICIOS AceptaciónAcep: cuando comitente la inspecciona en la entrega, presumiendo q no hay vicios y tiene la calidad esperada, si se pacta plazo de garantía esa recepción no se toma como acep, aceptada el contratista responde solo por vicios no aparentes
- 27AGENCIA ConceptoEl agente (intermediario independiente que gestiona negocios ajenos o facilita su conclusión en forma estable y continuada por cuenta y orden de la empresa quién le paga una comisión, no asume el riesgo de las operaciones ni es representante del empresario) se obliga a promover negocios por cuenta del empresario (encomienda el trabajo) de manera estable continuada e independiente sin que medie relación laboral mediante una retribución
- 28AGENCIA Características y obligacionesCaracts: bilateral, consensual, oneroso, formal, nominado y de tracto sucesivo.
Obligaciones del agente: actuar con diligencia y efectividad para generar clientela y concluir negocios para el empresario, cumplir con los deberes de info y comunicación cuidado de los intereses del empresario y seguimiento de sus instrucciones
Ob empresario: colaborar con el agente para que haga correctamente su trabajo y pagarle la comisión - 29AGENCIA Particularidades 8Exclusividad del agente en el ramo del negocio y geo, relación del agente con varios empresarios (dif ramo), garantía del agente frente al empresario por el comprador (hasta que importe de comisión se queda), forma escrita, plazo determinado o indeterminado, preaviso para finalizar el contrato indeterminado (1 mes por cada año de duración), cláusula de no competencia por parte del agente y compensación por clientela
- 30AGENCIA ExtinciónLas causas propias son: muerte o incapacidad del agente, disolución de la persona jurídica que celebra el contrato, quiebra firme de cualquiera de las partes, vencimiento del plazo, incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones de una parte, diminución significativa del volumen de negocios.
otras causas: recisión, resolución, revocación - 31CONCESIÓN Concepto, caractsEl concesionario que actúa en nombre y por cuenta propia frente a terceros, se obliga mediante una retribución a disponer de su organización empresaria para comercializar mercaderías provistas por el concedente, prestar los servicios y proveer los repuestos y accesorios según haya sido convenido
Caracts: bilateral, oneroso, consensual conmutativo, no formal, nominado y de tracto sucesivo. - 32CONSECION Clases 2, exclusividad, subconc-Para la venta: concedente delega a concesionario la facultad de vender productos con exclusividad en una zona determinada.
-Para la prestación de servicios: concedente delega al concesionario la facultad de explotar un servicio determinado dentro del establecimiento.
Concesión EXCLUSIVA para partes en un territorio determinado, no puede haber SUBCONCESIONARIOS - 33CONCESION Plazo y obligacionesPlazos: no puede hacerse por menos de cuatro años (excepto puede uno no inf a 2 años cuando concedente provea al concesionario el uso de instalaciones princ)
Ob concedente: proveer al concesionario cant min merc, la info tecnica capacitacion y repuestos, resp exclusividad, permitir uso de marcas
Ob concesionario: comprar exclus al concedente, mantener calidad, at al publico, respetar exclu, disponer de locales y equipos, prestar serv, usar sist de venta publi que pida el concedente y cap al personal - 34CONCESION Retrib al concesionario, gastos y rescisiónRET: comisión sobre las unidades vendidas o margen de reventa o cantidades fijas
GASTOS: los de explotación los paga el concesionario y los servicios de pre entrega o garantía a la clientela los paga el concedente
RESCISION: por tiempo indeterminado cualquiera de las partes puede poner fin al contrato con un preaviso y el concedente debe readquirir los productos y repuestos nuevos que el concesionario haya adquirido - 35DEFINICION DE TRABAJOToda actividad lícita prestada a otro empleador individual o empresa a cambio de una remuneración. Tiene como objeto la act productiva y creadora del hombre en si. (excluye trabajo benévolo, fliar o autónomo)
- 36RELACION DE DEPENDENCIA-persona física
-trabaja en una org ajena, sometido a las directivas o instrucciones que se le imparten
-trabaja bajo riesgo del otro, que recibe la tarea y la dirige: no asume riesgos económicos
-protegido por la CN 14 bis y LCT
Hay subordinación jurídica, técnica y económica - 37DERECHO DE TRABAJOConjunto de principios y normas jurídicas que regula las relac que surgen del hecho social del trabajo dependiente y las emanadas de la asoc profesionales entre sí y con el Estado
Derecho dinámico, en constante evolución, de integración social, profesional, protector, especial, autónomo. - 38CONTRATO DE TRABAJO Concepto y caractsHay cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras a prestar serv en favor de la obra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración.
Caracts: consensual, personal, carácter dependiente, de tracto de sucesivo, no formal, oneroso, bilateral, conmutativo y típico o normativo - 39RELACION DE TRABAJOPrestación efectiva de las tareas, las que pueden consistir en la ejecución de obras, actos o servicios.
- 40CONTRATO LABORAL Requisitos 5-Consentimiento: por propuestas de una parte a la otra y la tiene que aceptar, exteriorizar a través de la voluntad, forma verbal, las cláusulas no pueden violar el orden público laboral
-Capacidad: plena para ambas, tiene +18 tamb se puede contratar +16-18 y emancipados, +14 autorización parental y título habilitante.
-Objeto: la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador. Licito y no prohibido, sino nulo
-Forma: libertad (se aconseja escrito para probarlo, si hay plazo fijo si o si)
-Prueba: por todos modos autorizados
"QUIEN NIEGA EL HECHO TIENE QUE PROBARLO", se presume tengo que demostrar que NO existe - 41CONTRATO DE TRABAJO Modalidades IndeterminadoTIEMPO INDETERMINADO: princ general, no hay plazo, duran hasta jubilación salvo otra causal. Prueba 3 meses tiene q tener mismos derechos, sin preaviso (desp de los 3 se termina)
- 42CONTRATO DE TRABAJO Modalidades Determinado 5TIEMPO DETERMINADO: duración justificada con el objeto, prueba a cargo del empleador.
-Plazo fijo: hasta plazo (no + 5). Requisitos formales (escrito, causa y det del plazo) y sustanciales (causa objetiva que justifique el contrato)
-Temporada: en det época del año y se repite cada ciclo. Requisitos causa (desarrollo de la act en epoca det) y forma escrita (de que período a que período)
-Trabajo eventual: para satif de result concretos (circunst excepcional)
-Por equipo: entre empleador con un coordinador que representa el grupo
-Tiempo parcial: determinadas horas, reducción del tiempo normal de trabajo
-LEY Aprendizaje: para formación (min 3 max 1 año) - 43CONTRATOS NO LABORALES-Pasantías: civil entre inst ed y una empresa para práctica y prestación laboral de alumnos. No hay cargas sociales ni indemnización.
-Pronapa: capacitar a personas sin formación por medio de un subsidio del Estado. No hay cargas sociales ni indemnización.
-Beca: capacitación del becado por la empresa becaria y la posterior inserción lab - 44CONTRATO DE TRABAJO Derechos y deberes del empleadorDerechos: facultad de organización, de dirección, de control, de alterar cond no esenciales del contrato, poder reglamentario y discilinario
Deberes: pago de la remu, de seguridad y protección, de ocupación, de diligencia, de ob frente a sindicato y seg soc (entrega certif de trabajo), de no discriminar e igualdad de trato, llevar libros, formación prof y de info - 45CONTRATO DE TRABAJO Derechos y deberes del empleadoDerechos: invenciones o descubrimientos del trabajador, a form prof de Pymes, percibir salario, ocupación efectiva, igual trato, ejercicio de facult del empleador, respetando su dignidad, derecho pat y su salud, exigencia del cump de ob prev y sindicales y la entrega del certif de trabajo
Deberes: de diligencia y colaboración, de fidelidad, de obediencia, de custodia de inst de trabajo, de resp por daños y de no concurrencia - 46CONTRATO DE TRABAJO Deberes de ambosDe colaboración, de solidaridad y de buena fe
- 47CONTRATO DE TRABAJO Extinción- IndemnizaciónIndemnización del
245: Indemnización por antigüedad o despido. abonando una suma equivalente a un sueldo por año
247: abonando una suma equivalente a la mitad del 245 - 48CONTRATO DE TRABAJO Extinción s/ origen de la causa 4-Por voluntad del empleador: con o sin justa causa (245)
-Por causas ajenas a voluntad de partes:
a)Afectan empleador: económicas (247), biológicas (247), quiebra (247)->sino es fuerza mayor 245
b)Afectan trabajador: incap absoluta (si no lo quiere reubicar 247 o si no le asigna tareas acordes 245), inhabilitación (247), jubilación (no hay), muerte (por herederos si hay hijos menores 247)
-Por voluntad del trabajador: desp indirecto (incump empleador por denuncia del trabajador 245), renuncia (no hay), abandono (no hay)
-Voluntad de partes: mutuo acuerdo, vencimiento y cumplimiento de objeto (no hay) - 49CONTRATO DE TRABAJO Extinción s/ efectos indemnizatorios-No indem
-Indem reducida (247)
-Indem completa (245)
-Indem agravada (245 + plazos + privilegios)
DESPIDOS
Maternidad
Matrimonio
Enfermedad
Representante sindical
Discriminación - 50DERECHO DE FAMILIA Conceptos y sentidos-Sentido amplio: personas entre las cuales existe un vínc jur fliar. Comprende parientes por nat y por técnicas de repro humana asistida, parientes por afinidad y parientes por adopción, cónyuge.
-Sentido intermedio: personas que viven en una misma casa bajo a autoridad del dueño de ésta
-Sentido restringido: padre, madre e hijos que viven con ellos o que están bajo su potestad
Nat jur-> distintas posiciones (persona jur, org jur e institución) - 51DERECHO DE FAMILIA Y tipos de relacConjunto de normas jur que regulan las relac fliares.
Tipos de relac:
-Personales: conviviente, cónyuges, padres-hijos
-Patrimoniales: bienes dentro del patrimonio - 52DERECHO DE FAMILIA Como acto jurídicoSon actos jur que tienen por efecto la creación, modificación o aniquilamiento de vínculos jur fliares.
Clasificación: personales y patrimoniales, uni y bilaterales, solemnes y no solemnes, constitutivos y declarativos, de emplazamiento de un estado de flia y de desplazamiento de un estado de flia
Caracts: sobre sujeto, objeto, forma y modalidades - 53MATRIMONIO Concepto, caracts, finesActo jur fliar en virtud del cual queda determinada la unión entre dos personas reconocida por la ley
Estado de flia que adquieren los cónyuges luego de realizar el acto de celeb de mat
Pareja formada por los contrayentes
Caracts: unidad, monogamia, legalidad, estabilidad, igualitario, no discriminatorio por sexo y posibilidad de disolución
Fines: const flia, procre y educación de los hijos, asist recíproca, satisfacción sexual - 54MATRIMONIO Requisitos 2-Consentimiento de contrayentes (si falta es INEXISTENTE, no nulo excepto que esté viciado. Si se celeb igual, alguien puede denunciar nulidad). Discernimiento, intención y libertad. No está sujeto a condición suspensiva ni resolutoria. Tiene que ser expreso ante of público.
-Ausencia de impedimento: (obstáculo a la celeb pueden legitimado oponerse y sanciones) el parentesco, hermanos bilaterales y unilaterales, afinidad en línea recta, matrimonio anterior, homicidio de uno de los cónyuges, menos de dieciocho años excepto emancipado, falta permanente o transitoria de salud mental. Si se casan igual NULO - 55MATRIMONIO Diligencias prev al mat y oposicionesPresentar SOLICITUD ante of pub Reg Civil, nombre apellido y DNI edad nac dom y lugar nac, etc. Si antes se caso, nom y apellido del anterior, lugar, causa acompañado de defunción o copia legalizada de sentencia.
Oposición: cónyuge de la persona que quiere contraer otro mat. ascen descen y hermanos, Min Pub - 56MATRIMONIO Forma ordinariaOrdinaria: ante of pub, celeb pub, si uno no puede ir es en su dom, of lee CCCN recibiendo de cada uno la dec de que quieren constituirse cónyuges, of pronuncia unión mat en idioma de los dos, manifiesta consent, acta de mat y libreta FIRMADA.
Demuestra mat, a veces no sirve a fines prob porque no tiene notas marg (no actualizada) - 57MATRIMONIO Forma extraordinaria 2-En art de muerte: tiene que haber peligro de muerte con certificado o declaración. Ante aus de Reg Civil juez u of. Cónyuge vivo se lo excluye de herencia si fallece dentro de los 30 días.
-A distancia: consentimiento frente autoridad de lugares donde estén. - 58MATRIMONIO Efectos personales 4NOMBRE
Cónyuges: cualq puede usar apellido "de" o sin, Divorciados: no pueden o q juez autorice dejarlo, Viudos: pueden conservarlo a menos que se casen de nuevo
DOMICILIO
Tanto la mujer como el marido tienen su propio dom legal
CAPACIDAD
es plenamente capaz
AUTORIDAD MARITAL
cada cónyuge maneja sus bienes propio y gananciales, dom conyugal se fija de común acuerdo, se equiparan la mujer y el hombre en todos los sentidos - 59MATRIMONIO Deberes morales 4 y jur 1 de los cónyugesMORALES
Deber de cooperación: ayuda mutua por proyecto de vida común
Deber de asistencia moral: asistencia mutua
Deber de convivencia: excepto circunst excepcionales o que un juez lo determina
Deber de fidelidad: infidelidad física o moral
JURIDICO
Deber de alimentos: se deben alimentos entre sí en mat y separación de hecho, luego del divorcio sigue por enfermedad grave falta de recursos o convención de partes - 60MATRIMONIO Efectos patrimoniales Régimen de Separación de bienes o Convenciones MatrimonialesAntes de matrimonio para determinar el reg al que se van a someter, sino se entiende que es comunidad.
El objeto es designar de ante mano los bienes que llevan al mat, se enuncian deudas, que pasa con donaciones
Cada cónyuge conserva la prop y admin de sus bienes. Independencia patrimonial entre los cónyuges. Al disolverse, ninguno de los dos tiene derechos sobre los bienes del otro.
Se hace escritura pública y antes de la celeb para que sea oponible 3° y anotar reg en el margen del Acta de Mat (nota marg)
Es importante para cuando alguno tiene ,as poder adquisitivo - 61MATRIMONIO Efectos patrimoniales Régimen de comunidadAl celebrarse se forma una masa común de bienes que pertenece a los dos cónyuges, la cual se divide entre ellos o sus sucesores cuando se disuelve el régimen matrimonial.
Bienes propios de cada uno y los gananciales después del mat 50/50. Siempre se sobreentiende este régimen. VS "sociedad conyugal". Todos los adquiridos en mat se consideran gananciales pero son admin por quien los adquirió con asentimiento del otro. Si fue a tit gratuito son propios, oneroso son gananciales. Deudas el que la contrajo responde con sus bienes propio y gananciales adquiridos por él y tiene que recompensarlo.
Extinción: muerte comprobada o asumida, anulación mat putativo, divorcio, sep jud de bienes, modif reg mat en forma privada o judicial (los dos de acuerdo para que el juez pruebe y homologue) - 62MATRIMONIO Disolución 3-Muerte de alguno: viudo, puede volver a contraer mat, cuando hay hijos -18 cónyuge debe hacer inventario de bienes mat, resp parental es del cónyuge, se disuelve el reg pat del mat, puede seguir usando su apellido mientras no se case, el menor emancipado la conserva, se mantiene afinidad, se abre vocación hereditaria, tiene derecho de pensión, presunción de paternidad y cesan deberes excepto de alimentos
-Ausencia con presunción de fallecimiento: alcanza con que se dicte sentencia firma de esta ausencia para que se disuelve, 3 años, catástrofe 2 y 6 meses naufragio
-Divorcio: declarado judicialmente, no hay causas, se necesita que la sentencia quede firme - 63UNIONES CONVIVENCIALES ConceptoUnión basada en relac afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común.
Requisitos: mayor, no tener parentesco, no tener impedimento de ligamen ni estar registrada otra unión convivencial de manera simultánea, haber convivido min 2 años. - 64UNIONES CONVIVENCIALES RegistraciónSe debe acreditar por cualquier medio de prueba en el registro de uniones convivenciales
La existencia y extinción de la unión convivencial y los pactos. La tienen que registrar ambos en el reg de la jur local. Si hay una preexistente se la tiene que cancelar para inscribir esta.
Los pactos son acuerdos poniendo límites convivenciales y debe hacerse por escrito. Sus efectos frente a 3° son patrimoniales
Deber de asistencias moral y material y contribución del hogar.
Si se adquieren deudas, cada uno solo - 65UNIONES CONVIVENCIALES Cese de la convivencia.-muerte de uno de los convivientes;
-por la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento
-por matrimonio o nueva unión convivencial de uno
-por el matrimonio de los convivientes;
-por mutuo acuerdo;
-por voluntad unilateral de alguno notificada al otro;
-por el cese de la convivencia mantenida.
Efectos: cesar convivencia, compensación eco a favor del que sufra deseq eco, uso de la vivienda fliar (juez determina quien se queda), distribución de bienes (s/ pacto conv), cesa asistencia y contribución de gastos - 66PARENTESCO Concepto y efectosVinc jur existente entre personas en razón de la nat , las técnicas de repro asist, adopción (plena o simple) y la afinidad (persona casada con parientes del cónyuge)
Efectos civiles: impedimento de mat, oblig alimentaria, vocación hereditaria, oponerse a celeb del mat y legítima para reclamar nulidad, derecho de comunicación
Efectos penales: un delito se agrave, no haya resp penal y haya delito
Efectos procesales: prohibido testigos y se puede como causal de recusación - 67FILIACIÓN Concepto, clases e impugnaciónVínculo jur que une a una personas con sus padres.
Clases: por nat (biológico), por TRA (ciencia) o por adopción (ley) y matrimonial o extramatrimonial
Según CCC todas surten los mismos efectos
Impugnación: se puede eliminar una acción de filiación con pruebas si no es verdad, pero la filiación SE PRESUME - 68TITULOS DE CREDITO Concepto, nat jur, caractsDocumentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo expresado en el mismo. Facilitan la circulación de un crédito.
Nat jur: cosas muebles formados por un elemento material (el documento, que contiene un derecho) y un elemento inmaterial (el derecho contenido en el documento).
Caracts: Necesariedad del doc (tenencia y exhibición para ejercer el derecho cambiario), Literalidad del derecho (el derecho se rige por lo escrito en el doc, no pueden pretender algo no expresado en él) y Autonomía del derecho (cada persona que recibe el título adquiere el derecho en forma originaria del anterior poseedor) - 69TITULOS DE CREDITO Condiciones 3, legitimaciónCond: celeridad (transmisibles), certeza (existencia del derecho dentro del título) y seguridad (hacer que el derecho se cumpla, circule).
Leg: aptitud para exigir o cumplir con la obligación del título. Activa (poseedor, derecho del título, acreedor) y Pasiva (deudor) - 70TITULOS CAMBIARIOS Concepto y característicasSon un tipo de título de crédito que tienen la obligación DE DAR SUMA DE DINERO
Son: necesarios, literales, autónomos, abstracción (abstractos, desvinculados de la causa que les dio origen, autonomía propio), completos(se bastan por si mismos) y formalidad (todo lo que exige la ley, sino es inexistente) - 71LETRA DE CAMBIO Concepto y sujetosTitulo de cred cambiario a la orden, abstracto, formal y que tiene promesa incond de hacer pagar o de pagar una suma de dinero a un portador legitimado que se encuentra vinculado solidariamente con todos los firmantes-> "promesa de pago"
Sujetos principales son:
Librador-> confecciona
Tomador-> beneficiario y la tiene a su favor
Girado-> a quien se le solicita que pague
Sujetos secundarios:
Endosante-> recibe y se transforma en tomador, una vez que la transmite
Endosatario-> recibe por otro endoso
Avalista-> garantiza el pago - 72LETRA DE CAMBIO RequisitosRequisitos propios de los actos jurídicos:
Capacidad de derecho y de hecho.
Voluntad discernimiento, libertad e intención (no puede estar viciada).
Objeto en este caso, es el dinero.
Causa debe ser lícita.
Requisitos formales:
Denominación “letra de cambio a la orden”.
Promesa incondicional de pagar suma
Importe la suma determinada a pagar debe estar escrita en números y palabras. De ser necesario, debe especificarse la moneda. Nombre y apellido del girado.
Nombre y apellido del tomador o beneficiario.
Lugar y fecha de creación (día/mes/año).
Lugar y plazo de pago.
Firma del librador su manifestación de voluntad.
Si faltan los siguientes requisitos:
Lugar de creación se entiende que es el domicilio del librador.
Lugar de pago se entiende que es en el domicilio del girado.
Plazo de pago se entiende que vence “a la vista” - 73LETRA DE CAMBIO Endoso Concepto y caractsCircula mediante éste. El objeto es legitimar al endosatario a transmitirle la propiedad al titulo y de comprometerse solidariamente a que en el momento en que se efectúe el pago, si el avalista no lo hace, de poder pagar.
Lo hace el tomador (o se la queda hasta el cobro o la hace circular )
Puro y simple son condición; se transmiten todos los derechos del doc - 74LETRA DE CAMBIO Endoso Forma clausula, personas y requisitosForma: con clausula a la orden (puede endoso), clausulo no a la orden (no se puede, solo mediante cesión de créditos)
Personas: endosante (lo tiene y transmite, tiene que ser capaz y legitimada con firma) y endosatario (recibe, es capaz y tomador, si lo quiere transmitir se convierte en endosante)
Requisitos: irrevocable (cuando se endosa firma y entrega ya está), incondicionalidad (simple y puro) e integridad (por el total) - 75LETRA DE CAMBIO Endoso Antes y desp protesto, Tipos efectos planos y restringidosPor escrito, atrás colocando endoso, lugar, fecha, también puede prolongación, firma de quien endosaba.
Le da fuerza de pago, cuantos mas, más garantía de pago
Se endosa en cualq momento
-Antes del protesto por falta de pago, se producen efectos
-Después, tamb pero de la cesión de crédito
Tipos:
Efectos plenos: todas las funciones
-Efectos restringidos: con restricciones por cláusulas - 76LETRA DE CAMBIO AceptaciónPresentada por el portador o por tenedor para la aceptación por el girado en el domicilio indicado, hasta el vencimiento. Librador puede disponer que ella deberá ser presentada para su aceptación, fijando o no un término al efecto. Puede prohibir que ella sea presentada a la aceptación, a menos que se trate de una letra de cambio pagable en el domicilio de un tercero o en un lugar distinto del domicilio del girado, o bien que haya sido librada a cierto tiempo vista.Puede establecer que la presentación para su aceptación no se haga antes de un determinado plazo. Todo endosante puede disponer que la letra sea presentada para su aceptación indicando o no un término al efecto, a menos que el librador hubiese establecido que la letra no es aceptable
Presenta el portados al girado, puede desde que la tiene hasta el vencimiento
Escrita y en la letra, pura y simple, dom del girado, si la acepta en el venc paga y se cancelan endosas, si es a det tiempo vista hay que ponerle fecha - 77LETRA DE CAMBIO Vencimiento 4Modo de extinguir la letra y momento que la suma se hace exigible
A la vista: el dia q se presenta al cobro vence
A det tiempo vista: fecha de aceptación, protesto
A la fecha
A un dia fijo: el dia.... pagare
Lo exige el portador o alguien en representación, o herederos se le reclama al aceptante (principal ob) o al girado (siempre que vence a la vista o que tenga clausula "no aceptante" o obligado de regreso - 78LETRA DE CAMBIO AvalEl pago letra de cambio puede garantizarse total o parcialmente por un aval.
La garantía puede otorgarla un 3° o cualquier firmante, misma letra o su prolongación (donde se hizo) "por aval" Se considera otorgado con la firma del avalista puesta en el anverso de la letra de cambio, salvo que esa firma fuese la del girado o la del aceptante. Indicar por cuál de los obligados se otorga. A falta de esta, se considera otorgado por el librador.
El avalista queda obligado en los mismos términos que aquel por quien ha otorgado el aval. Su obligación es válida aun cuando la obligación que ha garantizado sea nula por cualquier causa que no sea un vicio de forma. El avalista que paga la letra de cambio adquiere los derechos que derivan de la letra, contra el avalado y contra los que están obligados cambiariamente hacia éste. - 79LETRA DE CAMBIO PagoExigen el portador, su representante o herederos.
Debe pagar:
-El aceptante: ob princ y directo al pago
-El girado: clausula "no aceptable"
-Los ob de regreso: si se ejerce la acción de regreso
Efectos:
-Efectuado por el aceptante: se extingue la ob y el titulo
-Efectuado por el ob de regreso: no se extingue el titulo solo se extingue la ob del que pago y los posteriores a el
Lugar: que diga sino dom del girado
Direc: calle y num
Pago: dia del vec o 2 dias habiles sucesivos
Puede ser total o parcial ("prot por falta del pago") - 80LETRA DE CAMBIO ProtestoActo jur que permite probar la presentación de la letra por portador en tiempo, lugar y forma oportunos y la falta de aceptación o de pago por el obligado a fin de conservar acciones de regreso.
- 81LETRA DE CAMBIO Protesto por falta de acepPor falta de acep: para conservar acción de regreso anticipada (poder cobrarla antes del venc., si no levanta la pierde pero puede ejercer la acc de reg a término).
Hecha por el escribano mediante un acta, requerido por portador leg o un tenedor contra el girado.
Puede efectuarse hasta el día de venc excepto: cuando el girado pide que le sea presentada por segunda vez al dia sig; cuando es "a cierto tiempo vista" (el protesto debe hacerse dentro del año) - 82LETRA DE CAMBIO Protesto por falta de pagoPor falta de pago: acción de regreso a término (venc), si el portador no levanta por falta de pago perderá acc de regreso y solo le queda la acc directa contra el aceptante (no requiere protesto)
Por escribano, solo puede requerirlo el portador leg contra el aceptante
Dentro de los 2 días hábiles sig al venc (no el mismo día)
Si es "a la vista", se aplica lo del por falta de aceptación - 83PAGARÉTítulo de crédito a la orden, abstracto, formal y completo, que contiene una promesa incond de pagar una suma determinada de dinero a su portador leg, vinculando solidariamente a todos los firmantes
NO hay aceptación - 84LETRA DE CAMBIO VS PAGARÉSimilitudes: título de cred (necesarios, literales y autónomos), títulos camb (abstractos completos y formales), transmisible por endoso
Diferencias:
L-> librador promete pagar por un 3°(girado), intervienen librador tomador y girado, ob principal y directo al pago es el aceptante
P->librador promete pagar por sí mismo, solo intervienen librador y tomador, ob principal y directo al pago es el librador
P-> “a cierto tiempo vista” presentado para la vista del suscriptor dentro del término de 1 año desde su fecha, ya que no requiere de
acep. El suscriptor debe firmar y fechar la vista y el “tiempo vista” correrá desde dicha fecha. Si el suscriptor se negase, el portador deberá realizar el protesto “por falta de vista” y el “tiempo vista” empezará a correr desde la fecha del protesto
L-> “a cierto tiempo vista” venc lo determina la fecha de acep protesto por falta de acep porq desde esa fecha empieza a correr el tiempo vista - 85PAGARÉ RequisitosRequisito de actos jur
Requisitos del pagaré: vale o pagaré o clausula a la orden; promesa pura y simple de pagar; nombre tomador; lugar y fecha de creación; firma del suscriptor.
Si se omite plazo de pago, es "a la vista"
Si se omite lugar de pago, lugar de creación - 86CHEQUEPara librar es necesario celebrar con el banco girado 2 contrato:
CCB: cliente se ob a dep y mantener fondos, el banco se ob a poner en disposición esos fondos cuando los necesite
PACTO CHEQUE: establece forma en que el cliente va a disp de la prov de fondos hecha a favor del banco.
SUJETOS: librador (crea), girado (banco), benef o tomador (a favor de la cual se libra), endosante (transmite x endoso), endosatario (recibe x endoso), avalista (garantiza ob del lib), portador leg
TIPOS: común (instrumento de pago a la vista xq port puede presentarlo al cobro desp de que el lib lo firmo) o de pago diferido (inst de crédito xq lib difiere en el tiempo su pago) - 87CHEQUE COMÚN Concepto y requisitosContiene orden de pago pura y simple librada contra entidad bancaria, autorizada x BCRA que está ob a pagar a la vista al portador leg del título, una suma de $
Requisitos Act jur
Requisitos propios: "cheque", n°, nombre entidad financiera girada, dom pago, lugar y fecha de creac, orden pura y simple de $, n° cc, nombre titular dom y dni, firma lib.
Incompleto, se puede (salvo firma) pero se tiene que completar antes de su presentación al cobro
Omisión: no es válido, salvo falte lugar de creación va dom lib - 88CHEQUE COMÚN Extendido a 6-Al portador: en vez de indicar un beneficiario
-Nominal: a favor de alguien
-Nominal con clausula "no a la orden": a favor de alguien pero solo por cesión de crédito
-A favor del librador: titular de cc se pone a el mismo como beneficiario
-Girado sobre librador: no se puede porque la orden debe ir dirigida a un banco, solo procede en el caso de que un banco libre un cheque contra otra sucursal del mismo
-Girado por cuenta de un 3°: titular autoriza a un 3° a librar cheques contra su cc. Esa tiene que estar registrada en el banco girado - 89CHEQUE COMÚN Transmisión 3 y presentación-Simple entrega o tradición: al portador
-Endoso: nominal (recibo ch endosado y justo tengo que pagar, puedo pagar con eso)
-Cesión de crédito: nominal "no a la orden"
Presentación al cobro (hasta aca se puede endosar) : en el banco girado o depositar en su cuenta, es siempre A LA VISTA (a su presentación ante el girado), dentro de 30 días o 60 (ext) - 90CHEQUE COMÚN Endoso y rechEndoso: escrito en dorso o hoja unida, firmado por endosante, requisitos del banco, no es necesario poner beneficiario, se transmiten todos los derechos, puedo designar endosatario o no, el endosante es resp del pago excepto clausula en contrario.
Rechazado por falta de fondos, no tiene req, alteración, orden de que no hay que pagarlo, quiebra del deudor, incap lib, firma no visible o no es la misma. Atras banco pone motivo fecha hora, "const rech" - 91CHEQUE COMÚN Cruzado e imputadoCruzado: barras paralelas en el anverso para que NO pueda ser cobrado por ventanilla solo banco. General: cualq banco, Especial: banco especificado
Imputado: lib o portador, pueden indicar destino de pago. La finalidad es constituir una prueba del pago - 92CHEQUE DIFERIDO Concepto, venc, requisitosTítulo de crédito cambiario que contiene una orden incond de pago, a una fecha det, librada contra un banco para que pague al portador legitimado una suma de dinero, si hubiera fondos suficientes depositados, en la cc del librador o autorización para girar en desc
Venc: a un dia fijo o det tiempo fecha
Req acto jur
Req propios: ch pago dif, n° ch, nom girado, dom pago, lugar y fecha creación, fecha pago (no+360), nom benef, suma $ (n° y letra), n° cc, nom lib dom y dni, firma lib
-Portador puede reg para verificar si va a ser rech
-Forma y transmisión igual que el comun - 93JUICIO EJECUTIVO Concepto, Etapas, RequisitosProceso de ejecución que tiene por objeto hacer efectivo el cumplimiento de la obligación exigible (de dar cantidad liquida de dinero) contenida en un título ejecutivo extrajudicial que reúne los requisitos de autenticidad exigidos por la ley.
Sus etapas son:1- Preparación de la vía ejecutiva (puede existir o no). 2- Demanda, intimación de pago y embargo. 3- Citación al deudor para oponer excepciones, sentencia de remate. 4- Cumplimiento de la sentencia de remate.
Req: tener titulo, leg procesal , ob de dar cant $ y ob exig, doc susceptibles - 94JUICIO EJECUTIVO 1 Preparación de la vía ejecutiva (puede existir o no)Se empieza por acá dependiendo del inst
Para empezar el título:
Necesito título
Leg proc: quien inicia juicio es quien tiene el titulo y a quien tiene que pagar Act: acree, Pas: deudor
Tit tiene que tener promesa de pago (OB DAR Y DAR SUMA DE DINERO)
Se cuenta razón de la demanda
Tiene que presentar el titulo, el inst
-público: funcionario (no pasa nd) OMITO PASO 1
-privado: partes SE DA 1 porque no vale por si solo. luego juez cita a conocer o no el doc, hay que chequear firma, si la reconoce paso 2, sino perito calig manda direct al juzgado (confirma que no le pertenece, no se hace juicio; confirma que si le pertenece paso 2 + gastos al demandado) - 95JUICIO EJECUTIVO 2- Demanda, intimación de pago y embargoUn req de la demanda es hacer ref al título y que lo acompañen los elementos que lo completan (por ej testimonio de protesto). Puede ampliarse si vencen nuevos plazos
Intimación de pago: presentada la dem, juez examina y libera mandamiento de embargo. Es la orden del juez al oficial de justicia para que intime al pago al deudor del capital, intereses y costas, o si no paga, para que
embargue sus bienes para cubrir la cantidad fijada en el mandamiento. El oficial
requerirá al propietario de los bienes que manifieste si se encuentran embargados o
afectados, y de ser así, le pide una serie de datos. La intimación de pago lleva
implícita para el deudor la “citación para oponer excepciones” dentro de los 5 días
hábiles de la intimación.
Tiene como fin principal: intimar al pago, y como fin subsidiario: trabar embargo. - 96JUICIO EJECUTIVO 3- Citación al deudor para oponer excepciones, sentencia de remate.Si el dom del dem está dentro de jurid: of va y si no tiene $ se embargan bienes por esa cant
Si el dom del dem está fuera: exorto
Demandado tiene 5 días para presentarse en el expediente y hacer el descargo
-Se allana (reconoce)
-No tiene leg, ya pagó (excepciones: incompetencia, Falta de personería,
por carecer de capacidad civil, Litispendencia en otro juzgado o tribunal competente, Falsedad o inhabilidad de título, Prescripción, Pago documentado, total, Compensación de crédito, etc)
Juez ve si es pasible o no: desestima la excepción (sentencia de trance y remate) o la admite (5 días para que el deudor plantee su excepción y responde) - 97JUICIO EJECUTIVO 4- Cumplimiento de la sentencia de remate.Implica la realización de los bienes embargados, la liquidación (capital, intereses y costas) y aprobada se le paga al acreedor
Inmuebles o muebles se venden en subasta pública (al mejor postor) con la intervención del martillero (comisión). Para esto tengo que tener medida cautelar (para ejecutar la sentencia), sentencia ,y la liq aprobada
Terminación del juicio con liq definitiva y pago
Luego pueden iniciar un juicio ordinario posterior para hacer valer sus derechos
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- Flashcards on Derecho III 2P, created by Camila Tomey on 14/06/2022.
- Created by
- Camila Tomey
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