Es la autoridad suprema de la Congregación. Es legítima cuando se encuentra reunida. CCGG. 206
Tiene potestad sobre todas las hermanas, y los bienes de la Congregación.
Administra directamente, bajo la dependencia de la Superiora General, los bienes muebles e inmuebles que no están asignados a una determinada Provincia.
Administra directamente, bajo la dependencia de la Superiora Provincial, los bienes muebles e inmuebles que no están asignados a una determinada casa Local.
Administra directamente, bajo la dependencia de la Superiora Local, los bienes muebles e inmuebles de la Fraternidad y apostolado.