TERCERA PARTE MANUAL LOGÍSTICO - RESOLUCIÓN 05884 27-12-2019 (TÍTULOS 7-8)

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  • RESOLUCIÓN 05884 27-12-2019 (TÍTULOS 7-8)
  • CAPÍTULO 7. SUBCOMPONENTE DE AVIACIÓN
  • CAPÍTULO 8. SUBCOMPONENTE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
  • 7.1 Generalidades 7.2. Fundamento legal 7.3. Planeación aeronáutica policial
  • 7.4. Plan de horas de vuelo 7.5. Criterios para realizar la planeación y adquisición de productos aeronáuticos 7.6. Variables a tener en cuenta para el proceso de adquisición
  • 7.7. Personal y responsabilidades 7.8. Almacén aeronáutico 7.9. Procedimiento Exchange
  • 7.10. Bienes en desuso y enajenación 7.11. Sección de herramientas y accesorios 7.12. Programa de asistencia y seguridad del gobierno de los Estados Unidos de América (FMS - Foreing Military Sales).
  • 7.13. Envíos, despacho y transporte de mercancías 7.14. Desagregación por componentes 7.15. Avalúo técnico
  • 7.16. Estimación del deterioro del subcomponente de aviación 7.17. Administración del combustible de aviación para la Policía Nacional 7.18. Cadena logística
  • 7.19. Entradas y salidas de combustible de aviación 7.20. Pautas específicas de combustible 7.21. Pasos para el manejo y control del combustible drenado, recuperado y desechado
  • 7.22. Tablas informativas 7.23. Control de los elementos y accesorios para el suministro y almacenamiento de combustibles de aviación 7.24. Control de calidad del combustible de aviación
  • 7.25. Inspecciones 7.26. Operación de los equipos 7.27. Requerimientos de seguridad en tanques, tambores y bidones
  • 7.28. Filtros 7.29. Motobombas 7.30. Medidor volumétrico de desplazamiento positivo
  • 7.31. Equipos de reabastecimiento Área Avanzada F.A.R.P “Forward Área Refueling Point” 7.32. Procedimientos de descargue 7.33. Mantenimiento de aviación
  • 8.1. Generalidades 8.2. Fundamento legal 8.3. Administración de la Seguridad de la Información en la Policía Nacional
  • 8.4. Lineamientos para el desarrollo, adquisición y administración de sistemas de información en la Policía Nacional 8.5. Administración servicios tecnológicos de telefonía móvil celular, push to talk y fija 8.6. Parámetros para la adquisición de tecnologías de la información y las comunicaciones en la Policía Nacional  
  • 8.7. Parámetros para la implementación y administración de los subsistemas SIES circuito cerrado de televisión (CCTV) y líneas de seguridad y emergencia 123 en la Policía Nacional 8.8. Actividades a tener en cuenta con el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones 8.9. Parámetros para el registro de licenciamiento y su trámite de baja en la Policía Nacional
  • 8.10. Lineamientos para la administración de los centros de datos y backup de servidores en la Policía Nacional 8.11. Uso, conservación y manejo de medios tecnológicos en la Policía Nacional 8.12. Estimación del deterioro del subcomponente TICS
  • 7.1- propósito de ofrecer soporte oportuno y permanente a los requerimientos aeronáuticos en repuestos y consumibles, necesarios para garantizar el desarrollo de los procedimientos de mantenimiento en las aeronaves de la Policía Nacional
  • 7.2- * CIRCULAR INFORMATIVA, TRAZABILIDAD DE MATERIALES, PARTES Y COMPONENTES AERONÁUTICOS DE REEMPLAZO CI-5102-082-012 del 21 de mayo de 2010 * Ley 1673 del 19 de Julio de 2013 * Circular No. CIR2017-549 del 25-Ago-2017 * Boletín SILOG Componentes NICSP No. 06 * Norma Técnica Colombiana NTC-1692 del 30 de noviembre de 2005
  • 7.3- El personal de Aviación Policial que planea el soporte aeronáutico de todas las aeronaves de la Policía Nacional, debe tomar como base los inventarios de la diferentes bodegas, horas de vuelo programadas, inspecciones e histórico de mantenimientos imprevistos, así como contar con la asesoría del personal de inspectores y Jefes de grupo de mantenimiento de las distintas líneas de aeronaves, con el fin de proyectar el plan de necesidades de la siguiente vigencia ante los responsables de la gestión de recursos presupuestales.
  • 7.4-  El plan de horas de vuelo nace del estudio histórico de la operación de las aeronaves, el presupuesto asignado a la vigencia y los requerimientos de horas de vuelo (representado en las distintas misiones a cumplir) de las diferentes Direcciones de la Policía Nacional, así como los entes externos.
  • 7.5- Criterios para realizar la planeación y adquisición de productos aeronáuticos 7.5.1. Requerimiento de adquisición 7.5.2. Verificación de la información presentada 7.5.3. Solicitud del elemento aeronáutico
  • 7.6.- Variables a tener en cuenta para el proceso de adquisición 7.6.1. Identificación del elemento requerido 7.6.2. Adquisición de compras bajo la figura convenio
  • 7.7 - Para la correcta distribución del personal en la cadena logística se ha estandarizado un mínimo de integrantes para la asignación de cargos y sus respectivas responsabilidades, así mismo estos deben ostentar requisitos que acrediten formación académica de acuerdo al cargo asignado 7.7.1. Comité técnico logístico aeronáutico policial
  • 7.8. Almacén aeronáutico 7.8.1. Distribución técnica de las bodegas aeronáuticas 7.8.2.1. Requisitos para el ingreso de bienes en los almacenes aeronáuticos de la Policía Nacional 7.8.2.1.1. Requisitos para la entrada de aeronaves recibidas en donación, comodato o convenio 7.8.2.1.2. Entrada por recuperación de elementos
  • 7.8.2.1.3. Transacción para el ingreso del bien 7.8.2.1.4. Entrada de Componentes reparados 7.8.2.2. Requisitos para la salida de bienes en los almacenes aeronáuticos de la Policía Nacional 7.8.2.2.1. Orden de salida 7.8.2.2.2. Supervisión y control por parte del almacenista de bodega 7.8.2.2.3. Clasificación de salidas
  • 7.8.2.2.4. Salida por préstamo a entidad gubernamental 7.8.2.2.5. Salida por préstamo de elementos dentro de las diferentes líneas de aeronaves soportadas por Presupuesto Nacional y convenio 7.8.3. Criterios para la solicitud de elementos al almacén aeronáutico 7.8.3.1. Asistencia Técnica Aeronáutica (ATA 7.8.3.2. Diligenciamiento de la orden de suministro 7.8.3.3. Identificación de la orden de suministro
  • 7.8.3.4. Relación de elementos para suministro 7.8.3.5. Firmas y legalización del documento 7.8.3.6. Instrucciones para el despacho de elementos a bases fijas y móviles 7.8.3.7. Definición de mínimos y máximos 7.8.4. Manejo de sistema ABC en inventarios para aviación 7.8.5. Reparables 7.8.5.1. Instrucciones para la recepción del repuesto reparable
  • 7.8.5.2. Envío de repuestos y herramientas aeronáuticos susceptibles de reparación al exterior, en desarrollo del convenio bilateral Colombia - Estados Unidos 7.8.6. Procedimiento de las bajas de material aeronáutico
  • 7.9 - Se define como el intercambio de un bien de la misma referencia y características, de iguales o mejores condiciones técnicas, con una estación reparadora y/o empresa proveedora, que busca un beneficio para suplir la necesidad de mantenimiento de un componente, teniendo en cuenta la disminución de tiempos de adquisición y/o llegada del elemento, la garantía de una mayor duración o unas condiciones mejores a la simple reparación del bien
  • 7.10- Dentro de la Institución y en todas las unidades a nivel País, se adelanta un plan de trabajo que consiste en devolver o reintegrar todos aquellos bienes inmuebles que por sus características técnicas no sirven para el desarrollo institucional o no cuentan con potencial de servicio, por lo cual se debe hacer un inventario de los bienes muebles que no se utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales y Territoriales.
  • 7.11- El almacén de herramientas es el lugar de almacenamiento en donde se encuentran las herramientas dadas al servicio, disponibles para realizar el mantenimiento de las aeronaves y estará a cargo del grupo de mantenimiento aeronáutico.
  • 7.12- Dentro del desarrollo de los programas de Cooperación internacional, se contempla el programa de F.M.S. (Foreing Military Sales) o Ventas Militares al Extranjero, mediante el cual, el Gobierno de EE.UU., vende bienes y/o servicios de defensa, autorizados por el Acta de Control de Exportación de Armas (AECA) a los diferentes Gobiernos.
  • 7.13- Actividad desarrollada para el envío, despacho y transporte terrestre de mercancía por parte del Almacén Aeronáutico a través de sus Bodegas en las diferentes Compañías Antinarcóticos de Aviación y las Bases Móviles en donde la Policía Nacional adelanta operaciones, para ser trasladadas por las aeronaves de la Policía Nacional.
  • 7.14- De acuerdo a la Política Institucional de las propiedades, planta y equipo de la Policía Nacional, la desagregación por componentes consiste en identificar aquellos bienes que por su complejidad y estructura se constituyen en varios subcomponentes que pueden medirse de forma diferente tanto en su vida útil como en su forma de depreciación.
  • 7.15- El Almacén Aeronáutico deberá reconocer el valor de los bienes de propiedad, planta y equipo por el valor del costo, es decir por el valor por el cual la Dirección de Antinarcóticos recibe el bien, Solo en el evento que el valor recibido difiera significativamente del valor del mercado se procederá a realiza el avalúo con el fin de obtener un valor ajustado a las condiciones de la realidad del mercado, para su reconocimiento inicial.
  • 7.16 - El Equipo aeronáutico de la Policía Nacional será susceptible a prueba de deterioro teniendo en cuenta las variables internas y externas definidas por el Área de Aviación de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, adicional al reconocimiento sistemático realizado a través de la depreciación o amortización.
  • 7.17.- Administración del combustible de aviación para la Policía Nacional 7.17.1. Generalidades 7.17.2. Fundamento legal 7.17.3. Criterios básicos 7.17.4. Responsabilidades
  • 7.18. Cadena logística 7.18.1. Ejecución de contratos cuyo objeto es el suministro de combustible aeronáutico
  • 7.19.-  Entradas y salidas de combustible de aviación 7.19.1. Cruce de cuentas por concepto de préstamos y reintegros de combustible de aviación 
  • 7.20. Pautas específicas de combustible 7.20.1. Traslado de sobrante en bases móviles, puntos de apoyos y operativos 7.20.2. Traslado de combustible vía aérea 7.20.3. Pérdida de combustible por desgaste o fatiga del material 7.20.4. Faltantes o sobrantes de combustible por causas no determinadas
  • 7.21. Pasos para el manejo y control del combustible drenado, recuperado y desechado 7.21.1. Combustible drenado diariamente para control de calidad, combustible drenado a los sistemas de almacenamiento y suministro 7.21.2. Combustible drenado a las aeronaves 7.21.3. Combustible almacenado en el tanque recuperador 7.21.4. Combustible desechado
  • 7.22 - Tablas informativas Drenaje Del Sistema Con el fin de garantizar la calidad del combustible almacenado en cada una de las Compañías Antinarcóticos de Aviación, Compañías Antinarcóticos de Operaciones, Compañías Aéreas Móviles, se debe drenar diariamente el sistema teniendo en cuenta los siguientes parámetros
  • 7.23.- Entrada de elementos Los elementos para el almacenamiento y suministro de combustible de aviación y sus accesorios son adquiridos atendiendo a solicitud escrita elaborada por la persona responsable del control de existencias.
  • 7.24.- Pruebas de campo que deben efectuarse con el fin de garantizar que el producto entregado a las aeronaves conserve las características establecidas por las normas de calidad correspondientes a los combustibles de aviación.
  • 7.25.- Inspecciones 7.25.1. Inspecciones del sistema de almacenamiento y suministro 7.25.2 Inspecciones a vehículos abastecedores
  • 7.26- Con el fin de garantizar el suministro de combustible a las aeronaves en los lugares adelantados donde se desarrollan operaciones, se cuenta con los equipos más adelante relacionados los cuales requieren una correcta operación para asegurar su buen funcionamiento.
  • 7.27. -Letreros: el nombre del producto y el número del tanque deberán pintarse con letras de un tamaño de 6 pulgadas en el tanque, encima de las válvulas separadas de entrada y salida, aquel letrero deberá pintarse en ambos lugares. Las palabras: “INFLAMABLE - EVÍTESE ASPIRAR GASES”, deben pintarse cerca de la compuerta de medición y la válvula de respiración de todos los tanques de gasolina y disolventes.  7.27.1. Normas de seguridad para el cargue, transporte de bidones y canecas en aeronaves
  • 7.28. - Filtros  7.28.1. Generalidades 7.28.2. Instalación 7.28.3. Instrucciones para la operación filtros
  • 7.29-. Motobombas 7.29.1. Inspección Motobomba
  • 7.30.- Los medidores de tipo desplazamiento positivo, están diseñados para ejercer un control estricto en los procesos de custodia y transferencia del producto, por su diseño presentan facilidades en la instalación en sistemas móviles y fijos. Se requiere que el medidor se encuentre lleno de combustible todo el tiempo, con el fin de garantizar esta condición, se debe ubicar llave de paso antes del medidor y después del medidor.
  • 7.31.- Sistema ligero de reabastecimiento aéreo-transportable, utilizado para el suministro de combustible a aeronaves que desarrollan operaciones en lugares apartados, o remotos. Este sistema permite la movilidad y celeridad en las operaciones ya que su tiempo de instalación es mínimo.
  • 7.32. Procedimientos de descargue 7.32.1. Procedimiento de suministro de combustible de aviación
  • 7.33. Mantenimiento de aviación 7.33.1. Mantenimiento preventivo 7.33.2. Mantenimiento especializado
  • 8.1.- El presente capítulo tiene como finalidad describir los principales aspectos a tener en cuenta en la adquisición, implementación y administración de las Tecnologías de las Información y las Comunicaciones en la Policía Nacional;
  • 8.2.- Ley 23 del 28 de enero de 1982 Ley 1672 del 19 de julio de 2013 Ley 1672 del 19 de julio de 2013 Decreto Presidencial 4366 de 2006 Decreto 2170 de 2004 Decreto 4708 de 2009 Directiva presidencial 04 del 03 de abril de 2012
  • Resolución No. 533 de 2015 Resolución No. 08310 del 28 de diciembre de 2016 Resolución No. 03927 del 24 de junio de 2016 Resolución No. 00090 del 15 de enero del 2018 Directiva Administrativa Permanente No. 004 DIPON-OFITE de fecha 19 de abril de 2016 Directiva Administrativa Permanente No. 003 DIPON-OFITE de fecha 27 de enero de 2014
  • 8.3.- Los activos de la información en la Policía Nacional son todos los objetos tangibles e intangibles, materiales e inmateriales que poseen valor para la Institución, y que sin ellos el funcionamiento de una organización se vería comprometido. El inventario de activos ayuda a identificar los bienes más importantes de la Institución y en consecuencia deben ser protegidos de las amenazas que se ciernen sobre ellos.
  • 8.4. - Lineamientos para el desarrollo, adquisición y administración de sistemas de información en la Policía Nacional 8.4.1. Metodología para adquirir y desarrollar un sistema de información orientado por la oficina de telemática 8.4.1.1. Gestión y planeación del proyecto 8.4.1.2. Análisis diseño y arquitectura de software 8.4.1.3. Implantación, ambiente y producción 8.4.1.4. Cesión de derechos patrimoniales de autor  
  • 8.5- . Administración servicios tecnológicos de telefonía móvil celular, push to talk y fija 8.5.1. Activación servicio roaming internacional 8.5.2. Instrucciones para los grupos de telemática a nivel desconcentrado 8.5.3. Responsabilidad del funcionario policial que se le asigna un servicio de comunicación de telefonía celular o push to talk 8.5.4. Reglas de negocio servicios tecnológicos
  • 8.6.- La Policía Nacional orienta todos sus esfuerzos para que la adquisición y adopción de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cumplan con el propósito de integrar, interoperar y estandarizar los sistemas de información y plataforma tecnológica existente, de forma que facilite la toma de decisiones en todos los niveles de la Institución; en tal sentido, las unidades policiales que tomen la decisión de incorporar tecnología para soportar la operacionalización del servicio de Policía a nivel operativo y administrativo,
  • 8.7.- 8.7.1. Adquisición, viabilidad, supervisión, garantía, administración y responsabilidades de la Policía Nacional en los proyectos - SIES. 8.7.1.1. Responsabilidades de la Policía Nacional en los proyectos SIES 8.7.2. Parámetros para la adquisición, implementación, administración y mantenimiento de la plataforma de comunicaciones en la Policía Nacional
  • 8.7.2.1. Parámetros para la adquisición de elementos para la red de comunicaciones 8.7.2.2. Parámetros para el mantenimiento y administración a la infraestructura y/o equipos de la red de comunicaciones 8.7.2.3. Parámetros para el cuidado de la infraestructura de respaldo y los equipos de comunicaciones 8.7.2.4. Servicio técnico a equipos de radiocomunicaciones
  • 8.8.- 8.8.1. Lineamientos para una gestión integral de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEES) en la Policía Nacional.
  • 8.9.- El presente título tiene como finalidad fijar el procedimiento para el registro de software desarrollado por la Policía Nacional en la Dirección Nacional de Derechos de Autor y definir los lineamientos para el retiro del servicio y baja de las licencias de software que por sus características, desgaste, deterioro u obsolescencia no son útiles o necesarias para la Institución
  • 8.10.- La Policía Nacional como referente en el manejo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cuenta con un centro de datos TIER II que cumple con las normas de construcción y seguridad para infraestructura de datos; este nodo ofrece una disponibilidad del 99.74%, componentes redundantes eléctricos (Generadores y UPS) y mecánicos (aires acondicionados), su funcionamiento es a prueba de fallos y la protección física se sustenta en Circuito Cerrado de Televisión, sistema de detección y extinción de incendios y lectores biométricos para su ingreso
  • 8.11.-  8.11.1. Uso del sistema para la administración de hardware y software – SINVE en la Policía Nacional 8.11.2. Parámetros para la administración de pólizas y garantías en contratos de adquisición de tecnologías de la información y las comunicaciones 8.11.3. Ciclo de vida de las tecnologías de la información y las comunicaciones
  • 8.12- Para garantizar el cumplimiento de las pólizas o garantías que constituyen las empresas contratistas en razón de un contrato celebrado mediante el cual se adquiere los bienes y servicios tecnológicos de la Policía Nacional, de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015 y Manual de contratación de la Policía Nacional vigente.
  • PT. JAVIER CAMARGO SECCION 9 COMPAÑIA GILIBERT 2021
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