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ACTIVIDADES Y MEDIDAS PARA ELIMINAR Y EVITAR LOS A.T - E.L

Johana Perez Spanish

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ACTIVIDADES Y MEDIDAS PARA ELIMINAR Y EVITAR LOS A.T - E.L

  1. RESOLUCIÓN 1016 1989

    • ART. 1 Todos los empleadores Públicos y Privados, están obligados a garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional
      • Art. 4 El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, deberá desarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será especifico y particular para estos, de conformidad con los riesgos reales o potenciales y número de trabajadores . Tal programa deberá estar contenido en un documento firmado por el representante legal de la empresa y el encargado de desarrollarlo, el cual contemplará actividades de Medicina Preventiva.
        • Art. 5 El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo será de funcionamiento permanente y estará constituido por:
          • Art. 6 Los sub programas de Medicina Preventiva, del trabajo, de Higiene y Seguridad Industrial y lugares de trabajo, contarán con los servicios de personal que garantice la eficiencia del programa de Salud Ocupacional.
            • Art. 7 En los lugares de trabajo que funcione con más de un turno, el programa de Salud Ocupacional asegurará cobertura efectiva en todas las jornadas.
              • Art. 10 Los sub programas de Medicina Preventiva y del Trabajo tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales; ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones psicofisiológicas y manteniendolo en aptitud de producción de trabajo
                • Art. 16 El programa de Salud Ocupacional será evaluado por la empresa, como mínimo cada 6 meses y se reajustará cada año, de conformidad con las modificaciones en los procesos y los resultados o dentro del termino de tiempo establecido por requerimiento de autoridad competente
          • Sub programa de Medicina Preventiva
          • Sub programa de Medicina del trabajo
          • Sub programa de Medicina de Higiene y Seguridad Industrial
          • Funcionamiento del Comite de Medicina , Higiene Y Seguridad Industrial
    • REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL QUE DEBEN DESARROLLAR LOS PATRONOS O EMPLEADORES EN EL PAIS
    • EL PROGRAMA S.O Estara constituido
      • Subprograma de Medicina Preventiva
        • y
          • Subprograma de Medicina del Trabajo
            • Sus finalidades son
              • La promoción, prevención y control de la Salud del trabajador, protegiéndolos de los factores de Riesgo Ocupacionales. Ubicándolos en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psico - fisiológicas y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo
      • Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
        • y
          • Funcionamiento del comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con la reglamentación vigente
            • El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial , tiene como objeto:
              • La identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la Salud de los trabajadores
      • Análisis general de las actividades Resolución 1016/1989
        • Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabao
          • Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión
          • Desarrollar actividades de vigilancia Epidemiologica, conjutamente con el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
            • Promover actividades de recreación y deporte
          • Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en Salud a empresarios y trabajadores, en coordinación con el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
        • Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
          • Elaborar un panorama de Riesgos para obtener información sobre éstos en los sitios de trabajo de la empresa
          • Identificar los agentes de Riesgos físicos, químicos, biológicos, sicosociales, ergonomicos, mecanicos, electricos, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general
          • Delimitar o marcar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación y señalizar salidas, salidas de emergencia, resguardos y zonas peligrosas de las maquinas
          • Organizar y Desarrollar un Plan de Emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas:
            • Rama Preventiva
              • Aplicación de las Normas legales y técnicas sobre combustible, equipos eléctricos fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa
            • Rama Pasiva o Estructural
              • Diseñó y construcción de fabricación con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los Riesgos existentes y el numero de trabajadores
            • Rama Activa o control de las emergencias
              • Conformación y organización de Brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación), sistema de detección, alarma comunicación, selección y distribución de equipos de control fijos o portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y mantenimiento de los sistemas de control
            • Registros minimos
              • Listas de materiales primas y sustancias empleadas en la empresa
              • Agentes de Riesgo por ubicación y prioridades
              • Relación de trabajadores expuestos a agentes de Riesgo
              • Evaluación de los agentes de Riesgos ocupacionales y de los sistemas de control utilizados
              • Relación discriminada de elementos de protección personal que suministren a los trabajadores
              • Planes especificos de Emergencias y actas de simulacros en las empresas cuyos procesos, condiciones locativas o almacenamiento de metales riesgos, pueden convertirse en fuente de peligro para los trabajadores, las comunidades o el medio ambiente
            • Evaluación de los programas de Salud Ocupacional
              • Indice de frecuencia y severidad de los accidentes de trabajo
              • Tasas especificas de enfermedades profesionales en el ultimo año
              • Grado de cumplimiento del programa de Salud Ocupacional de acuerdo con el cronograma de actividades
              • Tasas de ausentismo General, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional común, en el ultimo año
          • Evaluar con la ayuda de técnicas de medición y cuantitativas, la magnitud de los Riesgos, para determinar su real peligrosidad
  2. RESOLUCIÓN 2400 1979

    • TITULO III: NORMAS GENERALES SOBRE RIESGOS FISISCOS , QUIMICOS, Y BIOLOGICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO
      • Art. 63 La temperatura y el grado de humedad del ambiente en los locales cerrados de trabajo, será mantenido, entre los limites tales que no resulte desagradable o perjudicial para la salud.
        • Art. 70 En los locales cerrados o en los lugares de trabajo y dependencias anexas, deberá renovarse el aire de manera uniforme y constante con el objeto de proporcionar al trabajador un ambiente inofensivo y cómodo
          • Art. 79 Todos los lugares de trabajo tendran iluminación adecuada e indispensable de acuerdo a la clase de labor que se realice, la iluminación podrá ser natural o artificial o de ambos tipos.
            • Art. 88 En todos los establecimientos de trabajo en donde se produzcan ruidos, se deberán realizar estudios de carácter técnico para aplicar sistemas o métodos que puedan reducirlos o amortiguarlos al máximo.
              • Art. 98 Todas las radiaciones ionizantes tales como rayos x, rayos gamma, emisiones beta, alfa, neutrones, electrones, y protones de alta velocidad u otras paraticulas atómicas, deber'an ser controladas pra lograr niveles de exposición que no afecten la salud, las funciones biológicas, ni la eficiencia de los trabajadores de la población general
                • Art. 114 Todo trabajador sometido a radiaciones ultravioletas en cantidad nociva será especialmente instruido, en forma repetida ,verbal y escrita de los riesgos a que está expuesto y medios apropiados para protección. Se prohiben estos trabajos a mujeres de 21 años y varones menores a 18 años.
                  • Art. 126 En los sistemas eléctricos las entradas y controles de alta tensión deberán estar localizados en sitios seguros para tal efecto y protegidos convenientemente, para evitar el riesgo, y se prohibirá al personal no autorizado el acceso a dichos sitios.
                    • Art. 146 Se tomarán medidas de control para la eliminación de la electricidad estática que se a cumula en de lo cuerpos o de las sustancias no conductoras o aislantes, en forma de cargas estáticas
                      • OTROS
                        • Capitulo VIII. De las concentraciones máximas permisibles.
                        • Capitulo IX: Contaminación Ambiental
                        • Capitulo X: De las sustancias Infecciosas y Toxicas
                        • Capitulo XI: De las sustancias Inflamables y Explosivas.
    • TITULO iV: DE LA ROPA DE TRABAJO EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.
      • Art. 170 en todos los establecimientos de trabajo se suministrarán a los trabajadores ropa de trabajo adecuada según los riesgos a que estén expuestos, y de acuerdo a la naturaleza de trabajo que se realice.
        • Art. 176 En todos los establecimientos de trabajo en donde los trabajadores estén expuestos a riesgos físicos, mecánicos, químicos, biológicos, etc, los patronos suministrarán los equipos de protección adecuados, según la naturaleza del riesgo, que reúnan condiciones de seguridad y eficencia para el usuario.
    • Establece algunas disposiciones sobre vivienda, Higiene y seguridad en los estableciimientos de trabajo
      • Su objetivo es: Prevenir y mantener la Salud fisica y mental de los trabajadores en sus diferentes actividades
        • Son obligaciones de los patronos:
          • Dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución y demás Normas legales en Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
          • Establecer un servicio medico permanente de medicina industrial en equipos establecimientos que presenten mayores Riesgos de accidentes y enfermedades
          • Elaborar su propia reglamentación y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de Salud Ocupacional
          • Empleadores y trabajadores: Formar grupos paritarios y programas de Medicina Preventiva acordes al programa de Salud Ocupacional
          • Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional en adecuadas condiciones de Higiene y Seguridad
          • Elaborar un reglamento del comité o en su defecto elegir un representante de la empresa y trabajadores
        • Obligaciones de los Trabajadores
          • Dar cumplimiento a las Normativas establecidas del patrono guiadas por la Resolución
          • Mantener y utilizar adecuadamente las instalaciones laborales y los I.P.I
          • Dar comunicado de los equipos defectuosos , presentar los primeros auxilios bajo el reglamento
          • Abstenerse de operar sin la debida autorización de vehiculos maquinas o equipos a los que se lea asignado
          • No ingerir bebidas o sustancias en las zonas de trabajo, ni presentarse bajo sustancias de estos, realizar su labor responsablemente
    • Analisis general de las actividades Resolución 2400/1979
      • Establecer servicios medicos, realizar las inducciones manteniendo un sistema de control en pro de los trabajadores y formar grupos paritarios y programas de medicina preventiva
      • Proporcionar los E.P.I adecuados, según la naturaleza del Riesgo, que reúnan condiciones de seguridad y eficiencia para el usuario
      • Orden y limpieza todos los sitios de trabajo, pasadisos, bodegas y servicios sanitarios deberan mantenerse en buenas condiciones de Higiene y Limpieza. Por ningún motivo se permitirá acumulación de polvo, basuras y desperdicios o proliferación de insectos
      • Evaluación de los residuos o desechos estos se deberan recolectar en recipientes que permanezcan tapados , se evitara la recolección o acumulación de desperdicios susceptibles de descomposición, que puedan ser nocivos para la Salud de los trabajadores
      • Evaluar los Riesgos fisicos, químicos y biológicos (temperatura, humedad, calefaccion, ruido , vibración, polvo, vapores, gases, bacterias, virus, hongos, etc.
      • Limites permisibles en la Normatividad vigente para cada caso
      • Información sobre su condición y estado en caso de ser defectuoso cambiar
      • Las instalaciones, maquinas, aparatos, equipos, canalizaciones y dispositivos complementarlos con los servicios de agua potable, desague, gas industrial, tuberias de flujo, electricidad, ventilación, calefacción refrigeración, deberan reunir los requisitos exigidos por las reglamentaciones vigentes, o que al efecto se dicten sobre la materia
        • Presentado por: Leidy Johana Arcos Perez
      • Limitación de tiempo de exposición
      • Las ropas de trabajo deberán ajustar bien: no deberan tener partes flexibles que cuelguen, cordones sueltos, ni bolsillos demasiados grandes
      • De la ropa de trabajo equipos y elementos de protección , de los colores de seguridad, marcaciones y señalizaciones que se debe usar para los diferentes casos
      • Verificación del grado de contaminación ambiental, evaluación de las sustancias inflamables, explosivas, infecciosas y toxicas que se encuentren en el lugar de trabajo, para minimizar estos por medio de controles
      • Sustitucion de sustancias, cambio o modificación del proceso, encerramiento o aislamiento de procesos, ventilación general, ventilación local exhaustiva y mantenimiento
  3. ACONTINUACION SE REVISARAN LAS MEDIDAS QUE SE DEBEN TOMAR ANTES QUE SUCEDA CUALQUER TIPO DE EVENTUALIDAD. DE ESTA FORMA NOS PREPARAREMOS PARA QUE NO VUELVAN A SUCEDER O EN EL MEJOR DE LOS CASOS EVITAR QUE SUCEDAN NUEVOS EVENTOS.

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SEMESTRE 8
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