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MEDIDAS DE AMPARO

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MEDIDAS DE AMPARO
Son para proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar y están contempladas en el artículo 13 de la Ley Contra la Violencia la Mujer y la Familia, son ocho.
- 1.Conceder la boleta de auxilio, que fuere necesaria a la víctima.
- 2.Ordenar la salida del agresor de la vivienda, si la convivencia implica un riesgo para la seguridad física, psíquica o la libertad sexual de la familia.
- 3.Imponer al agresor la prohibición de acercarse a la agredida en su área laboral.
- 4.Prohibir o restringir al agresor el acceso a la persona violentada.
- 5.Evitar que el agresor, por sí mismo o de terceras personas realice actos de intimidación a la víctima.
- 6.Reintegrar al domicilio a la persona agredida disponiendo la salida simultánea del agresor, cuando se tratare de una vivienda común.
- 7.Otorgar la custodia de la víctima menor de edad o incapaz a persona idónea según el Código de la Niñez y Adolescencia.
- 8.Ordenar un tratamiento a someterse las padres y los hijos menores de edad si fuere el caso.
Procedimientos Nral 1
- •Verificar nombres y apellidos de la víctima y del presunto agresor(a).
- •Solicitar a la víctima detalles físicas del presunto agresor(a).
- •Detención del presunto agresor(a).
- •Inmovilización y registro de la persona.
- •Lectura de los derechos constitucionales.
- •Obtener el certificado médico de la persona detenida y la víctima.
- •Trasladar al detenido, las evidencias y la víctima, ante la autoridad competente.
- •Entregar el parte policial a las autoridades competente y certificados médicos.
- •Realización de la Audiencia de Conciliación y Juzgamiento.
- • Proceder al traslado del detenido al Centro de Detención, si lo han dispuesto.
- •Caso contrario, ejecutar las medidas de amparo.
- •Realizar nuevamente el parte policial por la extensión de otras Medidas de Amparo o del ingreso del agresor al Centro de Detención.
Procedimientos Nral 2
- •La autoridad competente envía denuncia y providencia a la Policía Nacional.
- •El Policía, deberá ponerse en contacto con la víctima y acordar la hora, día y lugar en el que se procederá a ejecutoriar la providencia.
- •Se ejecuta en la vivienda común y NO en otra dirección.
- •Medir el nivel de riesgo de la víctima, si lo amerita solicitar apoyo.
- •La víctima autorizara el ingreso al domicilio, así la otra parte no desee.
- •Proceder a la identificación del presunto agresor.
- •Identificarse como agente de Policía.
- •Dar lectura de la providencia a fin de cumplir con la orden de la autoridad.
- •Pedir la salida del agresor, quien podrá sacar sus herramientas de trabajo y sus prendas personales.
- •Indicar al agresor, que el incumplimiento se sanciona con prisión.
- •Si el agresor se niega abandonar la vivienda, aplicar el uso diferenciado de la fuerza.
- •Realizar el parte policial constando el procedimiento descripción detallada.
Procedimientos Nrals 3, 4 , 5 y 8
- •El Juez envía la documentación pertinente al Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Judicial o Unidad Policial.
- •El Policía que recepte la documentación verificará que esté completa y correcta.
- •Toma contacto con la víctima y se le solicita la ubicación exacta del agresor.
- •Se traslada al lugar indicado y es necesario solicitará apoyo.
- •Toma contacto con el denunciado, se identifica y le notifica la orden emitida por la autoridad competente.
- •Da lectura a cada una de las medidas de amparo emitidas por la autoridad competente.
- •Explica las sanciones en caso de incumplimiento, art. 17
- •Entrega de una copia de toda la documentación al denunciado(a).
- •Elabora y remite al jefe inmediato, el parte policial del procedimiento.
Procedimientos Nral 6
- •El Policía, se pondrá en contacto con la víctima para confirmar la dirección exacta del domicilio.
- •Acudir con la víctima a la vivienda considerando que el agresor se encuentre en el interior de la misma.
- •Solicitar autorización a la víctima para ingresar al domicilio.
- •Otorgar en todo momento la seguridad que la víctima requiera.
- •Pedir la salida del agresor, podrá sacar sus herramientas y prendas personales.
- •Indicar al agresor, que el incumplimiento será sancionado con prisión.
- •Si el agresor no se encontrare en la vivienda, el Policía concurrirá las veces que sean necesarias y solicitadas por la víctima a fin de dar cumplimiento.
- •En caso de negativa del agresor, aplicar el uso diferenciado de la fuerza.
- •Realizar el parte policial haciendo constar el procedimiento adoptado.
Procedimientos Nral 7
- •Acudir con la víctima hasta el lugar en donde se encuentre el denunciado, con el o los menores de edad o persona discapacitada.
- •El Policía indica al denunciado que el Juez le ha otorgado la custodia del menor a la persona que se indica en la providencia.
- •El denunciante debe estar presente, y hacerse responsable del menor
- •La persona interesada debe ubicarse a una distancia prudente del lugar.
- •Si el denunciado no quiera entregar al menor, se procederá a la utilización progresiva de la fuerza, preservando la integridad física y seguridad de todas las personas.
- •Se entrega al menor a la persona denunciante, brindándole la seguridad necesaria hasta dejarlas en un lugar seguro y a buen recaudo.
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- Mind Map on MEDIDAS DE AMPARO, created by ingrid lopez on 05/11/2017.
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