Procedimiento De Reenganche Y Pago De Salarios Caídos

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Luisana Zapata
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Procedimiento De Reenganche Y Pago De Salarios Caídos
  1. El trabajador o trabajadora o su representante presentarán un escrito que debe contener
    1. Identificación y domicilio del trabajador o de la trabajadora
      1. El nombre de la entidad de trabajo donde presta servicios
        1. Puesto de trabajo y condiciones en que lo desempeñaba
          1. Razón de su solicitud
          2. El Inspector o Inspectora del Trabajo examinará la denuncia dentro de los dos días hábiles siguientes a su presentación
            1. Si queda demostrada la procedencia del fuero o inamovilidad laboral, el Inspector o la Inspectora del Trabajo ordenará el reenganche
              1. Con el pago de los salarios caídos
                1. Demás beneficios dejados de percibir
              2. Un funcionario o funcionaria del Trabajo
                1. Se procederá a notificar al patrono
                  1. Denuncia presentada
                    1. La orden del Inspector o Inspectora del Trabajo para que se proceda al reenganche
                  2. El patrono, patrona o su representante podrá
                    1. Presentar los alegatos
                      1. Documentos pertinentes
                      2. El funcionario o la funcionaria del Trabajo deberá ordenar
                        1. Prueba e Investigación
                          1. Presentación de libros, registros u otros documentos.
                            1. Dejará constancia en acta de todo lo actuado.
                            2. Si obstaculizan la ejecución de la orden de reenganche
                              1. Solicitará el apoyo de las fuerzas de orden público
                                1. Garantizando el cumplimiento del procedimiento
                                2. La decisión del Inspector o Inspectora del Trabajo será inapelable
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