UNIDAD 4
Fundamentacion
juridica,
infracciones,
delitos y sanciones
y despacho.
4.1
La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es un archivo
digital que te identifica al realizar trámites por
internet en el SAT e incluso en otras dependencias
del Gobierno de la República.
FICTA
Es cuando se entrega un
documento a algun
depertamento y es aceptado
se dice que es un documento
ficto
RECONOCIMIENTO
ADUANERO
Es un documento donde se ponen los aliniamientos de la
mercancia de comercio exterior.
PEDIMENTO
Es el documento que debe de tener el conductor,
ahi viene escrito lo que lleva de mercaancia y
debe de coinsidir con lo que esta en fisico
REEXPEDICION
Se entiende por reexpedición, la internación al resto del
país de mercancías de procedencia extranjera
importadas a la franja o región fronteriza.
ART. 40 LA
Los trámites relacionados con el
despacho de las mercancías se
promoverán por los importadores o
exportadores o por conducto de los
agentes aduanales que actúen como
sus consignatarios o mandatarios
ART. 41 LA
Los agentes aduanales serán representantes legales de los
importadores y exportadores tratándose de las actuaciones y
notificaciones que deriven de la inspección o verificación de las
mercancías
4.2
Para efecto artículo 23 de la LA, el depósito de mercancía ante la
aduana podrá realizarse en todas las aduanas interiores terrestres,
de tráficos aéreo y marítimo del país, así como en las aduanas
fronterizas
Se dara conocer los lineamientos que
normarán la operación de los recintos
fiscales o fiscalizados, así como la
descripción de los procedimientos que
se deberán seguir cuando la mercancía
se encuentre en depósito ante la
aduana.
La entrada o salida
de mercancía de los
lugares destinados
para su depósito
ante la aduana, se
comprobará con la
constancia que
acredite su recibo o
su entrega
4.3
TEMPORALES
. Quienes importen las mercancías
a que se refieren los incisos a), c) y
e) de la fracción V del artículo 106
mencionado, no estarán obligados
a tramitar el pedimento respectivo,
siempre que proporcionen la
información que establezca el
Servicio de Administración
Tributaria mediante reglas.
TRANSITO DE MERCANCIAS
El tránsito interno de
mercancías deberá
efectuarse dentro de los
plazos máximos de
traslado que establezca
el Servicio de
Administración
Tributaria mediante
reglas
El tránsito interno para
el retorno de
mercancías importadas
temporalmente en
programas de maquila o
de exportación, se
efectuará de
conformidad con el
procedimiento que
establezca el Servicio de
Administración
Tributaria mediante
reglas
FRANJA Y REGION FRONTERIZA
FRANJA
Es el territorio
comprendido entre la
línea divisoria
internacional del norte
del país y la línea
paralela a una distancia
de 20 kilómetros hacia
el interior del país
REGION
la línea divisoria
internacional a
10 kilómetros
RESINTO FISCALIZADO
ESTRATEGICO
Es la introducción por tiempo limitado
de mercancías extranjeras, nacionales o
nacionalizadas, a los recintos fiscalizados
estratégicos, para ser objeto de manejo,
almacenaje, custodia, exhibición, venta,
distribución, elaboración,
transformación o reparación
ELABORACION,
TRANSFORMACION O
REPARACION EN
RESINTO FISCALIZADO
La introducción de mercancías extranjeras
bajo este régimen se sujetará al pago del
impuesto general de importación en los
casos previstos en el artículo 63-A y de las
cuotas compensatorias aplicables a este
régimen. El impuesto general de
importación se deberá determinar al
destinar las mercancías a este régimen.
El retorno de los productos resultantes de
los procesos de elaboración,
transformación o reparación, pagarán el
impuesto general de importación cuando
se encuentren bajo un programa de
diferimiento o devolución de aranceles.
DEFINITIVOS
se sujetarán al pago de los impuestos al comercio
exterior y, en su caso, cuotas compensatorias, así
como al cumplimiento de las demás obligaciones
en materia de regulaciones y restricciones no
arancelarias.
DEPOSITO FISCAL
Se entenderá que las mercancías
se encuentran bajo la custodia,
conservación y responsabilidad del
almacén general de depósito en el
que quedarán almacenadas bajo el
régimen de depósito