PRIMERA INSTANCIA: Respuesta clara
sentencia 2 agosto/13
SEGUNDA INSTANCIA:SENTENCIA
15/08/13-Tutela no puede acelerar los
tramites adm. en curso
RESUELVE: Ordenar a la sala del CSJ
que en 4 meses apartir de la fecha sea
regulada la asignasion de reemplazos
para los trabajadores judiciales
sindicalizados
ACCIONANTE
NELSON
CANTILLO, ASONAL
JUDICIAL
HECHOS; permisos
sindicales, asignación
de reemplazos
impugna sentencia el accionante
Constitución 1991 artículo 34
garantiza el derecho a la libre
asociación
Arti 39 de la Carta: garantiza
derecho asociación sindical
ACCIONADO
PRESIDENCIA CSJ Y SALA
ADMINISTRATIVA
Falta legitimación, no es
competente, artículo 13 Ley 584/2000
los servidores públicos los
reglamenta el gobierno
A la sala Administrativa no
corresponde otorgar
permisos, solicita exclisión
por falta de competencia