Mind map
Artículo 31, Fracción IV
Map content
Artículo 31, Fracción IV
Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
- ELEMENTOS
- La aparente restricción a los mexicanos, como si se excluyese a los extranjeros del carácter de sujetos pasivos de la relación tributaria.
- Tratado de la Habana sobre la Condición Jurídica del Extranjero, concertado en 1928, les obliga a tributar en las mismas condiciones de los nacionales
- las tesis jurisprudenciales han enfatizado el concepto de residencia, por lo que tanto extranjeros como mexicanos deben tributar en igualdad de condiciones por el sólo hecho de residir en el territorio nacional.
- OBLIGATORIEDAD
- existencia de dos o mas sujetos comprometidos entre sí, por razón de un adeudo, de una prestación,, ETC.
- DAR, HACER, NO HACER Y TOLERAR O PERMITIR
- DE ESTAS OBLIGACIONES LA QUE LE COMPETE AL CONTRIBUYENTE S LA "DAR" PORQUE ES LA UNICA FORMA DE CONTRIBUIR AL GASTO PUBLICO.
- ESTA RELACION SE DA ENTRE EL SUJETO ACTIVO QUE ES EL GOBIERNO Y PASIVO QUE ES EL CONTRIBUYENTE.
- SE DERIVA DEL PODER, AUN CUANDO SE MANEJE P NO COMO NECESIDAD ECONOMICA
- La puramente legal
- es la incontrovertible plena,
- La contractual o voluntaria
- es la sujeta al libre designio de las partes El sujeto puede ejercer su libre voluntad de asociarse o no según lo desee
- La ex-lege
- es la de mera incidencia sólo cuando el “mexicano” realice actos que estén previstos como gravables es cuando surgirá la obligación de dar
- La puramente legal
- SE DERIVA DEL PODER, AUN CUANDO SE MANEJE P NO COMO NECESIDAD ECONOMICA
- DAR, HACER, NO HACER Y TOLERAR O PERMITIR
- incumplimiento de una obligación contributiva no tiene el rango de transgresión constitucional, sino sólo legal
- existencia de dos o mas sujetos comprometidos entre sí, por razón de un adeudo, de una prestación,, ETC.
- El concepto de contribución, no de tributo ni de impuesto.
- TRIBUTO O IMPUESTO
- significa carga continua en dinero o en especie que debe entregar el súbdito al Estado para la atención de las cargas públicas.
- es un gravamen que el Estado impone forzadamente para sufragar la subsistencia del aparato burocrático y si se llega a disponer de remanentes, para la ejecución de algunas obras públicas
- significa carga continua en dinero o en especie que debe entregar el súbdito al Estado para la atención de las cargas públicas.
- CONTRIBUCION
- SIGNIFICA DAR
- TRIBUTO O IMPUESTO
- La noción de “gastos públicos” de las tres entidades de gobierno que se refiere
- EL GATSO PUBLICO ES LA BUSQUEDA DEL BIEN CMÚN , QUE SIGNIFICA BENEFICIO CONJUNTO DE LOS GOBERNADOS,
- se incluye que con la recaudación contributiva se disponga de recursos para realizar las obras que la comunidad demanda y la prestación de los servicios básicos
- es el fin al que debe destinarse lo recaudado para justificar la acción tributaria. De otro modo, al incumplirse en cualquier forma la realización de este fin, deja de ser “gasto público” y se convierte en mera exacción o confiscación
- se incluye que con la recaudación contributiva se disponga de recursos para realizar las obras que la comunidad demanda y la prestación de los servicios básicos
- EL GATSO PUBLICO ES LA BUSQUEDA DEL BIEN CMÚN , QUE SIGNIFICA BENEFICIO CONJUNTO DE LOS GOBERNADOS,
- .- La pre-existencia de los tres “sujetos activos” de la relación tributaria: la Federación, el D.F. o el estado y el municipio.
- no sólo se requiere de la legitimidad de su creación como órganos de gobierno y como “sujetos activos” de una “relación tributaria”, sino que, además, se hace exigible que se les dote de la potestad jurídica de ejercer en acto.
- HAY 3 ENTIDADES DE GOBIERNO QUE IUNA VEZ QUE SE LE HAYA IDENYTIFICADO COMO SUJETOS ACTIVOS DEBE OBLIGARSE LA ACTIVIDAD CONTRIBUTIVA DE SUS GOBERNADOS
- no sólo se requiere de la legitimidad de su creación como órganos de gobierno y como “sujetos activos” de una “relación tributaria”, sino que, además, se hace exigible que se les dote de la potestad jurídica de ejercer en acto.
- La condición de residencia del contribuyente.
- residencia, únicamente la ubicación determinada dentro de un entorno territorial. se representa por el Municipio la propia Federación o el Distrito Federal o Estado específico en el que se resida.
- prevalece la sola identificación territorial para atribuirle la condición contributiva primigenia que posibilite todas las demás.
- Quien tributa no es únicamente la persona por el hecho de serlo, sino en función de las fuentes de riqueza que le orillan a ello al contemplarse por la ley como gravadas, de tal forma que el concepto de residencia contribuye a configurar la ubicación colateral de tales fuentes.
- prevalece la sola identificación territorial para atribuirle la condición contributiva primigenia que posibilite todas las demás.
- residencia, únicamente la ubicación determinada dentro de un entorno territorial. se representa por el Municipio la propia Federación o el Distrito Federal o Estado específico en el que se resida.
- La identificación o prefiguración de esa “manera” de contribuir, que se indica como “proporcional y equitativa”.
- si una ley fiscal no es proporcional y equitativa en todos sus contenidos, es ella, en tales contenidos específicos, la que se convierte en inconstitucional.
- proporcinalidad
- la proporcionalidad se manipula como si fuese elástica o flexible para acomodarla a los dictados o caprichos del sujeto activo,
- equidad
- es la adaptación de la ley al ideal superior de la justicia, viene a ser en el fondo, simple justicia distributiva, y no mera igualdad.
- Sólo cuando los ciudadanos están en una precisa condición de igualdad ante la ley, queden obligados a tributar por igual, es como se cumplirá el que se les trate como iguales.
- se orientan a la recaudación de recursos para sufragar el “gasto público
- La igualdad ante la ley es una condición de existencia de la ley misma, mientras que la equidad contributiva es una mera condición de consideración y justicia ante el impacto objetivo, no subjetivo, de la carga tributaria, y son cosas totalmente diferentes.
- se orientan a la recaudación de recursos para sufragar el “gasto público
- Sólo cuando los ciudadanos están en una precisa condición de igualdad ante la ley, queden obligados a tributar por igual, es como se cumplirá el que se les trate como iguales.
- es la adaptación de la ley al ideal superior de la justicia, viene a ser en el fondo, simple justicia distributiva, y no mera igualdad.
- proporcinalidad
- si una ley fiscal no es proporcional y equitativa en todos sus contenidos, es ella, en tales contenidos específicos, la que se convierte en inconstitucional.
- La delegación de la “manera” de contribuir, a la preventiva legal.
- No puede concebirse manera alguna de tributar en nuestro país, si las leyes tributarias no precisan la manera concreta de hacerlo, condicionada a la proporcionalidad y equidad de la que deben estar revestidas, para que la obligación contributiva pueda darse por configurada.
- la proporcionalidad y equidad son dos requisitos esenciales de la ley misma, y la insatisfacción de ellos, automáticamente nulifica sus alcances finales.
- cuando se incumple, impacta en la justificación del tributo y en la ley que lo contiene.
- la proporcionalidad y equidad son dos requisitos esenciales de la ley misma, y la insatisfacción de ellos, automáticamente nulifica sus alcances finales.
- No puede concebirse manera alguna de tributar en nuestro país, si las leyes tributarias no precisan la manera concreta de hacerlo, condicionada a la proporcionalidad y equidad de la que deben estar revestidas, para que la obligación contributiva pueda darse por configurada.
- La aparente restricción a los mexicanos, como si se excluyese a los extranjeros del carácter de sujetos pasivos de la relación tributaria.
- ELEMENTOS
Information
- Description
- Mind Map on Artículo 31, Fracción IV, created by Luz Enríquez on 22/01/2019.
- Created by
- Luz Enríquez
- Views
- 0
- Rating