Art. 426 "Los sindicatos de trabajadores o los patrones podrán
solicitar de las Juntas de Conciliación y Arbitraje la modificación
de las condiciones de trabajo contenidas en los contratos
colectivos o en los contratos-ley [...]" LFT
Conclusión laboral por giro de la manera
de hacer las cosas en la empresa
Se resuelve ante la Junta de Conciliación y arbitraje
No existe agente culpable de la situación
Suspensión colectiva
Pausa de las actividades laborales por causas de
fuerza mayor no imputables al patrón
Falta de materia prima
Oferta mayor que la demanda
Incosteabilidad
Falta de fondos e imposibilidad de obtenerlos
Falta de mistración por parte del Estado cuando éste se había obligado
Suspensión por emergencia sanitaria establecida por la autoridad competente
Terminación colectiva
Cese de las relaciones por causas inimputables a
algunas de las partes por causas fortuitas
La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón,
o su incapacidad física o mental o su muerte
Incosteabilidad
El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva.
La quiebra legalmente declarada
Art. 433 "La terminación de las relaciones de trabajo como
consecuencia del cierre de las empresas o establecimientos o
de la reducción definitiva de sus trabajos [...]" LFT