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RÉGIMEN POLÍTICO
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RÉGIMEN POLÍTICO
Rama Legislativa
- A la Rama Legislativa le corresponde formular las leyes, ejercer control sobre el Gobierno y reformar la Constitución. Está representada por una corporación pública colegiada de elección popular denominada Congreso de la República, el cual está integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, constituyendo así un sistema bicameral; es decir, una cámara alta representada por el Senado y una cámara baja representada por la Cámara de Representantes.
- CONGRESO DE LA REPÚBLICA: Su función es reformar la Constitución, hacer leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
- LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
- Mesa Directiva
- Presidencia
- Oficina Coordinadora de Control Interno
- Primera Vicepresidencia
- Segunda Vicepresidencia
- Oficina de Protocolo
- Oficina de Información y Prensa
- Presidencia
- Elegir al Defensor del Pueblo
- Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto del tesoro que le presente el Contralor General de la República.
- Acusar ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la República o a quien haga sus veces, a los Magistrados de la Corte Constitucional, a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los Magistrados del Consejo de Estado y al Fiscal General de la Nación.
- Conocer de las denuncias y quejas que ante ellas se presenten por el Fiscal General de la Nación o por los particulares contra los expresados funcionarios, y si prestan mérito, fundar en ellas acusación ante el Senado.
- Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen y comisionar para la práctica de pruebas cuando lo considere conveniente
- Secretaria General
- Subsecretaria General
- Sección Relatoría
- Sección de Grabación
- Dirección Administrativa
- División de Personal
- Sección de Registro y Control
- Sección de Bienestar Social y Urgencias Médicas
- División Jurídica
- División Financiera y Presupuesto
- Sección de Pagaduría
- Sección de Contabilidad
- División de Servicios
- Sección de Suministros
- División de Personal
- Mesa Directiva
- SENADO DE LA REPÚBLICA
- Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente
- Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo, no siendo caso de enfermedad
- Declarar el abandono del cargo y la incapacidad física permanente del Presidente de la República
- Decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República
- Elegir los Magistrados de la Corte Constitucional
- Elegir al Procurador General de la Nación
- Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado
- Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente
- Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra nación
- Mesa Directiva
- Presidencia
- Oficina de Información y Prensa
- Oficina de Protocolo
- Primer Vicepresidencia
- Segunda Vicepresidencia
- Presidencia
- Dirección General Administrativa
- División Jurídica
- División de Planeación y Sistemas
- División de Recursos Humanos
- Sección de Registro y Control
- Sección de Selección y Capacitación
- Sección de Bienestar y Urgencia Médica
- División Financiera y Presupuesto
- Sección de Contabilidad
- Sección de Pagaduría
- Sección de Presupuesto
- División de Bienes y Servicios
- Unidad de Correspondencia
- Unidad de Archivo Administrativo
- Unidad de Fotocopiado
- Sección de Suministros
- Unidad de Almacén
- Función Constituyente, para reformar la Constitución Política mediante actos legislativos
- Función Legislativa, para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y códigos en todos los ramos de la legislación
- Función de control político, para requerir y emplazar a los Ministros del Despacho y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.
- Función judicial, para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política
- Función electoral, para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta.
- Función administrativa, para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
- Función de control público, para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.
- Función de protocolo, para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.
- LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
- CONGRESO DE LA REPÚBLICA: Su función es reformar la Constitución, hacer leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
- A la Rama Legislativa le corresponde formular las leyes, ejercer control sobre el Gobierno y reformar la Constitución. Está representada por una corporación pública colegiada de elección popular denominada Congreso de la República, el cual está integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, constituyendo así un sistema bicameral; es decir, una cámara alta representada por el Senado y una cámara baja representada por la Cámara de Representantes.
Rama Ejecutiva
- A la Rama Ejecutiva le corresponde ejecutar, en forma coordinada, todas las actividades administrativas que están al servicio de los intereses generales de la comunidad para el cumplimiento de los fines esenciales del Estado. Está representada por el Presidente de la República, quien simboliza la unidad nacional, es el Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.
- NACIONAL
- Presidencia de la República
- Vicepresidencia de la República
- Consejos Superiores de la Administración
- Ministerios
- Departamentos Administrativos
- Superintendencias sin Personería Jurídica
- Unidades Administrativas Espaciales sin Personería Jurídica
- Sectores Administrativos
- DEPARTAMENTAL
- Regiones
- Son dos o más departamentos que pueden constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio, cuyo objeto principal es el desarrollo económico y social del territorio de los Departamentos que la integran.
- Regiones Administrativas de Planificación
- Son las entidades conformadas por dos o más departamentos, con personería jurídica, autonomía financiera y patrimonio propio, cuya finalidad está orientada al desarrollo regional, la inversión y la competitividad
- Región Administrativa de Planificación Especial del Distrito Capital, el Departamento de Cundinamarca y los Departamentos Contiguos
- La RAPE – REGIÓN CENTRAL es una persona jurídica de derecho público de naturaleza asociativa del orden territorial regional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio cuyo objeto principal es el desarrollo económico y social de la respectiva región. Está constituida por Bogotá, Cundinamarca, Boyacá, Meta y Tolima.
- Regiones de Planeación y Gestión
- Son las instancias de asociación de entidades territoriales que permiten promover y aplicar de manera armónica y sostenible los principios de complementariedad, concurrencia y subsidiariedad en el desarrollo y ejecución de las competencias asignadas a las entidades territoriales por la Constitución y la ley. Las asociaciones entre entidades territoriales podrán conformar libremente entre sí diversas Regiones de Planeación y Gestión, podrán actuar como bancos de proyectos de inversión estratégicos de impacto regional durante el tiempo de desarrollo y ejecución de los mismos.
- Asociaciones de Departamentos
- Es la asociación administrativa y política de dos o más departamentos para organizar conjuntamente la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras de ámbito regional y el cumplimiento de funciones administrativas propias, mediante convenio o contrato-plan suscrito por los gobernadores respectivos, previamente autorizados por las asambleas departamentales y para el ejercicio de competencias concertadas entre sí en un marco de acción que integre sus respectivos planes de desarrollo en un modelo de planificación integral conjunto.
- Regiones
- MUNICIPAL
- Provincias
- Se constituyen con municipios o territorios indígenas circunvecinos, pertenecientes a un mismo departamento y son creadas por ordenanza sometida a consulta popular.
- Áreas Metropolitanas
- Son entidades administrativas formadas por un conjunto de municipios integrados alrededor de un municipio núcleo, vinculados entre sí por relaciones de orden físico, económico y social, que para la programación y coordinación de su desarrollo y prestación de servicios públicos, requiere una administración coordinada.
- Distritos
- Son las entidades territoriales de orden local sometidas a un régimen especial. En la actualidad tienen carácter de distritos: el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura
- Asociaciones de Distritos
- Dos o más Distritos Especiales podrán asociarse política y administrativamente para organizar conjuntamente la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas de interés común mediante convenio, siempre y cuando no se alteren las características esenciales de cada uno de ellos. El respectivo convenio o contrato-plan configurará un modelo de desarrollo y planificación integral conjunto que será suscrito por los Alcaldes Mayores de cada Distrito, previamente autorizados por sus respectivos Concejos y estará enmarcado en un plan de acción de mediano plazo
- Provincias Administrativas y de Planificación
- Dos o más municipios geográficamente contiguos de un mismo departamento podrán constituirse mediante ordenanza en una provincia administrativa y de planificación por solicitud de los alcaldes municipales, los gobernadores o del diez por ciento (10%) de los ciudadanos que componen el censo electoral de los respectivos municipios, con el propósito de organizar conjuntamente la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras de ámbito regional y la ejecución de proyectos de desarrollo integral, así como la gestión ambiental.
- Asociación de Municipios
- Dos o más municipios de uno o más Departamentos pueden asociarse para organizar conjuntamente la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras o el desarrollo de funciones administrativas; tienen personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los municipios que la constituyen
- Municipio
- Es la entidad territorial fundamental de la división político administrativa que presta los servicios públicos que determine la Ley; tiene autonomía política, fiscal y administrativa y su creación corresponde a la Asamblea Departamental
- Territorios Indígenas
- Son entidades territoriales sujetos a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial; su delimitación se hace por el Gobierno Nacional, con participación de los representantes de las comunidades indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial
- Comunas
- Es la división de los municipios que los concejos pueden hacer cuando se trate de áreas urbanas, con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local
- Corregimientos
- Es la división de los municipios que los concejos pueden hacer cuando se trate de áreas rurales, con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local
- Provincias
- NACIONAL
- A la Rama Ejecutiva le corresponde ejecutar, en forma coordinada, todas las actividades administrativas que están al servicio de los intereses generales de la comunidad para el cumplimiento de los fines esenciales del Estado. Está representada por el Presidente de la República, quien simboliza la unidad nacional, es el Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.
Rama Judicial
- A la Rama Judicial le corresponde administrar justicia, solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y entre éstos y el Estado y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva. Dichos pronunciamientos toman principalmente la forma de sentencias, fallos, o autos.
- CORTE CONSTITUCIONAL
- Ejerce la guarda de la integridad y supremacia de la Constitución de los estrictos y precisos términos de los artículos 241 al 244 de la Constitución Política.
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
- Es el máximo Tribunal de la Jurisdicción Ordinaria y está integrada por 23 magistrados, elegidos por la misma Corporación para períodos individuales de 8 años, de listas superiores a 5 candidatos que reúnan los requisitos constitucionales, por cada vacantes que se presente, enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
- CONSEJO DE ESTADO
- Conoce de las acciones de nublidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional
- JURISDICCIONES ESPECIALES
- Jurisdicción de Paz
- Jurisdicción de las Comunidades Indígenas
- COMISIÓN DE DISCIPLINA JUSICIAL
- CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
- Dirección Ejecutiva de Administración Judicial
- Consejos Seccionales de la Judicaturas
- FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
- Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses
- Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ)
- CORTE CONSTITUCIONAL
- A la Rama Judicial le corresponde administrar justicia, solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y entre éstos y el Estado y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva. Dichos pronunciamientos toman principalmente la forma de sentencias, fallos, o autos.
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- Mind Map on RÉGIMEN POLÍTICO, created by Margarita Victoria Murgas Carrillo on 02/09/2019.
- Created by
- Margarita Victoria Murgas Carrillo
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