Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio.

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Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio.
  1. NOM-007-SSA2-2016
    1. Aborto: Expulsión o extracción de su madre de un embrión o de un feto de menos de 500 g de peso (peso que se alcanza aproximadamente a las 22 semanas completas de embarazo) o de otro producto de la gestación
      1. Cesárea: Intervención quirúrgica que tiene por objeto, extraer el feto, vivo o muerto, de 22 semanas cumplidas o más, así como la placenta y sus anexos, a través de una incisión en la pared abdominal y uterina.
        1. Diabetes gestacional (DG): Alteración en el metabolismo de los carbohidratos que se detecta por primera vez durante el embarazo y se traduce en una insuficiente adaptación a la insulina.
          1. Edad gestacional: Periodo transcurrido desde el primer día de la última menstruación normal en una mujer con ciclos menstruales regulares, sin uso de anticonceptivos hormonales; con fecha de última menstruación confiable, hasta el nacimiento o hasta el evento gestacional en estudio.
            1. Embarazo,: Parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del "conceptus" en el endometrio y termina con el nacimiento.
              1. Feto: Producto de la fecundación desde el fin del desarrollo embrionario, a las 8 semanas después de la fecundación, hasta el aborto o el nacimiento.
        2. Muerte materna: Ocurrida a una mujer mientras está embarazada o dentro de los 42 días siguientes a la terminación del embarazo, independientemente de la duración y el sitio del mismo, debida a cualquier causa relacionada con o agravada por el embarazo o su atención, pero no por causas accidentales o incidentales.
          1. Nacido vivo: Producto de la concepción expulsado o extraído de forma completa del cuerpo de su madre, independientemente de la duración del embarazo, que después de dicha separación respire y presente signos vitales como frecuencia cardiaca, pulsaciones del cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria, tanto si se ha cortado o no el cordón umbilical y esté o no desprendida la placenta.
            1. Nacido muerto: Expulsión completa o extracción del producto de la concepción del organismo materno, cuando después de dicha separación no respire ni lata el corazón, se haya o no cortado el cordón umbilical y esté o no desprendida la placenta.
              1. Nacimiento: Expulsión completa o extracción del organismo materno del producto de la concepción. Término empleado tanto para nacidos vivos o defunciones fetales.
                1. Puerperio normal: Periodo que sigue a la expulsión del producto de la concepción, en el cual los cambios anatomo-fisiológicos propios del embarazo se revierten al estado pregestacional. Tiene una duración de 6 semanas o 42 días.
        3. DEFINICIONES
          1. DISPOSICIONES GENERALES
            1. La atención médica que reciban las mujeres en edad reproductiva en los establecimientos para la atención médica públicos, privados y sociales del país, debe ser con un enfoque preventivo, educativo, de orientación y consejería.
              1. En las consultas preconcepcional y prenatal, se debe incluir valoración por el servicio de estomatología.
                1. El examen de valoración debe incluir, una historia clínica completa, realizar exámenes de laboratorio básicos para detectar alteraciones que puedan incrementar el riesgo obstétrico y otorgar elementos educativos para un adecuado control prenatal, embarazo saludable, parto fisiológico y puerperio sin complicaciones, además de los factores educativos que le permitan lograr exitosamente una lactancia materna exclusiva durante los primeros 6 meses postparto.
                  1. Todo el tiempo y en especial durante el embarazo y la lactancia, se debe promover que la mujer se abstenga de utilizar sustancias adictivas como tabaco (aun como fumadora pasiva), bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas (Ver Apéndice D Normativo, de esta Norma).
                    1. Exploración física completa que incluya: signos vitales, peso, talla y evaluación del estado nutricional (Ver Apéndice C Normativo, de esta Norma). Exploración bucodental, mamaria, auscultación cardiaca materna, medición del fondo uterino y de la frecuencia cardiaca fetal en su caso, así como toma de citología cérvico-vaginal, si procede, como lo dispone la Norma Oficial Mexicana citada en el punto 2.8, del Capítulo de Referencias, de esta Norma. Todas estas actividades deben ser anotadas en el expediente clínico para cada consulta otorgada.
                      1. Promover que la embarazada de bajo riesgo reciba como mínimo cinco consultas prenatales, iniciando preferentemente en las primeras 8 semanas de gestación y/o prueba positiva de embarazo atendiendo al siguiente calendario:
                        1. 1 ª consulta: entre las 6 - 8 semanas.
                          1. 2 ª consulta: entre 10 - 13.6 semanas.
                            1. 3 ª consulta: entre 16 - 18 semanas.
                              1. 4 ª consulta: 22 semanas.
                                1. 5 ª consulta: 28 semanas.
                                  1. 6 ª consulta: 32 semanas.
                                    1. 7 ª consulta: 36 semanas.
                                      1. 8 ª consulta: entre 38 - 41semanas.
                          2. ATENCIÓN DEL PARTO
                            1. Al ingreso de toda mujer para la atención obstétrica, se deberá abrir el expediente clínico.
                              1. En la valoración de inicio del trabajo de parto verdadero, se debe interrogar sobre la percepción de contracciones uterinas dolorosas, su intensidad y frecuencia, así como sobre la expulsión de mucosidad, liquido o sangre a través de los genitales, se deben tomar signos vitales, presión arterial, temperatura, efectuar palpación abdominal, medición de la altura uterina, presentación fetal, así como tacto vaginal
                                1. Durante el trabajo de parto se puede permitir la ingesta de líquidos a la paciente, de acuerdo a sus necesidades.
                                  1. Las contracciones uterinas se deben monitorear cada 30 a 60 minutos por periodos de 10 minutos con la mano extendida sobre el abdomen materno, sin presionar.
                                    1. La atención del parto respetuoso con pertinencia cultural se debe promover en los establecimientos para la atención médica de segundo nivel de atención, mediante la adecuación de espacios físicos, procedimientos de atención, implementos utilizados y permitiendo la elección de la posición por parte de la mujer.
                                      1. El pinzamiento y corte del cordón umbilical se debe realizar de 30 a 60 segundos después del nacimiento, aun siendo prematuros, manteniendo a la persona recién nacida por abajo del nivel de la placenta.
                            2. ATENCIÓN DEL PUERPERIO
                              1. En la primera hora del puerperio, revisar a la paciente cada 15 minutos, vigilando el comportamiento de la frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, presión arterial, temperatura, llenado capilar, hemorragia transvaginal, el tono y altura del útero y el reinicio de la micción espontánea. Posteriormente, se revisará cada 30 minutos hasta completar las 2 primeras horas del puerperio y luego entre 4 y 8 horas de acuerdo a su evolución hasta su egreso.
                                1. En las primeras ocho horas, favorecer la deambulación, alimentación normal e hidratación
                                  1. A las madres Rho (D) negativas, con persona recién nacida Rho positivo y con prueba de Coombs indirecta negativa, se les aplicarán 300 µg de globulina inmune anti Rho, dentro de las primeras 72 horas posparto o cuando se realice otro evento obstétrico o procedimiento invasivo capaz de ocasionar hemorragia feto-materna y que pueda condicionar en la madre inmunización al antígeno "D". La atención preferentemente debe ser realizada por personal calificado.
                                  2. ATENCIÓN A LA PERSONA RECIÉN NACIDA
                                    1. La atención de la persona recién nacida viva implica asistencia en el momento del nacimiento, así como la primera consulta de revisión entre los 3 y 5 días posteriores al nacimiento, y la segunda a los 28 días posteriores al nacimiento.
                                      1. Reanimación neonatal; de ser necesaria
                                        1. Manejo del cordón umbilical
                                          1. Valoración de Apgar, conforme al Apéndice F Normativo
                                            1. Valoración de Silverman Anderson
                                              1. Exámenes físico y antropométrico completos
                                                1. Vacunación de la persona recién nacida conforme a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana
                                                  1. Realización de toma de muestra para el tamiz neonatal a partir de las 72 horas de vida.
                                                  2. EXAMEN FÍSICO
                                                    1. Aspecto general.
                                                      1. Piel
                                                        1. Cabeza y cara.
                                                          1. Ojos.
                                                            1. Oídos.
                                                              1. Nariz.
                                                                1. Boca.
                                                                  1. Cuello.
                                                                    1. Tórax.
                                                                      1. Cardiovascular.
                                                                        1. Abdomen.
                                                                          1. Genitales.
                                                                            1. Ano.
                                                                              1. Columna
                                                                                1. Extremidades
                                                                                  1. Estado neuromuscular
                                                                                  2. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
                                                                                    1. La vigilancia epidemiológica de la mortalidad materna se deriva al SINAVE que cumple con las disposiciones del CONAVE y cuenta con el consenso de las instituciones que lo conforman.
                                                                                    Show full summary Hide full summary

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