32. ADJUDICACIÓN O REALIZACIÓN ESPECIAL DE LA GARANTÍA REAL ART 467 CGP

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32. ADJUDICACIÓN O REALIZACIÓN ESPECIAL DE LA GARANTÍA REAL ART 467 CGP
  1. DEMANDA
    1. El acreedor podrá demandar desde un principio la adjudicación del bien hipotecado o prendado, y si el demandado se opone mediante excepción
      1. 1. DEMANDA DE ADJUDICACIÓN
        1. Debe incluir
          1. Título que preste mérito ejecutivo.
            1. Ctto hipotecario o prendario
              1. Certificado del registrador sobre la propiedad de demandado
                1. Ctto de prenda o hipoteca
                  1. Certificado del registrador sobre la propiedad del ddo
                  2. En prenda sin tenencia
                    1. Certificado sobre la vigencia del gravamen, con fecha de expedición y no superior a un mes.
                    2. Avalúo conforme al art. 444
                      1. Liquidación del crédito a la fecha de la demanda
                        1. En la prenda sin tenencia
                          1. Certificado sobre la vigencia del gravámen con fecha de expedición no superior a 1 mes
                          2. Avalúo conforme el art 444
                            1. Liquidación del crédito a la fecha de la dda
                            2. 2. EL JUEZ LIBRA MANDAMIENTO EJECUTIVO ART. 430
                              1. Dará a conocer al demandado sobre la pretensión de adjudicación
                                1. Decreta el embargo del bien hipotecado
                                  1. Bienes prendados se decreta embargo y secuestro
                                    1. 3 .EL EJECUTADO DENTRO DE LOS 10 DIAS PODRA PLANTEAR LA DEFENSA, por medio de incidente en auto apelable en efecto diferido
                                      1. Pedir la regulación o pérdida de interese
                                        1. reducción de la pena, hipoteca o prenda
                                          1. la fijación de la tasa de cambio
                                            1. tachar de falso el titulo ejecutivo
                                              1. Si prospera, termina el proceso
                                              2. Tachar de falso el contrato de hipoteca o de prenda
                                                1. Si prospera, la ejecución continua
                                                2. Excepciones de mérito Art. 443
                                                  1. Se tramitan conjuntamente
                                                  2. Objetar el avalúo Art. 444
                                                    1. Objetar la liquidación del crédito Art. 446
                                                      1. Solicitar antes de la adjudicación se someta el bien a subasta art.448 y 450 a 457
                                                        1. Si no existen postores y podrá ser formulada por el acreedor de remanente
                                                        2. 4. CUANDO NO SE FORMULE OPOSICIÓN DE REMATE
                                                          1. El juez adjudicara el bien al acreedor mediante auto por un 90% del avalúo Art. 444
                                                            1. En la misma providencia cancelara los gravámenes prendarios o hipotecarios, afectación a vivienda familiar y patrimonio de familia, cancelara el embargo y secuestro, ordenara expedir copia del auto para que se protocolice en una notaría y se inscriba en la oficina de registros públicos
                                                              1. copia que se agrega al expediente y se entrega del bien al demandante y los títulos del bien adjudicado y el demandado tenga en su poder
                                                                1. si el valor de la adjudicación es valor al monto del crédito el acreedor deberá consignar el monto del crédito dentro de los 3 días siguientes al vencimiento del plazo a orden del juzgado
                                                                  1. si el acreedor no consigna procederá la disposición del art. 453
                                                            2. al trámite no se puede acudir cuando
                                                              1. no se sepa el domicilio del propietario o su paradero
                                                                1. el bien se encuentre embargado
                                                                  1. existan acreedores con garantía real de mejor derecho
                                                              2. Disposiciones especiales para la efectividad de la garantía real art. 468 tramite con bienes gravados con hipoteca y prenda
                                                                1. 1. DEMANDA EJECUTIVA
                                                                  1. Debe incluir
                                                                    1. indicación de todos los bienes objetos de gravamen
                                                                      1. título que preste merito ejecutivo
                                                                        1. Certificado del registrador de la propiedad del demandado y gravámenes por un periodo de 10 años; en caso de prenda sin tenencia el certificado debe versar con 1 mes de antelación
                                                                        2. Se dirige contra el actual propietario en materia de hipoteca o prenda
                                                                          1. si la obligación del deudor se pactó en diferentes instalamentos en la demanda se pedirá todos ellos serán exigibles los no vencidos.
                                                                            1. Si del bien certificado aparece sobre los bienes de hipoteca o prenda el embargo se deberá informar bajo juramento si fue citado el acreedor y la fecha de la notificación
                                                                              1. 2. EMBARGO Y SECUESTRO
                                                                                1. Simultáneamente se dará mandamiento ejecutivo y sin necesidad de caución y decretara el embargo y secuestro del bien hipotecado o dado en prenda en la demanda
                                                                                  1. El registrador deberá inscribir el embargo, aunque el demandado haya dejado de ser propietario del bien, el juez notificara al actual dueño el mandamiento de pago
                                                                                    1. En este proceso no habrá lugar a reducción de embargos beneficios de competencia
                                                                                      1. 3. ORDEN DE SEGUIR ADELANTE LA EJECUCIÓN
                                                                                        1. si no se proponen excepciones o el ejecutado hubiere prestado caución para evitarlo o levantarlo
                                                                                          1. ordenará seguir adelante la ejecución para que se pague al demandante el crédito y costas
                                                                                          2. el secuestro de los bienes inmuebles no es necesario para seguir con la ejecución sino para el avalúo y señalar fecha de remate
                                                                                            1. Cuando no se puede hacer el secuestro por oposición del deudor se aplicará art. 596 numeral 3 sin que sea necesario informar la demanda
                                                                                            2. 4. INTERVENCIÓN DE TERCEROS ACREEDORES
                                                                                              1. en el mandamiento ejecutivo se cita a todos los acreedores para que en un término de 10 días contado la notificación hagan valer sus créditos
                                                                                                1. se citaran mediante notificación personal y si no curador ad ítem tiene 10 días para presentar la demanda a partir de su notificación
                                                                                                  1. citados todos los acreedores se tramita conjuntamente las demandas con la inicial y el juez enviara solamente 1 mandamiento ejecutivo y prelación del crédito bajo providencia y pagar en costas el deudor
                                                                                                    1. remanente podrá continuar dentro de los 30 días siguientes al pago mencionado bajo el mismo expediente inicial
                                                                                                2. 5. REMATE DE BIENES
                                                                                                  1. el acreedor hipotecario de primer grado podrá hacer postura con base a la liquidación de su crédito y si lo hace uno de segundo grado requerirá autorización del de primer grado
                                                                                                    1. precio
                                                                                                      1. inferior; al valor del crédito y costas se adjudica en el dicha suma
                                                                                                        1. . superior: acreedor consigna al juzgado la diferencia con la última liquidación aprobada del crédito y costas en el término de tres días
                                                                                                          1. aprueba el remate, si el acreedor no realiza oportunamente la consignación se dispondrá el art 453 inciso final
                                                                                                        2. varios acreedores que se han liquidado costas en favor de todos aplica el art 365 numeral 7
                                                                                                          1. efectividad de la prenda que este en suma no mayor a 1 salario mínimo el acreedor podrá pedir adjudicación dentro de los 5 días siguientes
                                                                                                            1. cuando a pesar del remate o adjudicación la obligación no se extingue el acreedor podrá perseguir otros bienes del ejecutado sin poner caución
                                                                                                              1. CONCURRENCIA DE EMBARGOS
                                                                                                                1. el embargo decretado con base en título hipotecario o prendario sujeto a registro se inscribirá, aunque haya otro vigente un crédito con garantía real y se cancelara el anterior para ser adelantado el de garantía real
                                                                                                        3. EN OBLIGACIONES DISTINTAS DE PAGAR SUMAS DE DINERO
                                                                                                          1. Procederá de acuerdo al art. 428, en procesos que trata este artículo no aplicaran los art 462, 463 y 600
                                                                                                    Show full summary Hide full summary

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                                                                                                    Sociology- Key Concepts
                                                                                                    Becky Walker
                                                                                                    AQA Biology 12.1 cellular organisation
                                                                                                    Charlotte Hewson
                                                                                                    Biology B3
                                                                                                    James Burns
                                                                                                    Conferences of the Cold War
                                                                                                    Alina A
                                                                                                    The Nervous System and Hormones (Part 1)
                                                                                                    Naomi Science
                                                                                                    ASSD QUESTION 2018 True / False with multiple question
                                                                                                    Dhiraj Tamang