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RESOLUCIÓN 00911 DEL 01/04/2009 MANUAL DE PATRULLAJE URBANO PARA LA POLICÍA NACIONAL

Bronley Silva Rocha Spanish

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RESOLUCIÓN 00911 DEL 01/04/2009 MANUAL DE PATRULLAJE URBANO PARA LA POLICÍA NACIONAL

  1. El patrullaje es una actiividad que busca el desarrollo de acciones preventivas, disuacivas y de control

    • Su objetivo es contribuir al mantenimiento de las condiciones necesarias para la preservación de la convivencia y seguridad ciudadana.
      • FINALIDAD…El patrullaje es una forma o manera de prestar el servicio de vigilancia, utilizada para neutralizar la comisión de delitos.
  2. Para la planeación y desarrollo del patrullaje se tiene en cuenta

    • SECTOR...Es la extensión que debe cubrir el cuadrante durante su servicio
      • DURACIÓN… El servicio de vigilancia es permanente y es realizado en tres turnos con una duración de ocho horas cada uno.
        • SEGURIDAD…El personal deberá implementar, ejecutar y mantener las medidas de seguridad que sean necesarias para el cumplimiento de sus labores.
          • ACTITUD EN EL PATRULLAJE…El personal deberá mantenerse en estado de alerta, acompañado de una actitud amable y positiva.
            • CONOCIMIENTO DE LA JURIDICCION… El personal deberá conocer su cuadrante, de esta manera se enfocará en las zonas que están presentando mayor índice delincuencial.
  3. CARACTERISTICAS

    • 1.El patrullaje es realizado por dos o más uniformados
      • 2. Se realiza en un sector y horario definido
        • 3. Se ejecuta haciendo uso de los recursos que el estado signa a la institución para este fin.
          • 4. El patrullaje es una actividad del servicio y debe quedar consignada en la minuta de vigilancia y ordenes de servicio.
  4. CLASES DE PATRULLAJE

    • 1. Preventivo…identifica y neutraliza los delitos en su origen
      • Disuasivo: Se realiza con el fi n de desestimular la amenaza o ante la probabilidad de ocurrencia de un delito,
        • Reactivo: se realiza con el fi n de restablecer las condiciones de convivencia y seguridad ciudadana luego de la ocurrencia de un delito,
  5. FORMA DE DESPLAZAMIENTO

    • Patrullaje a pie. Desplazamiento realizado a pie por uno o más uniformados, en desarrollo de las funciones propias del servicio,
      • Patrullaje a caballo: Desplazamiento efectuado por dos o más binomios, en zonas urbanas,
        • Patrullaje en vehículo: Se realiza en zonas urbanas, que permite vigilar un sector determinado con el fin de adelantar acciones preventivas, disuasivas y de control de delitos
          • Patrullaje en aeronaves: Es el que se realiza en aeronaves policiales para el control y coordinación del servicio de policía tierra-aire.
  6. CONDICIONES DE TIEMPO Y CLIMA

    • Patrullaje diurno: Es el que se realiza desde las 06:00 hasta las 18:00 horas,
      • Patrullaje nocturno: Patrullaje realizado de las 18:00 a las 06:00 horas,
  7. ELEMENTOS BÁSICOS PARA EL DESARROLLO DEL PATRULLAJE

    • Uniforme reglamentario
      • Tonfa
        • Armamento y su respectiva munición
          • Equipo de comunicaciones (radios, celulares, Avantel, equipos de transmisión de datos)
            • Placa de identifi cación policial
              • Libreta de anotaciones y kit del Sistema Penal Oral Acusatorio
                • Elementos de seguridad industrial y bioseguridad
  8. USO DE LA FUERZA Y LAS ARMAS DE FUEGO DECRETO 1355 DE 1970,

    • La Policía puede emplear el uso de la fuerza y las armas de fuego, en las siguientes circunstancias
      • Para hacer cumplir las decisiones y órdenes de los jueces y demás autoridades.
        • Para impedir la inminente o actual comisión de infracciones penales o de policía.
          • Para asegurar la captura del que debe ser conducido ante la autoridad.
            • Para vencer la resistencia del que se oponga a orden policial que deba cumplirse inmediatamente.
              • Para evitar mayores peligros y perjuicios en caso de calamidad pública.
                • Para proteger a las personas contra peligros inminentes y graves.
  9. PORTE DE ARMAS DE FUEGO EN EL ÁREA URBANA

    • Servicio serán las establecidas por el respectivo Comandante, de acuerdo con el armamento asignado por la Institución y la condición del servicio.
      • PORTE DE ARMAS DE FUEGO CON PERSONAL RETENIDO
        • portará armas de fuego y su uso se hará de conformidad a las normas establecidas. PARÁGRAFO: El personal de Servicio en la sala de retenidos no portará armamento.

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