El Procedimiento para las Aperturas, Modificaciones y Eliminaciones Arancelarias en
Centroamérica
ETAPA I
Se presentan las solicitudes de: aperturas arancelarias, modificaciones
arancelarias, criterios de clasificación o casos generales en materia
arancelaria y aduanera ante los Directores Generales de Integración
Centroamericana de cada país.
Annotations:
En Honduras en la DGIEPC de la SDE.
ETAPA II
A nivel interno la DGIEPC, analiza, estudia, investiga y
consulta con las instituciones correspondientes (AAH y
Consejo Hondureño de la Empresa Privada COHEP).
ETAPA III
El Grupo Técnico Arancelario emite posición oficial y lo traslada a los países centroamericanos para
ser analizados en la Ronda de Unión Aduanera por los países de la región presidida por la
presidencia pro-tempore correspondiente.
ETAPA IV
El Grupo técnico Arancelario emite informe sobre las solicitudes armonizadas por los países y eleva al foro de
Directores de Integración Económica.
ETAPA V
El Comité de Política Arancelaria aprueba o desaprueba por consenso las solicitudes; emite informe al foro
de Viceministros de Integración.
ETAPA VI
Cuando el foro de Viceministros de Integración aprueba las solicitudes; eleva al Consejo de Ministros de Integración
Económica (COMIECO).
ETAPA VII
COMIECO emite Resolución de las solicitudes aprobadas.
ETAPA VIII
Se envía copia de la Resolución a Secretaría de Finanzas y la Dirección Ejecutiva de Ingresos quien
aplicará los Derechos de Importación de conformidad a la Resolución correspondiente.