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Código Ético del Psicólogo para la entrevista
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Código Ético del Psicólogo para la entrevista
Competencia y honestidad
- Artículo 1. Los servicios, la enseñanza y la investigación realizada por el psicólogo contiene conocimientos válidos y confiables, siempre sustentado en la investigación científica.
- Artículo 8. El psicólogo es responsable de la conducción ética de la investigación que realiza o la de otras personas bajo su supervisión o control. Y permite a sus compañeros menos capacitados a desempeñar las tareas donde sí estén más capacitados y mejor preparados. También consulta con expertos sus dudas sobre cualquier tema de la investigación.
- Artículo 12. El psicólogo toma las medidas razonables para evitar dañar a sus pacientes o clientes, participantes en investigación, estudiantes, y otros con quienes trabaje, y para minimizar el daño cuando éste sea previsible e inevitable.
Calidad de la valoración y/o evaluación psicológica
- Artículo 15. El psicólogo que construye, desarrolla, adapta, administra, o usa técnicas de valoración psicológica, entrevistas, pruebas, cuestionarios, u otros instrumentos, y/o los califica, o interpreta, con fines clínicos, educativos, de selección de personal, organizacionales, forenses, de investigación, u otros, lo hace en forma y con propósitos apropiados a la luz de los datos de investigación o acerca de la utilidad y la aplicación apropiadas de las técnicas.
- Artículo 16. El psicólogo que desarrolla y conduce investigación con pruebas y otras técnicas de valoración utiliza procedimientos científicos y conocimiento profesional actualizados para su diseño, estandarización, validación, reducción o eliminación de sesgos y recomendaciones de uso.
Calidad de la enseñanza/supervisión e investigación
- Artículo 47. El psicólogo planea y conduce una investigación de manera consistente a las leyes federales y estatales como con las regulaciones y normas profesionales que gobiernan la conducción de la investigación.
- Artículo 48. El psicólogo diseña, conduce e informa sobre la investigación, de acuerdo con las normas reconocidas de competencia científica e investigación ética. El psicólogo también planea la investigación para minimizar la posibilidad de resultados engañosos. Cuida su aceptación ética de acuerdo con el código ético. Si algún aspecto ético no queda claro, el psicólogo busca resolverlo por medio de las consultas a las autoridades correspondientes.
- Artículo 49. El psicólogo que conduce una investigación lo hace de manera competente y con el respeto debido a la dignidad y bienestar de los participantes, sean éstos humanos o animales.
- Artículo 55. El psicólogo no inventa datos ni falsifica los resultados de sus investigaciones publicadas. Si el psicólogo descubre errores significativos en ellas, toma las medidas necesarias para arreglarlos por medio de una corrección, retracción, erratum, u otros medios de comunicación apropiados.
- Artículo 56. El psicólogo no presenta porciones o elementos del trabajo o datos de otros como suyos. Se hace responsable y se atribuye crédito, incluyendo los de autoría, sólo por el trabajo que haya llevado a cabo realmente o al que haya contribuido. Las contribuciones menores a la investigación o la escritura de publicaciones se reconocen apropiadamente, en sitios tales como pies de página o enunciados introductorios.
- Artículo 57. A un estudiante se le enlista usualmente como autor principal de un artículo con múltiples autores, si dicho artículo está basado principalmente en la tesis o disertación del estudiante, y su participación en la planeación del diseño y conducción del estudio fue sustancial.
- Artículo 58. El psicólogo no publica, como datos originales, aquellos que ya haya publicado anteriormente.
- Artículo 59. Después de publicar los resultados de una investigación, el psicólogo entrega los datos en los que se basen sus conclusiones para facilitar que otros profesionales competentes, verifiquen las afirmaciones sustantivas por medio de un reanálisis, en el entendido que tales datos se utilicen sólo para ese propósito y la confidencialidad de los participantes pueda protegerse.
- Artículo 60. Al realizar una investigación, el psicólogo se abstiene de sacar conclusiones que no se deriven directa, objetiva y claramente de los resultados obtenidos.
Confidencialidad de los resultados
- Artículo 65. Si un protocolo de investigación aprobado requiere de la inclusión de identificadores personales, estos se eliminarán antes de que la información se haga accesible a otros. Si esta eliminación no es posible, antes de hacer la transferencia, o de revisar datos recolectados por otros, el psicólogo toma las medidas razonables para obtener el debido consentimiento de las personas cuyos nombres aparecen.
- Artículo 68. En sus presentaciones científicas o profesionales y publicaciones, el psicólogo disfraza la información confidencial de personas u organizaciones de que tratan, de modo que otros no puedan identificarlas y que las discusiones resultantes no dañen a sujetos que pudiesen identificarse a sí mismos.
- Artículo 65. Si un protocolo de investigación aprobado requiere de la inclusión de identificadores personales, estos se eliminarán antes de que la información se haga accesible a otros. Si esta eliminación no es posible, antes de hacer la transferencia, o de revisar datos recolectados por otros, el psicólogo toma las medidas razonables para obtener el debido consentimiento de las personas cuyos nombres aparecen.
Principios básicos de la investigación ética
- Mantenimiento de la intimidad
- 1. Mantenerse en el anonimato.
- 2. Mantener la privacidad del cliente con su terapeuta (no grabar sesiones sin el consentimiento de ambas partes de la consulta).
- Coacción
- La clave aquí es no obligar a las personas a participar. Si no quieren participar, se les deberá ofrecer una forma alternativa de cumplir con los requisitos de sus cursos o su trabajo.
- Consentimiento informado
- No se trata de únicamente una invitación a participar (aunque también puede serlo), sino una descripción de lo que sucederá durante el curso de la investigación.
- Consentimiento informado en el caso de niños
- Ningún investigador cuerdo se abstendría de obtener primero la autorización de los padres o de alguno de ellos. Además, cuando se utilizan niños de edad escolar en investigaciones, las autoridades de educación podrían exigir que un comité de investigación de la escuela revise la propuse. Aunque, de nuevo, no se debe obligar al niño, por ningún motivo, a participar si no lo desea.
- Confidencialidad
- La mejor manera de mantener la confidencialidad es minimizar el número de personas que ven o manejan los datos.
- Protección contra daños
- Ante todo, se debe evitar que los sujetos sufran algún daño físico o psicológico. Si antes de comenzar hay alguna duda respecto a la posibilidad de un riesgo significativo (relativo a los beneficios), no se deberá aprobar el experimento.
- Compartir los resultados
- Una vez que usted finaliza su investigación y redacta el informe final, deberá estar dispuesto a compartir sus hallazgos con otros. Puesto que el conocimiento científico pertenece al dominio público.
- Comunicación
- La forma más fácil de informar a los participantes es hablar con ellos inmediatamente después de la sesión o enviar un boletín que explique a los participantes la intención general y los resultados del estudio pero omitiendo datos específicos, como nombres.
- Distribución de los beneficios
- Cuando un grupo se beneficia por la participación en un estudio, cualesquier otros grupos que hayan participado también deberán beneficiarse.
- Mantenimiento de la intimidad
Information
- Description
- Entrevista psicológica. Organizador gráfico.
- Created by
- Giselle Izarraras Ramirez
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