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CONVENIO DE CHICAGO

Mapa mental: Convenio de Chicago
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CONVENIO DE CHICAGO
se creo el 7 de diciembre de 1944
CAPITULO I: PRINCIPIOS GENERALES Y APLICACIÓN DEL CONVENIO
- Art. 1: Soberanía
- Art. 2: Territorio
- Art. 3: Aeronaves civiles y del Estado.
- Art. 4: Uso indebido de la aviación civil.
- Art. 3: Aeronaves civiles y del Estado.
- Art. 2: Territorio
- Art. 1: Soberanía
CAPITULO II: VUELO SOBRE TERRITORIO DE ESTADOS CONTRATANTES:
- Art. 5: Derecho de vuelo en servicios no regulares.
- Art. 6: Servicios aéreos regulares
- Art. 7: Cabotaje
- Art. 8: Aeronaves sin piloto.
- Art. 9: Zonas Prohibidas.
- Art. 10: Aterrizaje en Aeropuertos aduaneros
- Art. 11: Aplicación de las reglamentaciones relativas a la navegación aérea.
- Art. 12: Reglamento del Aire.
- Art. 13: Disposiciones de entrada y salida.
- Art. 14: Protección contra la propagación de enfermedades.
- Art. 15: Derechos de aeropuertos y otros similares.
- Art. 16: Visitas de registro de las aeronaves.
- Art. 15: Derechos de aeropuertos y otros similares.
- Art. 14: Protección contra la propagación de enfermedades.
- Art. 13: Disposiciones de entrada y salida.
- Art. 12: Reglamento del Aire.
- Art. 11: Aplicación de las reglamentaciones relativas a la navegación aérea.
- Art. 10: Aterrizaje en Aeropuertos aduaneros
- Art. 9: Zonas Prohibidas.
- Art. 8: Aeronaves sin piloto.
- Art. 7: Cabotaje
- Art. 6: Servicios aéreos regulares
- Art. 5: Derecho de vuelo en servicios no regulares.
CAPITULO III: NACIONALIDAD DE LAS AERONAVES.
- Art. 17: Nacionalidad de las aeronaves.
- Art. 18: Matricula única
- Art. 19: Legislación nacional sobre matriculas.
- Art. 20: Legislación nacional sobre matriculas.
- Art. 21: Notificación de matriculas.
- Art. 20: Legislación nacional sobre matriculas.
- Art. 19: Legislación nacional sobre matriculas.
- Art. 18: Matricula única
- Art. 17: Nacionalidad de las aeronaves.
CAPITULO IV: MEDIDAS PARA FACILITAR LA NAVEGACIÓN AÉREA.
- Art. 22: Simplificación de formalidades.
- Art. 23: Formalidades de aduana y de migración.
- Art. 24: Derecho de aduana.
- Art. 25: Aeronaves en peligro.
- Art. 26: Investigación de accidentes.
- Art. 27: Inembargabilidad por reclamaciones respecto de patentes.
- Art. 28: Instalaciones, servicios y sistemas uniformes para la navegación aérea.
- Art. 27: Inembargabilidad por reclamaciones respecto de patentes.
- Art. 26: Investigación de accidentes.
- Art. 25: Aeronaves en peligro.
- Art. 24: Derecho de aduana.
- Art. 23: Formalidades de aduana y de migración.
- Art. 22: Simplificación de formalidades.
CAPITULO V: CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE CON RESPECTO A LAS AERONAVES.
- Art. 29: Documentos que deben llevarse a bordo de la aeronave.
- Art. 30: Equipo de radio de las aeronaves.
- Art. 31: Certificados de aeronavegabilidad.
- Art. 32: Licencias al personal.
- Art. 33: Reconocimiento de certificados y licencias.
- Art. 34: Diario de a bordo.
- Art. 35: Restricciones sobre la carga.
- Art. 36: Máquinas fotográficas.
- Art. 35: Restricciones sobre la carga.
- Art. 34: Diario de a bordo.
- Art. 33: Reconocimiento de certificados y licencias.
- Art. 32: Licencias al personal.
- Art. 31: Certificados de aeronavegabilidad.
- Art. 30: Equipo de radio de las aeronaves.
- Art. 29: Documentos que deben llevarse a bordo de la aeronave.
CAPITULO VI: NORMAS Y METODOS RECOMENDADOS INTERNACIONALES.
- Art. 37: Adopción de normas y procedimientos internacionales.
- Art. 38: Desviaciones respecto de las normas y procedimientos internacionales.
- Art. 39: Anotación en los certificados y licencias.
- Art. 40: Validez de la certificación y licencias con anotaciones.
- Art. 41: Reconocimiento de las normas existentes de aeronavegabilidad.
- Art. 42: Reconocimiento de las normas existentes sobre competencia del personal.
- Art. 41: Reconocimiento de las normas existentes de aeronavegabilidad.
- Art. 40: Validez de la certificación y licencias con anotaciones.
- Art. 39: Anotación en los certificados y licencias.
- Art. 38: Desviaciones respecto de las normas y procedimientos internacionales.
- Art. 37: Adopción de normas y procedimientos internacionales.
CAPITULO VII: LA ORGANIZACIÓN
- Art. 43: Nombre y composición.
- Art. 44: Fines.
- Art. 45: Sede permanente.
- Art. 46: Primera reunión de la asamblea.
- Art. 47: Capacidad jurídica.
- Art. 46: Primera reunión de la asamblea.
- Art. 45: Sede permanente.
- Art. 44: Fines.
- Art. 43: Nombre y composición.
CAPITULO VIII: LA ASAMBLEA
- Art. 48: Reunirse de la asamblea y votación
- Art. 49: Atribuciones de las asambleas.
- Art. 48: Reunirse de la asamblea y votación
CAPITULO IX: EL CONSEJO
- Art. 50: Composición y elección del consejo
- Art. 51: Presidente del Consejo
- Art. 52: Votación en el consejo
- Art. 53: Participación sin derecho a voto.
- Art. 54: Funciones obligatorias del consejo.
- Art. 55: Fundaciones discrecionales del consejo.
- Art. 54: Funciones obligatorias del consejo.
- Art. 53: Participación sin derecho a voto.
- Art. 52: Votación en el consejo
- Art. 51: Presidente del Consejo
- Art. 50: Composición y elección del consejo
CAPITULO X: LA COMISION DE AERONAVEGACIÓN
- Art. 56: Candidaturas y nombramientos en la comisión.
- Art. 57: Funciones de la comisión de aeronavegación.
- Art. 58: Nombramiento del personal.
- Art. 59: Caracter internacional del personal.
- Art. 60: Inmunidades y privilegios del personal.
- Art. 59: Caracter internacional del personal.
- Art. 58: Nombramiento del personal.
- Art. 57: Funciones de la comisión de aeronavegación.
- Art. 56: Candidaturas y nombramientos en la comisión.
CAPITULO XII FINANZAS
- Art. 61: Presupuesto y distribución de gastos.
- Art. 62: Suspensión del derecho de voto.
- Art. 63: Gastos de las delegaciones y otros representantes.
- Art. 62: Suspensión del derecho de voto.
- Art. 61: Presupuesto y distribución de gastos.
CAPITULO XIII: OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES.
- Art. 64: Acuerdos sobre seguridad.
- Art. 65: Acuerdos con otros organismos internacionales.
- Art. 66: Funciones relacionadas con otros conventos.
- Art. 65: Acuerdos con otros organismos internacionales.
- Art. 64: Acuerdos sobre seguridad.
CAPITULO XIV: DATOS E INFORMES:
- Art. 67: Transmisiones de informes al consejo
CAPITULO XV: AEROPUERTOS Y OTRAS INSTALACIONES Y SERVICIOS PARA LA NAVEGACIÓN AÉREA.
- Art. 68: Designación de rutas de aeropuertos.
- Art. 69: Mejora de las instalaciones y servicios para la navegación aérea.
- Art. 70: Financiamientos de las instalaciones y servicios para la navegación aérea.
- Art. 71: Provisión y mantenimiento de instalaciones y servicios por el consejo.
- Art. 72: Adquisición o uso de terrenos.
- Art. 73: Gastos y prorrateo de fondos.
- Art. 74: Ayuda tecnica y destino de los ingresos
- Art. 75: Adquisición de las instalaciones y servicios provistos por el consejo.
- Art. 76: Restituciones de fondos.
- Art. 75: Adquisición de las instalaciones y servicios provistos por el consejo.
- Art. 74: Ayuda tecnica y destino de los ingresos
- Art. 73: Gastos y prorrateo de fondos.
- Art. 72: Adquisición o uso de terrenos.
- Art. 71: Provisión y mantenimiento de instalaciones y servicios por el consejo.
- Art. 70: Financiamientos de las instalaciones y servicios para la navegación aérea.
- Art. 69: Mejora de las instalaciones y servicios para la navegación aérea.
- Art. 68: Designación de rutas de aeropuertos.
CAPITULO XVI: ORGANIZACIONES DE EXPLOTACIÓN CONJUNTA Y SERVICIOS EN CONSORCIO.
- Art. 77: Organizaciones autorizadas de explotación conjunta.
- Art. 78: Función del consejo
- Art. 79: Participación en las empresas conjuntas.
- Art. 78: Función del consejo
- Art. 77: Organizaciones autorizadas de explotación conjunta.
CAPITULO XVII: OTROS CONVENIOS Y ACUERDOS AERONAUTICOS.
- Art. 80: Convenciones de parís y de la habana
- Art. 81: Registro de acuerdos existentes.
- Art. 82: Derogaciones de los acuerdos incompatibles con las disposiciones del presente convenio.
- Art. 83: Registro de nuevos.
- Art. 82: Derogaciones de los acuerdos incompatibles con las disposiciones del presente convenio.
- Art. 81: Registro de acuerdos existentes.
- Art. 80: Convenciones de parís y de la habana
CAPITULO XVIII: CONTROVERSIAS E INCUMPLIMIENTOS.
- Art. 84: Solución de controversias.
- Art. 85: Procedimientos de arbitraje.
- Art. 86: Apelaciones.
- Art. 87: Sanciones a las empresas de transporte aéreo por incumplimiento
- Art. 88: Sanciones a los Estados por incumplimiento.
- Art. 87: Sanciones a las empresas de transporte aéreo por incumplimiento
- Art. 86: Apelaciones.
- Art. 85: Procedimientos de arbitraje.
- Art. 84: Solución de controversias.
CAPITULO XIX: GUERRA.
- Art. 89: Estado de guerra y Estado de emergencia.
CAPITULO XX: ANEXOS.
- Art. 90: Adopción y enmiendas de los anexos.
CAPITULO XXI: SATISFACCIONES, ADHESIONES; ENMIENDAS Y DENUNCIAS.
- Art. 91: Ratificación del convenio.
- Art. 92: Adhesión al convenio.
- Art. 93: Admisión de otros Estados.
- Art. 94: Enmiendas al convenio.
- Art. 95: Denuncias del convenio.
- Art. 96: A fines del presente convenio se entiende por.
- Art. 95: Denuncias del convenio.
- Art. 94: Enmiendas al convenio.
- Art. 93: Admisión de otros Estados.
- Art. 92: Adhesión al convenio.
- Art. 91: Ratificación del convenio.