SANCIONES QUE SE APLICAN A LOS CONTADARES

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SANCIONES QUE SE APLICAN A LOS CONTADARES
  1. ART. 23 DE LAS SANCIONES
    1. La Junta Central de Contadores podrá imponer las siguientes sanciones
      1. Amonestaciones en el caso de fallas leves
        1. Multas sucesivas hasta de 5 salarios mínimos cada una
          1. suspensión de la inscripción
            1. cancelación de la inscripción
          2. ART 24 DE LAS MULTAS
            1. Se aplicará esta sanción cuando la falta no conllevare la comisión de delito o de violación grave de la etica profesional
              1. El monto de las multas será proporcional a la gravedad de las faltas cometidas
                1. dichas multas se decretarán a favor del tesorero nacional
              2. ART. 28 DEL PROCESO
                1. el proceso sancionador se tramitara así
                  1. las investigaciones correspondientes se iniciarán de oficio o previa denuncia escrita por la parte interesada que deberá ratificarse bajo juramento
                    1. dentro de los diez días siguientes correrá el pliego de cargos, cumplidas las diligencias previas y allegadas las pruebas pertinentes a juicio de la junta central de contadores
                      1. recibido el pliego, el querellado dispondrá de 20 días para contestar los cargos y para solicitar las pruebas, las cuales se practicarán los 30 días siguientes; y
                        1. cumplido lo anterior se proferirá la correspondiente resolución por la Junta Central de Contadores
                  2. ART. 26. DE LA CANCELACIÓN
                    1. son causales de cancelación de la inscripción de un contador público
                      1. haber sido condenado por delito contra la fe pública, contra la propiedad, la economía nacional o la administración de justicia, por razón del ejercicio de la profesión
                        1. haber ejercido la profesión durante el tiempo de suspensión de la inscripción
                          1. ser reincidente por tercera vez en sanciones de suspensión por razón del ejercicio de la contaduría pública
                            1. haber obtenido la inscripción con base en documentos falsos, apócrifos o adulterados
                              1. la sanción de cancelación al contador público podrá ser levantada a los 10 años o antes, si la justicia penal rehabilitare al condenado
                              2. se podrá cancelar el permiso de funcionamiento de las sociedades de contadores públicos en los siguientes casos
                                1. cuando por grave negligencia o dolo de la firma, sus socios o dependientes de la compañía, actuaren a nombre de la sociedad de contadores públicos y desarrollen actividades contrarias a la ley o a la ética profesional
                                  1. cuando la sociedad de contadores públicos desarrollen su objeto sin cumplir los requisitos establecidos en esta misma ley
                                2. ART.25 DE LA SUSPENSIÓN
                                  1. Son causales de suspensión de la inscripción de un contador público, hasta el termino de (1) año
                                    1. la enajenación mental, embriaguez habitual u otro vicio o incapacidad grave judicialmente declarada
                                      1. la violación de las normas de la ética profesional
                                        1. quebrantar las normas de auditoría generalmente aceptadas
                                          1. incurrir en la violación de reserva comercial de los libros, papeles e informaciones que hubiere conocido en el ejercicio de la profesión
                                            1. reincidir por tercera vez en causales que den lugar a imposiciones de multas
                                              1. las demás que establezcan las leyes
                                            2. ART.27.
                                              1. a partir de la vigencia de la presente ley, únicamente la junta central de contadores podrá imponer sanciones disciplinarias a los contadores públicos
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