LAS RELACIONES DEL CONTADOR PÚBLICO CON LA SOCIEDAD Y EL ESTADO
ART.68.
Constituye falta contra la
ética sin perjuicio de las
sanciones administrativas,
civiles o penales a que haya
lugar, la presentación de
documentos alterados o el
empleo de recursos irregulares
para el registro de títulos o
para la inscripción de
contadores públicos
ART. 69.
El certificado, opinión o
dictamen expedido por un
contador público deberá ser
claro
preciso
ceñido a la realidad
ART.70.
para garantizar la confianza pública
los contadores deberán cumplir
estrictamente las disposiciones
legales y profesionales y proceder
en todo tiempo en forma veraz,
digna, leal y de buena fe, evitando
actos simulados, así como prestar
su concurso a operaciones
fraudulentas o de cualquier otro tipo
que tiendan a ocultar la realidad
financiera de sus clientes
ART.71.
El contador público no
permitirá la utilización de
su nombre para encubrir a
personas que ilegalmente
ejerzan la profesión
ART.72. DE LOS DERECHOS
ADQUIRIDOS
se respetaran las situaciones jurídicas
concretas y los derechos adquiridos por los
contadores públicos inscritos ante la JCC y por
las sociedades que hayan obtenido la
conformidad o autorización para el ejercicio de
las actividades propias de la contaduría pública
antes de la vigencia de la presente ley
ART.73
El Gobierno Nacional procederá
a dictar las normas a que haya
lugar, con el único fin de evitar
el desequilibrio entre el número
de profesionales de la
Contaduría Pública y la
demanda de tales profesionales
dentro de los parámetros
establecidos en la presente ley
ART.74
para propósito de
esta ley, cuando
se haga referencia
a salario mínimo,
se entenderá que
es el salario
mínimo mensual
ART.75 DE LA VIGENCIA:
Esta ley rige desde su
promulgación y deroga
todas las disposiciones
que le sean contrarias
DECRETOS
REGLAMENTARIOS
Decreto 1462 de 1961 por el cual se
reglamentó la ley 145 de 1960, sobre el
ejercicio de la profesión de contador público
En 1961 se expidió el decreto 1651, en el que se determinaron
normas y procedimientos requeridos para ejercer la profesión,
llevar contabilidades, autorizar estados financieros y elaborar
declaraciones de renta. Actualmente, la contaduría pública
como carrera profesional se ofrece en muchas universidades
del país, tanto públicas como privadas
Decreto 2649 de 1993 por el cual se reglamenta la
Contabilidad General y se expiden los principios o normas
de contabilidad generalmente aceptados en Colombia