CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS Artículo 33. Clasificación. Las faltas disciplinarias se clasifican, en:

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CLASIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS Artículo 33. Clasificación. Las faltas disciplinarias se clasifican, en:
  1. Artículo 34. Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:
    1. Privar ilegalmente de la libertad a una persona o demorar injustificadamente la conducción de la misma ante la autoridad competente.
      1. Permitir o dar lugar a la fuga de persona capturada, retenida, detenida o condenada
        1. Solicitar o recibir directa o indirectamente dádivas o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero
          1. Realizar, promover o permitir actividades tendientes a paralizar total o parcialmente la prestación del servicio que corresponde a la Institución
            1. Utilizar el cargo o función para favorecer campañas o participar en las actividades o controversias de los partidos y movimientos políticos; así como, inducir o presionar a particulares o subalternos a respaldar tales actividades o movimientos.
              1. Utilizar el cargo o función para fomentar o ejecutar actos tendientes a la formación o permanencia de grupos al margen de la ley; promoverlos, auspiciarlos, financiarlos, organizarlos, instruirlos, dirigirlos o hacer parte de ellos
                1. Incrementar injustificadamente el patrimonio, directa o indirectamente en beneficio propio o de un tercero, permitir o tolerar que otro lo haga.
                  1. Causar daño a su integridad personal, permitir que otro lo haga, realizarlo a un tercero, o fingir dolencia para obtener el reconocimiento de una pensión o prestación social
                    1. Causar daño a la integridad de las personas o de los bienes, como consecuencia del exceso en el uso de las armas, de la fuerza o de los demás medios coercitivos.
                      1. Manipular imprudentemente las armas de fuego o utilizarlas en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias que produzcan dependencia física o síquica.
                        1. Dejar de asistir al servicio o ausentarse durante un término superior a tres días, en forma continua sin justificación alguna
                          1. Omitir su presentación dentro del término de la distancia cuando ocurran alteraciones graves de orden público en cuyo restablecimiento deba participar de acuerdo con órdenes, planes o convocatorias.
                          2. Artículo 36. Faltas leves. Son faltas leves las siguientes:
                            1. Usar indebida o irreglamentariamente el uniforme, descuidar su correcta presentación, o utilizar distintivos o condecoraciones no autorizadas, ni otorgadas legalmente, en forma reiterada
                              1. Incumplir los deberes como evaluador o revisor del desempeño del personal bajo su mando, de acuerdo con las normas que regulen la materia
                                1. Asumir actitudes displicentes ante una orden, una instrucción, un llamado de atención o una sanción
                                  1. Realizar, permitir o tolerar la murmuración o crítica malintencionada contra cualquier servidor público
                                    1. Incumplir las normas de cortesía policial en forma reiterada
                                      1. Presentarse reiteradamente al servicio con retardo
                                        1. Permitir el ingreso o presencia de personas no autorizadas en áreas restringidas
                                          1. Ejecutar actos violentos contra animales
                                            1. Abstenerse de tramitar oportunamente la documentación, cuando le corresponda
                                              1. Intervenir en juegos de suerte y azar prohibidos por las normas y reglamentos o concurrir uniformado a lugares donde se realicen estos
                                                1. Tratar a los superiores, subalternos, compañeros o al público en forma descortés e impropia, o emplear vocabulario soez
                                                  1. Mantener desactualizados los folios de vida y demás documentos que tienen que ver con el manejo y administración de personal
                            2. Artículo 35. Faltas graves. Son faltas graves:
                              1. Agredir o someter a malos tratos al público, superiores, subalternos o compañeros
                                1. Proferir en público expresiones injuriosas o calumniosas contra la Institución, servidor público o particular
                                  1. Irrespetar a los miembros de otros cuerpos armados nacionales o extranjeros
                                    1. Presentarse al servicio bajo los efectos de bebidas embriagantes o cualquier otra sustancia que produzca dependencia física o psíquica
                                      1. Impedir el cumplimiento de deberes funcionales o imponer labores ajenas al servicio
                                        1. Emplear para actividades del servicio personas ajenas a la Institución, sin la autorización debida
                                          1. Aceptar sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o recompensas provenientes de organismos internacionales o gobiernos extranjeros o celebrar convenios o contratos con éstos sin la debida autorización
                                            1. Emplear para actividades del servicio personas ajenas a la Institución, sin la autorización debida.
                                              1. Asignar al personal con alguna limitación física o síquica prescrita por autoridad médica institucional competente, servicios que no estén en condiciones de prestar
                                                1. Incumplir, modificar, desautorizar, eludir, ejecutar con negligencia o tardanza, o introducir cambios, sin causa justificada, a las órdenes o instrucciones relativas al servicio
                                                  1. Respecto de los bienes y equipos de la Policía Nacional, o de otros puestos bajo su responsabilidadIncurrir en negligencia o actuar con impericia o imprudencia en su manejo, conservación o control
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