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TEMA 1: CE de 1978

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TEMA 1: CE de 1978
Fechas principales
- Aprobada por las Cortes: 31.Oct. 1978
- Ratificada en Referendum: 6.Dic.1978
- Sancionada: 27.Dic.1978
- Reformas
- Art.13.2: 27.Ag.1992
- Art.135: 27.Sep.2011
- Fecha de publicación BOE: 29.Dic.1978
Estructura
- 169 ART
- 1.Preámbulo
- 1 Título preliminal
- 10 Títulos
- 4 Disposiciones adicionales
- 9 Disposiciones transitorias
- 1 Disposición derogatoria
- 1 Disposición adicional
Parte Dogmática
- Preámbulo
- Exposición de motivos
- Título Preliminar
- Ppios Gº en que se basa la CE. 1-9 ART.
- art.1. Soberanía nacional/ Estado SDD/Monarq.Parlamentaria
- art.2. Unidad de la Nación/ Dcho Autonomía
- art.3. Castellano y d+ lenguas españolas
- art.4. Bandera española y de las CCAA
- art. 5. Madrid Capital
- art. 6. Partidos politicos, pluralismo
- art.7. Sindicatos
- art.8. Fuerzas armadas: Tierra, la armada y aire regulado por LO
- art.9. Respeto a la ley. libertad e igualdad y garantías jcas
- Ppios Gº en que se basa la CE. 1-9 ART.
- Título I: Dchos y deberes fundamentales. 46 ART
- art.10. Dchos de la persona conforma a la declaración de DDHH y los tratados y acuerdos internacionales.Fundamento de orden politicoy paz social
- Capitulo 1: De los españoles y extranjeros (ART 11-13)
- art.11. Nacionalidad
- art. 12. Mayoría edad: 18 años
- art. 13. Dchos de los extranjeros/Extradición/ Dcho asilo
- Capítulo 2: Dchos y libertades (ART 14-38)
- art.14. Igualdad Jca (nacimiento, sexo raza opinión, etc)
- Sección 1: Dchos fundamentales y libertades públicas (ART 15-29)
- art.15. Dcho a vida, integridad física y moral
- art. 16. Libertad ideológica religiosa y de culto
- art.17. Libertad personal y a la seguridad.
- art.18. Intimidad personal, honor y ppia imagen, inviolabilidad del domicilio, secreto comunicaciones
- art.19. Libertad de residencia y circulación
- art.20. Libertad de expresión
- art.21. Reunión pacífica y sin armas
- art.22. Asociación.
- art.23. Participación política
- art. 24. Protección judicial de los dchos
- art.25. Ppio de legalidad penal
- art26. Prohibición de los Tribunales de honor
- art.27. Libertad de enseñanza y dcho a la educación
- art.28. Libertad desindicación y huelga
- art. 29. Dcho de petición
- Sección: Dchos y deberes de los ciudadanos (ART 30-38)
- art.30. Servicio militar. Derecho y deber de defender a españa
- art. 31. Sistema tributario ( gasto público = capacidad económica
- art. 32. Matrimonio, igualdad jca entre hombre y mujer
- art.33. Dcho de ppiedad y herencia
- art. 34. Dcho de fundación
- art. 35. Dcho y deber de trabajo
- art. 36. Colegios profesionales democráticos
- art. 37.Conveniosy conflictos laborales (negociación colectiva)
- art. 38. Libertad de empresa. Economía de mercado.
- Capítulo 3: Ppios rectores de la política social y económica (ART 39-52)
- art. 39. Protección social, económica y jca de la familia, incluye infancia
- art. 40. Redistribución de la renta, pleno empleo, formación profesional, jornada y descanso laboral
- art. 41. Seguridad social para todos los ciudadanos
- art. 42. Emigrantes, salvaguardar dchos y politica de retorno.
- art. 43. Salud publica, educación sanitaria, física y deporte.
- art. 44. Acceso a la cultura.
- art. 45. Medio ambiente y calidad de vida
- art. 46. Conservación del patrimonio artístico
- art.47. Dcho a una vivienda digna, regulación de utilización del suelo
- art. 48. Participación de la juventud en el desarrollo politico, social, económico y cultural.
- art. 49. Atención a los disminuidos físicos
- art. 50. Tercera edad (pensiones)
- art.51. Defensa de los consumidores.
- art. 52. Organizaciones profesionales democráticas
- Capítulo 4: Las garantías de las libertades y derechos fundamentales (ART 53-54)
- art, 53. Tutela de las libertades y derechos Recurso de amparo (ppios de preferencia y sumariedad) ante TC
- art. 54. El defensor del pueblo designado por las Cortes para defender este título.
- Capítulo 5: Suspensión de Derechos y Libertades (ART 55)
- Suspensión Gº
- Estado de Excepción (catastrofes, riesgos, calamidad publica, crisis sanitarias)
- Declaración: Gobierno previa autorización del Congreso
- Duración: No mas de 30 días prorrogables por otro plazo igual
- Estado de sitio (guerras)
- Declaración: El Congreso por mayoria abs y apropuesta del Gobierno.
- Duración: La señalada por el Congreso en cada caso
- Derechos afectados: libertad y seguridad (estado de sitio), inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones, libertadde circulación, libertad de expresión, reunión y manifestación, huelga y negociación colectiva
- Estado de Excepción (catastrofes, riesgos, calamidad publica, crisis sanitarias)
- Suspensión individual( bandas armadas y terroristas)
- Dchos afectados: inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y duración máxima de la detención preventiva
- Limitaciones de derechos
- Estado de alarma
- Declaración: Gobierno dando cuenta al Congreso
- Duración: 15 días prorrogables con autorización del Congreso
- Derechos afectados: Ninguno, soloalgunas limitaciones que no suponen suspensión
- Estado de alarma
- Suspensión Gº
- Preámbulo
Parte Orgánica
- Título II: La Corona. 10 ART (56-65)
- REY: Don Felipe VI rey de España 19.Jun.2014
- CORONA
- Hereditaria en los sucesores de S.M
- Parlamentaria, forma política parlamentaria ART. 56.1
- jefe de Estado ART. 56.1
- Representante en las relaciones internacionales
- Inviolable y no sujeta a responsabilidad, acciones siempre están refrendadas
- ATRIBUCIONES
- Honorificas
- La justicia se administra en nombre del Rey
- Ejerce el mando de las Fuerzas Armadas
- Ejerce el dcho de gracia
- Ostenta el patronazgo de las Reales Academias
- Nombra al presidente del TS, fiscal gº del estado, 12 miembros del TC
- Políticas
- Convoca elecciones entre 30-60 dias posteriores
- Convoca y disuelve Cortes
- Sanciona y promulga leyes
- Convoca referendum cuando lo solicite el Presidente del Gobierno, autorizado por el Congreso
- En relación con el Gob.
- Designa y destituye al Presidente del Gobierno
- Nombra y separa a los Ministros a propuesta de su presidente
- Preside las sesiones del Consejo de Ministros con fin informativo y expide sus RD
- Política exterior
- Declara y firma la paz
- Acredita y recibe a los representantes extranjeros
- Expide cartas credenciales
- Honorificas
- SUPUESTOS CON LA SUCESIÓN, REGENCIA Y TUTELA
- Fallecimiento del Rey
- Principe mayor de edad
- Proclamado Rey ante las Cortes y presta juramento
- Principe menor de edad
- Regente (por mandato constitucional y en nombre del Rey)
- Requisitos: español, mayor de edad
- Preferencia: 1 Padre o madre/ 2 Pariente mayor de edad + prox a suceder/ 3 Designación por las Cortes 1.Mar.2005
- Tutor (inconpatible con todo cargo o representación política)
- Testamentaria: español de nacimiento y mayor de edad
- Padre o madre: viudos
- Designación por las Cortes: pueden acumularse los cargos de Regente y Tutor siempre si es madre, padre o ascendientes directos del Rey
- Regente (por mandato constitucional y en nombre del Rey)
- No hay príncipe heredero pero si persona con derecho a suceder
- Mayor de edad: proclamación y juramento
- Menor de edad: regencia y tutela
- No hay persona con derecho a sucecer
- Las Cortes proveerán a la sucesión en la forma que más convenga a España
- Principe mayor de edad
- Inhabilitación del Rey reconocida por las Cortes
- Principe mayor de edad: asume regencia inmediatamante
- Príncipe menor de edad: asume la regencia la persona prevista hasta que el principe alcance la mayoría.
- Abdicación o renuncia
- Se regulan por LO
- Fallecimiento del Rey
- Título III: Cortes Generales. 31 ART (66-96)
- Capítulo 1: Las Cámaras 15 ART (66-80)
- Características
- Representan al pueblo español
- Formado por el Congreso y el Senado
- No ligados por mandato imperativo
- Reuniones sin convocatoria parlamentaria
- No ejercen funciones ni ostentan privilegios
- Funciones
- Ejercen potestad legislativa
- Aprueban presupuestos
- Controlan la acción del Gobierno
- Otras competencias según CE
- Incompatibilidades
- Nadie miembro de las dos cámaras a la vez
- No acumulan acta de una asamblea de CA con las de Diputado del Congreso
- Composición
- Congreso: Mín 300,máx 400
- Elección: suf universal, electores españoles mayor de edad, criterio de representación proporcional, fecha: 30-60 dias terminación de mandato
- Circunscripción: Provincia, Ceuta 1, Melilla 1 diputado
- Duración: 4 años
- Atribuciones: representar al pueblo español, ejercer potestad legislativa, aprobar presupuestos del Estado, controlar la acción del gob
- Senado: Total 259
- Circunscripción: Provincia 208, CCAA 51
- Duración: 4 años
- Atribuciones: representar al pueblo español, ejercer potestad legislativa, aprobar presupuestos del Estado, controlar la acción del gob
- Elección: suf universal, electores españoles mayor de edad, critero de representación mayoritario, fecha 30-60 dias terminación del mandato
- Congreso: Mín 300,máx 400
- Establecen sus reglamentos, aprueban automáticamente sus presupuestos y regulan de común acuerdo el estatuto personal de las Cortes
- Sesión conjunta
- Presidida por el Presidente del Congreso, regidas por el Reglamento Cortes gº (aprobado por mayoría delas cámaras)
- Sesiones ordinarias: anualmente
- 1º periodo: sep-dic/ 2º periodo: feb-jun
- Sesión extraordinaria: a petición del gobierno, diputación permanente, may abs de cualquiera de las Cámaras--> orden del día determinado, clausuradas una vez haya terminado
- Adopción de acuerdos
- Mayoría absoluta: voto favorable de la mitad +1 de la totalidad de las personas, miembros presentes o no
- Mayoria simple: mas votos a favor que en contra de las personas presentes en una sesión.
- Mayoría especial o cualificada: voto favorable de 2/3, 3/5 de la totalidad de los miembros estén presentes o no
- Características
- Capítulo 2: Elaboración de las leyes 12 ART (81-92)
- Jerarqúía normativa
- Leyes de delegación
- Leyes de bases
- Delimitan con precisión: Objeto + Alcance/ Ppios + Criterios
- No autorizan modificaciones de la ley bases ni facultan para formar normas de carácter retroactivo
- Delegación legislativa
- formación de textos articulados
- Ley ordinaria
- Delimitará el ámbito normativo
- Formación de textos refundidos
- Texto único, regularizar, aclarar
- Formación de textos refundidos
- Delimitará el ámbito normativo
- Decreto legislativo
- Cortes Gº y Gobierno
- Delegan en Gob la potestad de dictar normas con rango de ley (no materias de la LO)
- ¿Como?
- De forma expresa, para materia concreta, fijación plazo (no tiempo indeterminado), delegación agotada mediante publicación de norma, no subdelegación
- ¿Como?
- Delegan en Gob la potestad de dictar normas con rango de ley (no materias de la LO)
- Cortes Gº y Gobierno
- Leyes de bases
- Decretos- Ley
- Extraordinaria y urgente necesidad
- Gobierno dicta disposición legislativa provisional= DL
- No afecta
- Instituciones básicas del Estado
- Dchos, deberes y libertades ( Capítulo 2, títuloI)
- Régimen CCAA (Estatutos)
- Dcho electoral Gº
- Promulgación
- inmediata
- Congreso--> Debate mas votación totalidad
- Derogación / convalidación
- Procedimiento especial y sumario
- Derogación / convalidación
- 30 días desde la promulgación
- para pronunciarse, para convocar Congreso, tramitar como proyecto de ley
- Extraordinaria y urgente necesidad
- Capítulo 3: Los tratados internacionales 4 ART (93-96)
- Distintos casos a ocurrir
- Cesión de facultades contitucionales
- Cortes Gº autorizan mediente LO (may abs Congreso)
- Garantía del cumplimiento corresponde a Gob o Cortes
- Tratados politicos, convenios militares, convenios de integridad territorial (titulo I), convenio obligaciones financieras, hacienda, convenio que modifica o deroga la ley, denuncia de tratado
- Contrario CE
- Revisión reforma CE
- Gobierno y camaras requieren al TC que declare si existe o no contradicción
- Resto
- El Gob informa inmediatamente a las Cámaras
- Cesión de facultades contitucionales
- Distintos casos a ocurrir
- Capítulo 1: Las Cámaras 15 ART (66-80)
- Título X: La Reforma Contitucional. 4 ART (166-169)
- Aprobada por mayoria de 3/5 Camaras, si no hubiera acuerdo comisión de composición paritaria de diputados y senadores, si no si el Senado tiene may abs el Congreso puede aprobarla por may 2/5
- Reformas esenciales que afecten al título preliminar, al capítulo 2 del título I o al título 2, se procederá a la aprobación por may de 2/3 o disolucionde Cortes
- No podrá realizarse reforma CE en tiempo de guerra
- Título II: La Corona. 10 ART (56-65)
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- C1 Justicia Mind Map on TEMA 1: CE de 1978, created by Sheila Garcia Sánchez on 21/04/2017.
- Created by
- Sheila Garcia Sánchez
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