TEMA 2*: LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES: LEY ORGÁNICA 3/2007, 22 DE MARZO

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TEMA 2*: LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES: LEY ORGÁNICA 3/2007, 22 DE MARZO
  1. Hombres y mujeres son iguales en dignidad humana, en dchos y deberes.
    1. 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
      1. ART 1. OBJETO: Hacer efectivo el dcho de igualdad de trato de oportunidades entre myh, eliminación de la discriminación de la mujer
        1. ART 2.ÁMBITO: Toda persona física o jca que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que sea su nacionalidad (ppio de igualdad de trato y prohibición de discriminación por razón de sexo)
        2. 2. EL PPIO DE IGUALDAD Y LA TUTELA CONRA LA DISCRIMINACIÓN
          1. ART 3. El ppio de igualdad de trato entre myh, supone la ausencia de discriminación directa o indirecta, especialmente las derivadas de la maternidad, la asuncion de obligaciones familiares y el estado civil
            1. ART 4. Integración del ppio de igualdad (ppio informador del ord. jco)
              1. ART 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, formación y promoción profesionales y condiciones de trabajo
                1. ART 6. Discriminación directa (1 persona se encuentra en situación menos favorable que otra en la misma situación por razón de sexo) indirecta (personas de 1 sexo en desventaja con respecto a las personas de otro sexo)
                  1. ART 7. Acoso sexual (cualquier comportamiento verbal o fisico que atente contra la dignidad de la persona)
                    1. ART 8. Discriminación por embarazo o maternidad
                      1. ART 9. Indemnidad frente a las repesalias (tambien se considera discriminación por razón de sexo el efecto negativo ante una denuncia con el fín de impedir una discriminacion o exigir el cumplimiento del ppio de igualdada de trato entre hym
                        1. ART 10. Consecuencias jcas de las conductas discriminatorias (sistema de reparaciones o indemnizaciones proporcionadas al perjuicio sufrido)
                          1. ART 11. Acciones positivas (medidasa favor de las mujeres para corregir la desigualdad)
                            1. ART 12. Tutela judicial efectiva del dcho a la igualdad entre myh (art 53.2 CE)
                              1. ART 13. Prueba (corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación) el órgano jcial podrá recabar dictamen de los organismos públicos, esto no será de aplicación a los procesos penales
                              2. 3. POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA IGUALDAD
                                1. A) PRINCIPIOS Gº
                                  1. ART 14. CRITERIOS Gº DE ACTUACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS
                                    1. Compromiso con la efectrividad del dcho constitucional de igualdad entre hym
                                      1. Integración del ppio de igualdad de trato
                                        1. Colaboración y cooperación entre distintas Ad. Públicas
                                          1. Participación equilibrada de hym
                                            1. Medidas para erradicar la violencia de gº
                                              1. Considerar dificultades de mujeres de especial vulnerabilidad (migrantes, niñas, con discapacidad, mayores viudas, víctimas de violencia de gº
                                                1. Protección de maternidad
                                                  1. Medidas que aseguren la conciliación del trabajo
                                                    1. Fomento de efectividad del ppio de igualdad entre myh en las relaciones entre particulares
                                                      1. Implantación de lenguaje no sexista en el ámbito admtvo
                                                      2. ART 15. Ppio de igualdad de trato y oportunidades entre myh en los Poderes públicos
                                                        1. ART 16. Nombramientos equilibrados por los poderes públicos de myh
                                                          1. ART 17. Plan estratégico de igualdad de oportunidades aprobado periodicamente
                                                            1. ART 18. Informe periodico sobre actuaciones para la efectividad del ppio de igualdad
                                                              1. ART 19. Informes de impacto de género
                                                                1. ART 20. Adecuación de las estadísticas y estudios,
                                                                  1. ART 21. Colaboración entre las Admon Públicas para integrar el dcho de igualdad
                                                                    1. ART 22. Acciones de planificación equitativa de los tiempos entre myh
                                                                    2. B) ACCIÓN ADMTVA PARA LA IGUALDAD.
                                                                      1. ART 23. El sistema educativo incluirá la educación en el respeto de los derechos y libertades y la igualdad entre hym
                                                                        1. ART 24. Integración del ppio de igualdad en la política de la educación de las Adm educativas
                                                                          1. ART 25. La igualdad en el ámbito de la educación superior (postgrados, estudios e investigaciones)
                                                                            1. ART 26. La igualdad en el ámbito de la creación y producción artística e intelectual
                                                                              1. ART 27.Integración del ppio de igualdad en la política de salud
                                                                                1. ART 28. Todos los programas públicos de la Sociedad de información
                                                                                  1. ART 29. Todos los programs públicos de desarrollo del deporte
                                                                                    1. ART 30. El Ministerio de Agricultura, pesca y alimentación y el ministerio de trabajo y asuntos sociales desarrollará la figura jurídica donde se reconozca los dchos de las mujeres en el sector agrario.
                                                                                      1. ART 31. Políticas urbanas, de ordenación territorial y vivienda
                                                                                        1. ART 32. Política española de cooperación para el desarrollo
                                                                                          1. ART 33. Contratos de las Adm. Públicas
                                                                                            1. ART 34. Contratos de la Administración gº del Estado
                                                                                              1. ART 35. Subvenciones públicas
                                                                                              2. C) IGUALDAD Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
                                                                                                1. ART 36. La igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública
                                                                                                  1. ART 37. Corporación RTVE de las mujeres a los puestos
                                                                                                    1. ART 38. Agencia EFE velará por el respeto del ppio de igualdad entre myh, en especial por el lenguaje no sexista
                                                                                                      1. ART 39. La igualdad en los medios de comunicación social de titularidad privada
                                                                                                        1. ART 40. Autoridad audiovisual
                                                                                                          1. ART 41. Igualdad y publicidad no discriminatoria
                                                                                                        2. 3. LA IGUALDAD EN LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS
                                                                                                          1. ART 73. Acciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad (medidas económicas, comerciales, sociales, laborales, asistenciales...)
                                                                                                            1. ART 74. Publicidad de las acciones de responsabilidad social en materia de igualdad
                                                                                                              1. ART 75. Participación de las mujeres en los Consejos de admon de las sociedades mercantiles
                                                                                                              Show full summary Hide full summary

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                                                                                                              EDUCAR EN LA CORRESPONSABILIDAD
                                                                                                              María José Domínguez
                                                                                                              Derechos humanos y discriminación
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