EPILEPSIA

Description

Mind Map on EPILEPSIA, created by ELVIRA RAMIREZ NARANJO on 16/05/2018.
ELVIRA RAMIREZ NARANJO
Mind Map by ELVIRA RAMIREZ NARANJO, updated more than 1 year ago
ELVIRA RAMIREZ NARANJO
Created by ELVIRA RAMIREZ NARANJO over 6 years ago
841
0

Resource summary

EPILEPSIA
  1. “Es una enfermedad provocada por un desequilibrio en la actividad eléctrica de las neuronas de alguna zona del cerebro. Se caracteriza por uno o varios trastornos neurológicos que dejan una predisposición en el cerebro a padecer convulsiones recurrentes”. (http://www.dmedicina.com/enfermedades/neurologicas/epilepsia.html) Este aumento excesivo de actividad eléctrica simultánea causa movimientos, sensaciones, emociones y comportamientos involuntarios. Además, la interrupción temporal de la actividad neuronal normal puede causar una alteración en el estado de conciencia.
    1. CAUSAS DE LA EPILEPSIA: a) Desnutrición. b) Infecciones del sistema nervioso central. c) Complicaciones durante el embarazo, en el parto y, en algunas ocasiones, accidentes de varios tipos. d) Tumores cerebrales. e) Traumatismo craneal. f) Alcoholismo o el síndrome de abstinencia del alcohol. g) Enfermedad de Alzheimer. h) Los accidentes cerebros vasculares, los ataques cardíacos y otras afecciones médicas que privan de oxígeno al cerebro. i) Formación anormal de vasos sanguíneos (malformaciones arteriovenosas) o sangrado cerebral (hemorragia). j) Inflamación del cerebro. k) Infecciones como meningitis l) VIH m) Encefalitis viral
      1. TIPOS DE CRISIS EPILEPTICAS: Crisis Generalizadas (resultado de una actividad neuronal anormal que emerge rápidamente en ambos lados del cerebro. Estas crisis pueden causar pérdida del conocimiento, caídas o espasmos musculares masivos. Tipos de crisis generalizadas (INTAC, Julio,2015) Crisis tónicas: causan rigidez de los músculos del cuerpo, generalmente aquellos de la espalda, las piernas y los brazos. Crisis clónicas: causan movimientos bruscos repetidos de los músculos en ambos lados del cuerpo. Crisis mioclónicas: causan movimientos bruscos o sacudidas en la parte superior del cuerpo, los brazos o las piernas. Crisis atónicas: causan pérdida del tono muscular normal, lo que por lo general hace que la persona afectada se caiga o deje caer la cabeza en forma involuntaria. Crisis tónico-clónicas: causan una combinación de síntomas, entre los que se incluyen, rigidez del cuerpo y movimientos bruscos repetidos de los b
        1. Crisis Focales. Se originan en una sola parte del cerebro, se describen de acuerdo con el área del cerebro donde se originan. La persona se mantiene consciente pero experimenta sensaciones motrices, sensoriales o psíquicas también puede experimentar sentimientos súbitos e inexplicables de alegría, ira, tristeza o nauseas; escuchar, oler, saborear, ver o sentir cosas que no son reales y puede tener movimiento en una sola parte del cuerpo como los parpadeos, tics, movimientos de la boca, caminar en círculos.
        2. Tipos de epilepsias

          Annotations:

          • TIPOS DE EPILEPSIA. LA EPILEPSIA DE AUSENCIA: Se caracteriza por crisis repetidas que causan pérdidas momentáneas del conocimiento, estas crisis casi siempre se inician en la infancia o en la adolescencia y tienden a venir de familia, lo que indica que pueden deberse, al menos parcialmente, a factores genéticos. EPILEPSIA DE ATAQUES RECURRENTES: Existe un aumento de la actividad eléctrica de las neuronas en alguna zona del cerebro. La persona sufre de convulsiones o movimientos corporales incontrolados de forma repetitiva .A esto se le llama "ataque epiléptico". Algunas personas con retraso mental pueden experimentar ataques epilépticos, pero tener estos ataques no implica necesariamente el desarrollo de una deficiencia mental. LA EPILEPSIA DEL LÓBULO FRONTAL: Común de crisis focales puede afectar la parte del cerebro que controla el movimiento e involucra las crisis que pueden causar debilidad muscular o movimiento anormal descontrolado, como torsión y agitación de los brazos o las piernas, desviación de los ojos hacia un lado o muecas. LA EPILEPSIA DEL LÓBULO TEMPORAL: Parte de las crisis focales, por lo general se asocian con auras de náuseas, emociones o con un cambio inusual del sentido del gusto y del olfato. La crisis en sí es un breve período de alteración en el estado de conciencia que puede aparecer como un episodio de mirar fijamente al vacío, un estado de ensueño o automatismos repetidos. LA EPILEPSIA NEOCORTICAL: Los síntomas pueden incluir sensaciones extrañas, alucinaciones visuales, cambios emocionales, espasmos musculares, convulsiones y una variedad de otros síntomas, dependiendo del lugar donde se originen las crisis en el cerebro.
          1. FACTORES QUE DESENCADENAN LAS CRISIS EPILÉPTICAS. La mayoría de las crisis ocurren de forma espontánea, en un momento en el cual no se encuentra nada que las pueda haber propiciado. a) Incumplimiento del tratamiento. b)Falta de sueño. c) Ingesta de Bebidas Alcohólicas. d) Fiebre. e) Drogas Ilegales. f) Estrés g) Destellos Luminosos.h) Flashes y luces parpadeantes i)Trauma craneoencefálico
            1. IMPACTOS DE LA EPILEPSIA EN LA VIDA DIARIA

              Annotations:

              •   IMPACTOS DE LA EPILEPSIA EN LA VIDA DIARIA  “Las personas con epilepsia puede  hacer  las  mismas  cosas  que  las  personas  sin  la enfermedad y vivir una vida exitosa y productiva” (Neurodidacta, Enero, 2015). Pero existe factores que los pueden afectar en su vida cotidiana.  Salud mental y estigma: la depresión es común entre las personas con epilepsia, a menudo acompañada de síntomas de trastornos de ansiedad.  Conducción de vehículos y recreación: Las personas con epilepsia deben ser extra cautelosas  si  el trabajo  involucra  la operación demaquinaria o vehículos. En la recreación alrealizar actividades como escalar, navegar, nadar o trabajar en escaleras.  Educación y Empleo: Para las personas con epilepsia todavía existen barreras significativas en la educación y en el campo laboral. Los medicamentos anticonvulsivos pueden causar efectos secundarios que interfieren con la concentración y la memoria.  Laepilepsia y la psiquiatria  Se puede apreciar: Trastornos de la expression, trastornos de la atención, conductas automáticas, conductas que remedan cuadros sicóticos, episodios de ansiedad, trastornos de la percepción, trastornos de la memoria, como la reactivación de recuerdos, estados emocionales intensos, depresivos, eufóricos, o de extrañeza, conducta agresiva o violente, trastornos de las percepciones corporales, hambre, sed, inconsciencia de esfínteres, trastornos en el pensamiento, por ejemplo ideas obsesivas. Y asociadas a la persona: trastornos dela personalidad, psicosis, trastornos en el desarrollo psicológico, trastornos del aprendizaje, trastornos de la conducta, con hiperactividad, trastornos en el control de impulsos. 
              1. MARCO LEGAL Constitución de la República del Ecuador. Plan Nacional del Buen Vivir 2013- 2017. Código Laboral Ecuatoriano. Código Integral Penal Ley Orgánica de la Salud Ley Orgánica de Discapacidades. Agenda Nacional de Inclusión de Discapacidades 2013-2017.

                Annotations:

                •  CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR. TITULOI ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO Capítulo Primero Principios fundamentales Art. 3.- Deberes primordiales del Estado: Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. (www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf) TITULO II DERECHOS  Capítulo Primero Principios deaplicación de los derechos.    Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:    2.   Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por azones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, ESTADO DE SALUD, portar VIH, DISCAPACIDAD, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. (www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf) Capítulo tercero    Derechos delas personas y grupos deatención prioritaria.    Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado.    Sección sexta Personas con discapacidad.    Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los siguientes derechos:    1.   La atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de   salud   para   sus   necesidades   específicas, que   incluirá   la   provisión   de medicamentos de forma gratuita, en particular para aquellas personas que requieran tratamiento de por vida. 2. La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas técnicas. 5.   El  trabajo  en  condiciones  de  igualdad  de  oportunidades,  que  fomente  sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas. 6.   Una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana. Las personas con discapacidad que no puedan ser atendidas por sus familiares durante el día, o que no tengan donde residir de forma permanente, dispondrán de centros de acogida para su albergue. 7.   Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la educación regular. Los planteles regulares incorporarán trato diferenciado y los de atención especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán  normas  de  accesibilidad  para  personas  con  discapacidad  e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo. 8.   La educación especializada para las personas con discapacidad intelectual  y el fomento  de  sus  capacidades  mediante  la  creación  de  centros  educativos  y programas de enseñanza específicos. 9.   La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en particular en caso de discapacidad intelectual. Art. 48.- El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren: 1.   La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica. 7.   La garantía del pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. La ley sancionará el abandono de estas personas, y los actos que incurran en cualquier forma de abuso, trato inhumano o degradante y discriminación por razón de la discapacidad. (www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf) Art. 49.- Las personas y las familias que cuiden a personas con discapacidad que requieran atención permanente serán cubiertas por la Seguridad Social y recibirán capacitación periódica para mejorar la calidad de la atención (www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf) CONSEJOS NACIONALES DE IGUALDAD. Art. 156.- Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Los consejos ejercerán atribuciones en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento  y  evaluación  de  las  políticas  públicas  relacionadas  con  las  temáticas  de género, étnicas, generacionales, interculturales, y de discapacidades y movilidad humana, de acuerdo con la ley. TITULO VII    REGIMEN DEL BUEN VIVIR  (Sección segunda Salud)    Art. 358.- El sistema nacional de salud tendrá por finalidad el desarrollo, protección y recuperación de las capacidades y potencialidades para una vida saludable e integral, tanto individual como colectiva, y reconocerá la diversidad social y cultural. El sistema se guiará por los principios generales del sistema nacional de inclusión y equidad social, y por los de bioética, suficiencia e interculturalidad, con enfoque de género y generacional. PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR 2013-2017    Para poder llevar a la práctica el tema de  tesis, se debe tomar en cuenta  el PNBV 2013-2017, ya que según los objetivos nacionales se podrán construir lineamientos que vayan más acorde a las necesidades de los pacientes con Epilepsia en el Ecuador. ( http://www.buenvivir.gob.ec/)    OBJETIVO #2 Auspiciar la Igualdad, la Cohesión, la Inclusión y la Equidad Social y Territorial en la diversidad. OBJETIVO #3 Mejorar la calidad de vida de la población. OBJETIVO #4 Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía.     CODIGO LABORAL ECUATORIANO    “En el Capítulo IV, Art. 42 se menciona que   son Obligaciones del Empleador las siguientes”. (www.ecuadorlegalonline.com/biblioteca/codigo-de-trabajo-actualizado). Insnstalar las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares de trabajo,   sujetándose a las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo y demás disposiciones legales y reglamentarias,  tomando  en  consideración,  además,  las  normas  que  precautelan  el adecuado desplazamiento de las  personas con discapacidad. En el Articulo 79  se menciona que habrá Igualdad de remuneración por lo que a trabajo igual corresponde igual remuneración, sin discriminación en razón de nacimiento, edad. sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole; más, la especialización y práctica en la ejecución  del trabajo se tendrán en cuenta para los efectos de la remuneración. CODIGO INTEGRAL PENAL Delitos contra el derecho a la igualdad Delito de discriminación Artículo 176.- Discriminación.- La  persona  que  salvo  los  casos  previstos  como  políticas  de  acción  afirmativa  propague practique o incite a toda distinción, restricción, exclusión o preferencia en razón de nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, condición socioeconómica, condición migratoria, discapacidad o estado de salud con el objetivo de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. (www.ecuadorlegalonline.com/biblioteca/codigo- de-trabajo-actualizado). Artículo 224.- Prescripción injustificada. La o el profesional de la salud que, sin causa justificada, recete sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. Artículo 244.- Falta de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La o el empleador que no afilie a sus trabajadores al seguro social obligatorio dentro de treinta días, contados a partir del primer día de labores, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete días. LEY ORGANICA DE SALUD. De acuerdo con la Ley Orgánica de Salud se debe tomar en cuenta que en el Artículo. 6 se manifiesta que es   responsabilidad del Ministerio de Salud Pública Regular y vigilar la aplicación de las normas técnicas para la detección, prevención, atención integral y rehabilitación, de enfermedades transmisibles, no transmisibles, crónico degenerativas, discapacidades  y problemas  de salud  pública  declarados  prioritarios,  y determinar las enfermedades transmisibles de notificación obligatoria, garantizando la confidencialidad de la información. (www.larepublica.ec/blog/tag/codigo-organico-integral-penal) LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES FUNDAMENTALES CAPÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, ÁMBITO Y FINES Artículo 1.- Objeto.- La presente Ley tiene por objeto asegurar la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, establecidos en la Constitución  de  la  República,  los  tratados  e  instrumentos  internacionales;  así  como, aquellos que se derivaren de leyes conexas, con enfoque de género, generacional e interculturalidad 
                Show full summary Hide full summary

                Similar

                EPILEPSIA
                edgar_jhd
                EPILEPSIA
                Rafael Medina
                NUEVOS MEDICAMENTOS EN EL TRATAMIENTO DE LA EPILEPSIA
                Jhacksson Smit Cordova Agurto
                Epilepsia Del Lóbulo Temporal
                Daniela Tovar
                Lo "convencional" en convulsiones
                Arturo Hernández
                Paralisis Cerebral Infantil
                Malik_Thanatos
                Cuerpo Calloso
                Eliseo Bahena
                ANTIEPILÉPTICOS PILARES FARMACOLOGICOS
                Lizkath
                CRISIS CONULSIVA PEDIATRIA - FICHAS ENARM
                Ana Delgado
                FERNANDO
                fernandomanuel.m
                ANTIEPILÉPTICOS
                Carlos Araujo Bo