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Embargo fuera del PAE
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Embargo fuera del PAE
Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y el importe de sus accesorios legales, requerirán de pago al deudor y, en caso de que éste no pruebe en el acto haberlo efectuado.
La autoridad podra:
- A embargar bienes suficientes para, en su caso, rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos en favor del fisco,
- En ningún caso procederá el embargo de los depósitos o seguros, por un monto mayor al del crédito fiscal actualizado
- MERCANCÍAS QUE SON EMBARGADAS / PASAN A PROPIEDAD DEL FISCO UNA VEZ QUE EL CRÉDITO FISCAL QUEDE FIRME:
- Rematar en subasta o publica almoneda. Vender a un 3ero fuera de subasta (ocurre cuando el deudor presenta a un posible comprador del bien). Adjudicación (quedarse con ellos para su uso, goce o disfrute). Destruirlos o donarlos (en mercancías de procedencia extranjera que sea flamable, toxica o de fácil descomposición
- MERCANCÍAS QUE SON EMBARGADAS / PASAN A PROPIEDAD DEL FISCO UNA VEZ QUE EL CRÉDITO FISCAL QUEDE FIRME:
- En ningún caso procederá el embargo de los depósitos o seguros, por un monto mayor al del crédito fiscal actualizado
- A embargar negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponda, a fin de obtener, mediante la intervención de ellas, los ingresos necesarios que permitan satisfacer el crédito fiscal
- A embargar bienes suficientes para, en su caso, rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos en favor del fisco,
Procedimiento
- El ejecutor se presenta en el domicilio y se identifica. Se notifica del inicio de embargo o intervención. Se levanta acta circunstanciada. Se debe entregar una copia al contribuyente o a la persona que atendió. Se notifica al dueño de las mercancías mediante buzon tributario del embargo. Tratandose de mercancías de procedencia extranjera se retendrán las mismas y se dará aviso a la autoridad aduanera.
Embargo de bienes raíces o negociación
- Los depositarios seran los responsables de:
- Separar de la caja el 10% de los ingresos y depositarlos al SAT
- Tendrá plenos poderes, podrá tomar decisiones como administrador si es persona moral o como si fuera el dueño si es p. Física
- Rendir cuentas mensuales además de depositar el dinero, no podrá enajenar los bienes del activo fijo
- La responsabilidad de los depositarios cesará con la entrega de los bienes embargados a satisfacción de las autoridades fiscales.
- El ejecutor podrá colocar sellos o marcas oficiales con los que se identifiquen los bienes embargados
- El depositario será designado por el ejecutor cuando no lo hubiere hecho el jefe de la oficina exactora
- El embargo podrá ampliarse en cualquier momento del procedimiento administrativo de ejecución, cuando la oficina ejecutora estime que los bienes embargados son insuficientes para cubrir los créditos fiscales.
- Los depositarios seran los responsables de:
Oorden
- Dinero, metales preciosos, depósitos bancarios. Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios. Bienes inmuebles y bienes muebles.
El ejecutor podrá señalar bienes sin sujetarse al orden establecido en el Artículo anterior, cuando el deudor o la persona con quien se entienda la diligencia:
- No señale bienes suficientes a juicio del ejecutor o no haya seguido dicho orden al hacer el señalamiento.
- Cuando teniendo el deudor otros bienes susceptibles de embargo, señale:
- Bienes ubicados fuera de la circunscripción de la oficina ejecutora. Bienes que ya reporten cualquier gravamen real o algún embargo anterior. Bienes de fácil descomposición o deterioro o materias inflamables.
Si los bienes señalados para la ejecución hubieran sido ya embargados por parte de autoridades fiscales locales, se practicará la diligencia, entregándose los bienes al depositario que designe la autoridad federal y se dará aviso a la autoridad local.
- En caso de inconformidad, la controversia resultante será resuelta por los tribunales judiciales de la Federación.
- En tanto se resuelve el procedimiento respectivo no se hará aplicación del producto, salvo que se garantice el interés fiscal a satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- El embargo de créditos será notificado directamente por la autoridad fiscal a los deudores del embargado, y se le requerirá con el objeto de que no efectúen el pago de las cantidades respectivas a éste sino a la autoridad fiscal, apercibidos de doble pago en caso de desobediencia.
- Si el deudor o cualquiera otra persona impidiera materialmente al ejecutor el acceso al domicilio de aquél o al lugar en que se encuentren los bienes, siempre que el caso lo requiera el ejecutor solicitará el auxilio de la policía o de otra fuerza pública para llevar adelante el procedimiento de ejecución.
- En igual forma procederá el ejecutor cuando la persona con quien se entienda la diligencia no abriere los muebles en los que aquél suponga se guardan dinero, alhajas, objetos de arte u otros bienes embargables.
- Si no fuere factible romper o forzar las cerraduras de cajas u otros objetos unidos a un inmueble o de difícil transportación, el ejecutor trabará embargo sobre ellos y su contenido y los sellará; para su apertura se seguirá el procedimiento establecido en el párrafo anterior
- En igual forma procederá el ejecutor cuando la persona con quien se entienda la diligencia no abriere los muebles en los que aquél suponga se guardan dinero, alhajas, objetos de arte u otros bienes embargables.
- Si el deudor o cualquiera otra persona impidiera materialmente al ejecutor el acceso al domicilio de aquél o al lugar en que se encuentren los bienes, siempre que el caso lo requiera el ejecutor solicitará el auxilio de la policía o de otra fuerza pública para llevar adelante el procedimiento de ejecución.
- El embargo de créditos será notificado directamente por la autoridad fiscal a los deudores del embargado, y se le requerirá con el objeto de que no efectúen el pago de las cantidades respectivas a éste sino a la autoridad fiscal, apercibidos de doble pago en caso de desobediencia.
- En tanto se resuelve el procedimiento respectivo no se hará aplicación del producto, salvo que se garantice el interés fiscal a satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- En caso de inconformidad, la controversia resultante será resuelta por los tribunales judiciales de la Federación.
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- Mind Map on Embargo fuera del PAE, created by Silvia Alicia Alcantar Aviles on 29/10/2020.
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- Silvia Alicia Alcantar Aviles
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