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Norma jurídico penal

Mapa mental: norma jurídico penal
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Norma jurídico penal
Naturaleza de la norma jurídico penal
- Una norma que expresa un juicio objetivo de valor negativo que emite el legislador sobre un hecho
- Una norma que va dirigida a la persona para que este se motive en la norma y se abstenga de hacer lo que ella prohíbe o haga lo que ella manda
Estructura de la norma jurídico penal
- Supuesto de hecho o tipo penal
- Prohíbe acciones
- Surgiendo los tipos penales comisivos o activos ya que para su transgresión requieren de un hacer.
- Manda acciones
- Dando pie a los tipos penales omisivos (propios), ya que para su vulneración se requiere un no hacer
- Prohíbe acciones
- Consecuencia jurídica (sanción penal)
- Una pena
- La cual se impone a los imputables, es decir, quienes comprenden la ilicitud de lo que hace y se pueden autodeterminar SIEMPRE Y CUANDO lleven a cabo una conducta típica, antijuridica y culpable
- Una medida de seguridad
- La cual se le impone a los inimputables, es decir, quienes no comprenden la ilicitud d ellos que hacen o comprendiendo la ilicitud de lo que hace no se puede autodeterminar (art. 9 inciso 2 C.P.)
- Una pena
- Ejemplo
- Artículo 103. Homicidio. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005] El que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses.
- El nombre que sigue al No. Del art. se llama denominador de tipo
- Tipo penal
- Elque matare a otro
- Cópula
- Incurrirá
- Consecuencia juríridca
- Desde prisión hasta 450 meses
- El tipo penal contenido en el artículo 103 del C.P. prohíbe una acción, matar, y para su realización, que sería incumplirlo, requiere de un hacer por eso se dice que es un tipo penal comisivo u activo
- Artículo 103. Homicidio. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005] El que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses.
- Supuesto de hecho o tipo penal
Funciones de la norma jurídico penal
- Función de proteccion
- Mediante la norma jurídico penal (tipo exactamente) se protegen bienes jurídicos, de importancia para el individuo y la sociedad, de agresiones importantes.
- Ejemplo
- Mediante los artículos ubicado en el capítulo 3º del título I del libro II del Código Penal (art. 111 al art. 121) se tutela la integridad psicofísica del individuo de agresiones de importancia contra dicha integridad.
- Ejemplo
- Mediante la norma jurídico penal (tipo exactamente) se protegen bienes jurídicos, de importancia para el individuo y la sociedad, de agresiones importantes.
- Función simbólica
- Quiere denotar que la norma jurídico penal, en no pocas veces, recoge la violencia que determinados hechos producen en la comunidad y al prohibirlos procura que la convivencia en comunidad sea pacífica.
- Ejemplo
- El artículo 104A C.P. al recoger la violencia que produce el feminicidio al interior de la comunidad y al prohibirlo y establecer una pena para quien infrinja esa prohibición, busca que la vida en comunidad sea más tranquila.
- Ejemplo
- Quiere denotar que la norma jurídico penal, en no pocas veces, recoge la violencia que determinados hechos producen en la comunidad y al prohibirlos procura que la convivencia en comunidad sea pacífica.
- Función motivadora
- Alude a que la norma penal invita, busca, que los individuos de una sociedad cumplan lo que ella manda o no infrinjan lo que ella prohíbe
- Ejemplo
- Mediante el art. 103 C.P. que prohíbe matar a otra persona la comunidad se abstenga de matar o que mediante el artículo 417 inciso primero C.P. que manda al servidor público a denunciar los delitos que se investigan de oficio y de los cuales se entre en ejercicio de sus funciones.
- Ejemplo
- Alude a que la norma penal invita, busca, que los individuos de una sociedad cumplan lo que ella manda o no infrinjan lo que ella prohíbe
- Función de garantía
- Indica que gracias a que el Derecho Penal, de manera previa, señala tanto las conductas que se hallan prohibidas (tipos penales comisivos u activos) o manda la realización de ciertas acciones (tipos penales omisivos -propios-) como la consecuencia jurídica (pena o medida de seguridad) para quienes incumplan lo prohibido o mandado por el tipo penal
- Establece cuál es procedimiento que debe seguirse frente aquellas acciones que presuntamente han incumplido lo prohibido y mandado por el tipo penal se convierte en un “autolimitante” del ejercicio del poder punitivo y en ese sentido cumple con una función garantizadora.
- Su máxima expresión
- Se halla en la formulación y desarrollo del principio de legalidad o principio de legalidad estricta (Luigi Ferrajoli): “nullum crimen, nulla poena sine lege scripta, praevia, stricta et certa” (Feuerbach)
- Función de proteccion
Interpretación de la norma jurídico penal
- Se clasifica conforme
- Al origen de quien interpreta (quien)
- Auténtica
- Aquella interpretación que, de una noción de la ley penal, realiza el propio legislador y como ella se realiza en la ley es obligatoria
- Ejemplo
- La definición que de acceso carnal se otorga en el artículo 212 C.P
- Ejemplo
- Aquella interpretación que, de una noción de la ley penal, realiza el propio legislador y como ella se realiza en la ley es obligatoria
- Doctrinal
- Aquella planteada por los estudiosos del Derecho Penal y en ese sentido no obliga, busca orientar.
- Ejemplo
- .Lbros académicos.
- Ejemplo
- Aquella planteada por los estudiosos del Derecho Penal y en ese sentido no obliga, busca orientar.
- Judicial o jurisprudencial
- Realizada por los jueces en las sentencias, donde se debe destacar las interpretaciones que hace la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal en sus sentencias.
- Auténtica
- A los medios empleados en la interpretación (como)
- Gramatical (lógica literal)
- Aquella que se limita a indicar el sentido usual, el brindado por el castellano, de una palabra vertida en la ley penal
- Ejemplo
- Cuando se establece que doctrina, en el tipo penal vertido en el artículo 102 C.P., es conjunto de ideas, se está haciendo una interpretación gramatical.
- Ejemplo
- Aquella que se limita a indicar el sentido usual, el brindado por el castellano, de una palabra vertida en la ley penal
- Histórica
- Aquella que acude a los antecedentes que dieron origen a la ley penal, exposición de motivos, para establecer el sentido y alcance de un concepto que trae la ley penal
- Ejemplo
- En el tipo penal vertido al interior del artículo 133 del C.P. se habla de “seres humanos idénticos” y con esas palabras, dados los antecedentes (exposición de motivos), se quiere denotar seres humanos físicamente (externamente) idénticos
- Ejemplo
- Aquella que acude a los antecedentes que dieron origen a la ley penal, exposición de motivos, para establecer el sentido y alcance de un concepto que trae la ley penal
- Sistemática
- Aquella que indaga por el sentido de la ley penal teniendo en cuenta que ella “forma parte de un todo, pretendidamente armónico, y por tanto, que debe interpretarse de tal forma que no surjan contradicciones entre los sentidos asignados” a ella
- Ejemplo
- Cuando se dice que las locuciones “propósito para sí o un tercero”, establecidas al interior del tipo penal vertido en el artículo 239 C.P., aluden a un contenido económico porque dicho tipo penal se halla ubicado en el título VII del libro II de Código Penal y dicho título reúne los delitos contra el patrimonio económico.
- Ejemplo
- Aquella que indaga por el sentido de la ley penal teniendo en cuenta que ella “forma parte de un todo, pretendidamente armónico, y por tanto, que debe interpretarse de tal forma que no surjan contradicciones entre los sentidos asignados” a ella
- Teleológica
- Aquella que atiende a la finalidad de la norma penal para brindar sentido a las locuciones que la conforman
- Ejemplo
- Cuando se afirma que las locuciones servidor público o miembros de un partido político, vertidas al interior del numeral 10 del artículo 104 C.P. -agravantes del homicidio simple art. 103 del C.P.- denota a personas con un reconocimiento local o nacional que por ese motivo su muerte generar escozor en la sociedad y ello explica la razón por la cual se incrementa la pena cuando se mata a una de esas personas.
- Ejemplo
- Aquella que atiende a la finalidad de la norma penal para brindar sentido a las locuciones que la conforman
- Gramatical (lógica literal)
- A los efectos de la interpretación (que se busca)
- Restrictiva
- Se pretende reducir el sentido de la ley penal porque ésta está expresando algo más de lo que debería decir
- Ejemplo
- Se puede matar mediante (a través) de un incendio (art. 350 C.P.), o mediante (a través) de la corrupción de alimentos (art. 372 in. 1º C.P.) pero no se puede producir la muerte mediante (a través) del tráfico, transporte y posesión de materiales radiactivos o sustancias nucleares (art. 363 C.P.). lo anterior fue una forma de interpretación restrictiva de la ley penal
- Ejemplo
- Se pretende reducir el sentido de la ley penal porque ésta está expresando algo más de lo que debería decir
- Declarativa
- Aquella en la cual el intérprete se limita declara el sentido obvio de la ley penal por cuanto esta es muy clara; ella se deriva del empleo de la interpretación gramatical.
- Progresiva
- Busca actualizar los conceptos que integran la ley penal, es decir, adapta la ley penal a los cambios de cada época y así evitar continuas reformas
- Ejemplo
- El numeral 4º del inciso primero del artículo 240 -hurto calificado- C.P. tiene como calificante el cometer el hurto con llave sustraída, ahora ¿qué es llave? Hasta hace uno años llave era un pedazo de mental que al ser introducido en una chapa permite abrir la puerta, pero de un tiempo para acá la noción de llave ya no es sólo ese pedazo de metal sino también una tarjeta que al ser introducida en una chapa especial abre la puerta.
- Ejemplo
- Busca actualizar los conceptos que integran la ley penal, es decir, adapta la ley penal a los cambios de cada época y así evitar continuas reformas
- Extensiva
- Esta forma de interpretación que busca ampliar el sentido de la ley no se aplica en materia penal ya que como sus normas buscan posibilitar la imposición de sanciones penales es por lo que su interpretación debe ser restrictiva.
- Restrictiva
- Al origen de quien interpreta (quien)
- Se clasifica conforme
Fuentes de la norma jurídico penal
- Alude al sitio del cual surge algo, para este curso el sitio (fuente) del cual surge la ley penal, la norma jurídico penal es sólo la propia ley penal, sólo ésta y únicamente ella es la fuente de la ley penal, por mandato del principio de legalidad: No hay delitos, ni penas, ni medias de seguridad sin ley escrita, previa, estricta y cierta
Ámbitos de validez de la norma jurídico penal
- Temporal
- Comienzo
- La ley penal comienza a regir, por regla general, dos meses luego de su publicación (ese período entre su publicación en el Diario oficial y el momento en que entra a regir se llama vacatio legis), salvo que ella indique desde cuando comienza a regir.
- Final
- Deja de regir cuando es derogada expresamente por otra ley o tácitamente, es decir, cuando la ley no dice expresamente que deroga las anteriores, sino que regula el tema de la ley anterior.
- Excepción al comienzo y final de una ley
- Retroactividad
- Ultractividad
- Comienzo
- Espacial
- Conforme al artículo 14 inciso primero del código penal, la ley penal se aplicará a cualquier persona que la infrinja en el territorio Nacional.
- Personal
- Indemnidad
- Sería cuando a una persona con capacidad de serle aplicada la ley penal colombiana nunca se le aplicará no obstante llevar a cabo conductas punibles
- Ejemplo
- Los congresistas: ellos, por sus votos u opiniones, así los mismos constituyan un delito, no pueden ser juzgados (artículo 185 de la Constitución Política), por ejemplo, cuando un congresista en uso de la palabra en el Congreso procede a injuria (artículo 220 C.P.) a otros congresistas, en ese caso nunca se podrá iniciar una investigación penal en contra del congresista que injurió a los otros.
- Ejemplo
- Sería cuando a una persona con capacidad de serle aplicada la ley penal colombiana nunca se le aplicará no obstante llevar a cabo conductas punibles
- Inmunidad
- Figura del derecho Internacional que busca que determinadas personalidades, que representan a un Estado, sean Juzgadas por dicho Estado si ellos llevan a cabo una conducta punible por fuera del país que representan, es el caso de los embajadores, en donde la inmunidad se extiende a sus familiares, siempre y cuando no tengan la nacionalidad del país en donde realizaron delito.
- Otros ejemplos
- Agentes diplomáticos
- Ministros
- Otros ejemplos
- Figura del derecho Internacional que busca que determinadas personalidades, que representan a un Estado, sean Juzgadas por dicho Estado si ellos llevan a cabo una conducta punible por fuera del país que representan, es el caso de los embajadores, en donde la inmunidad se extiende a sus familiares, siempre y cuando no tengan la nacionalidad del país en donde realizaron delito.
- Los fueros
- Son una garantía en virtud de la cual ciertas personas, por el cargo que tienen o el sitio de origen, habrán de ser juzgadas por jueces diferentes a los que correspondería si una persona del común ejecutara una conducta punible similar a la efectuada por la persona que tiene fuero.
- Es así como la Constitución establece los siguientes fueros: (i) artículo 235 numeral 3º y 5º de la Constitución Política Colombiana (el juzgamiento de altas personalidades del Estado Colombiano); (ii) artículo 246 del constitución política colombiana (la jurisdicción indígena); (iii) artículo 221 de la constitución política colombiana (justicia Penal militar)
- Tienen fuero
- Presidentes
- Magistrados de las altas cortes
- CSJ, Consejo de Estado, Corte Constitucional y Consejo Superior de la Judicatura
- Indemnidad
- Temporal
Tipos de norma jurídico penal
- Norma penal completa
- En un mismo artículo tiene
- Supuesto de hecho
- Consecuencia jurídica
- Cuando el tipo penal se halla en un artículo y la consecuencia jurídica en otro, a condición de hallarse ambos artículos al interior de un mismo capítulo o título
- Ejemplo
- El artículo 226 del C.P. tiene el supuesto de hecho y el artículo 220 contiene la consecuencia jurídica, y ambos artículo se hallan en el capítulo único del Título V del C.P.
- Ejemplo
- En un mismo artículo tiene
- Norma jurídico penal incompleta
- Aquella que carece de tipo penal (supuesto de hecho) y de consecuencia jurídica, pero son “oraciones gramaticales completas
- Son todas las disposiciones jurídicas que se hallan entre el artículo 1 al artículo 100 del Código Penal.
- Normas penales en blanco
- Tipos penales que deben ser completados por normas jurídicas extrapenales, es decir, normas jurídicas que se hallan fuera del código penal en otras regiones del Derecho
- Ejemplo
- El tipo penal vertido en el artículo 365 del Código Penal, dicho tipo penal debe ser completado, para cerrarlo, mediante normas de Derecho administrativo que indique cuál es la autoridad competente para expedir las autorizaciones para el porte y tenencia de armas de defensa personal.
- Lo blanco en estas normas sólo es el tipo penal, lo que debe ser complementado son los tipos penales.
- Norma penal completa
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- Mind Map on Norma jurídico penal, created by Ivana Márceles on 11/11/2020.
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- Ivana Márceles
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