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Fluxograma

Teoria General del Proceso

Deya Saenz Torres Derecho Espanhol

Conteúdo do fluxograma

  1. Formas de Autotutela permitidas por el Derecho Mexicano

  2. Heterocomposición

  3. Legitima Defensa

  4. Huelga

  5. Aborto en determinados casos

  6. Robo de Famélicos

  7. Desistimiento

  8. Perdon del ofendido

  9. Allanamieto

  10. Transacción

  11. Mediación

  12. Conciliacion

  13. Ombudsman

  14. Proceso

  15. Arbitraje

  16. De la demanda

  17. De la acción

  18. De la instancia

  19. Autocomposición

  20. se

    traduce en repeler una agresión real, actual o inminente en defensa de bienes

    jurídicos propios o ajenos, y el estado de necesidad, mismo que hace obrar

    precisamente por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno

    de un peligro que no se ocasiona por el sujeto de forma dolosa.

  21. la

    suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de

    trabajadores

  22. no

    es punible el aborto, cuando sea causado por culpa de la mujer embarazada y

    cuando sea resultado de una violación

  23. no

    se castigara al que, sin emplear engaño ni medios violentos se apodera una sola

    vez de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades

    personales o familiares del momento

  24. . El ofensor reconoce la

    pretensión del ofendido aceptando lo que pida el ofendido.

  25. Consiste en ceder ambas

    partes a sus pretensiones.

    Se transa en materia civil, nunca en materia penal.

  26. Las condenas derivadas de acciones

    penales que tienen el carácter de privadas

    son susceptibles, en cuanto a su cumplimiento, de ser objeto de perdón por la parte ofendida. En los delitos de acción privada

    únicamente está en juego el interés y el derecho de la víctima del delito, sin que afecten a

    ningún interés social.

  27. : es entendida como la petición

    en el que las pretensiones son formuladas por uno de los actores. En el

    mismo se pretende que un juez

    intervenga, ya sea a partir de la protección o el reconocimiento del pedido.

  28. Dos acepciones tiene esta palabra en Derecho. Por la

    primera equivale a solicitud, petición o súplica, y en esta forma cuando se

    dice que el juez debe proceder a instancia de parte, se da a entender que debe

    proceder previa petición de parte, y no de oficio.

  29. En la

    actualidad la acción tiene su fundamento en la iniciativa (que es de carácter

    personal) y en el poder de reclamar (que es de carácter abstracto)

    En

    términos generales: iniciativa + el poder de reclamar = acción.

    Por lo

    tanto decimos que la acción procesal es un poder abstracto que da paso a un

    derecho completo para reclamar ante un tribunal.

  30. El arbitraje no

    es otra cosa, que una delegación de la jurisdicción estatal en particulares, de

    acuerdo con tales opiniones, es la delegación de la facultad de juzgar del

    Estado en particulares, lo que otorga fuerza jurídica al laudo.

  31. Para esta

    palabra escandinava de origen alemán, no existe una traducción apropiada.

    Ombudsman es

    un vocablo sueco que puede significar representante, mediador, agente, guardián

    etc., y es aplicado a una institución jurídica actualmente existente en más de

    50 países.

  32. Consiste en proponer a las partes

    alternativas concretas para que resuelvan de común acuerdo sus diferencias. En

    esta hipótesis el tercero asume el papel de conciliador y a su función se le

    denomina conciliación.

  33. La

    mediación es uno de los instrumentos para conseguir la autocomposición o

    acuerdo entre las partes.

  34. Conjunto de

    actos regulados por la ley y realizados con la finalidad de alcanzar la aplicación

    judicial del derecho objetivo y la satisfacción consiguiente del interés

    legalmente tutelado en el caso concreto, mediante una decisión del juez

    consiguiente.

  35. El agraviado retira su pretensión de castigo de su

    ofensor. El ofendido “se las aguanta”.

  36. TEORIA GENERAL DEL PROCESO

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