Fluxograma
parte 3
Conteúdo do fluxograma
PRUEBA DOCUMENTAL
REGLAS GENERALES
DOCUMENTOS PÚBLICOS
DOCUMENTOS PRIVADOS
Es todo documento público o privado que recoja, contenga o represente algún hecho o declare, constituya o incorpore un derecho
Se podrá presentar el original o copias, tomando en cuenta que las copias deben ser certificadas
Eficacia de la prueba documental: 1 Es necesario que no estén defectuosos, ni diminutos. 2 no pueden estar alterados en una parte esencial. 3 Que en los autos no haya instancia ni recurso pendiente sobre el punto que, con tales documentos, se intente probar
Producción de la prueba documental en audiencia: 1 los documentos se leerán y exhibirán públicamente. 2 Los objetos se exhibirán públicamente 3las pruebas audiovisuales, se lo hará por cualquier medio idóneo 4 la prueba documental actuada quedará en disposición del juez.
DOCUMENTOS DEFECTUOSOS: se puede presentar documentos parcialmente destruidos
FALSEDAD Y NULIDAD: las partes podrán alegar esto, en la oportunidad que corresponda y se debe resolver en la audiencia
Los documentos que se encuentren en otro idioma, deben ser traducidos por un intérprete que cuenta con la validación que la ley menciona.
Para la autenticación de documentos otorgados en el extranjero, debe contar con la certificación del agente diplomático o consular del Ecuador residente en el Estado en el que se otorgó
Son los autorizado con las solemnidades legales. Es importante diferenciar que si el documento es otorgado frente a un notario e incorporado en un protocolo o registro público.
PARTES ESENCIALES: 1 nombres de los otorgantes, testigos, notario, secretario. 2 cosa, cantidad o materia de la obligación. 3 las cláusulas principales para conocer su naturaleza y efectos.4 El lugar y fecha del otorgamiento. 5. La suscripción de los que intervienen en él.
Copias o compulsas el interesado puede pedir copia de los documentos originales o compulsas. Las copias y compulsas que hayan sido ordenadas judicialmente se insertarán en las actuaciones que el juzgador señale, a solicitud de parte
Es el que ha sido realizado por personas particulares, sin la intervención de funcionario público alguno, o con éstos, en asuntos que no son de su empleo.
Reconocimiento de documentos privados. la parte que presente un documento privado podrá pedir el reconocimiento de firma a la autora. Además de ello el juez fijará día y hora para la audiencia para la declaración del autor, previo juramento.
El reconocimiento de firma de un instrumento privado, no lo convierte en público
La parte que pretenda ocupar documentos privados que se encuentren en poder de un tercero y esté relacionado con el proceso al presentar en los actos de proposición, pedirá que se le notifique para su exhibición en el día y hora señalados para la audiencia
DOCUMENTOS EN PODER DE LA CONTRAPARTE La parte que requiera un documento privado que se encuentre en poder de la contraparte, podrá pedir a la o al juzgador que ordene su presentación hasta la audiencia. Si el que se presume tenedor del documento confiesa que se halla en su poder, estará obligado a presentarlo
Es un medio de prueba , especialmente escrito, que sirve como fundamento de los hechos que están siendo controvertidos; esta información está contenida en documentos (Pardo, 2008).
Informações
- Descrição
- Fluxograma sobre parte 3, criado por David Grijalva Lopez em 26-03-2022.
- Criado por
- David Grijalva Lopez
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