Las dependencias que integran la
administración pública
La administración publica centralizada
es la organización interna del poder
ejecutivo, de carácter exclusivo de la
legislación administrativa
Integrado por:
Presidente de la
republica
Secretarias
de Estado
Secretaría de Gobernación, Secretaría
de Relaciones Exteriores, Secretaría
de Defensa Nacional, Secretaría de
Marina, Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, Secretaría de
Desarrollo Social, Secretaría de
Economía. Secretaría de Agricultura,
Secretaría de Comunicaciones y
Transporte, Secretaría de Salud,
Secretaría del Trabajo y Previsión
social, Secretaría de Turismo,
Secretaría de Medio ambiente y
Recursos Naturales y Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y
Urbano
Los Órganos desconcentrados son unidades
administrativas que sin dejar de pertenecer
a la unidad centralizada de la
administración y continuar dependiendo
directamente de sus respectivos órganos
principales
Características de la
desconcentración
administrativa
La transferencia de función esta
acompañado de los elementos
necesarios para la creación de
decisiones administrativas,
mediante órganos con
competencia
La competencia de los órganos
de los organos desconcentrados
es por materia y dentro de
ámbitos territoriales
determinados
Los órganos
desconcentrados tienen
autonomía para el
ejercicio de sus
funciones, más no una
independencia plena
El acuerdo de
desconcentración debera
darse a conocer
publicamente
Los órganos centrales
transfieren funciones a
determinados órganos dentro
de un ámbito territorial
determinado
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.