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Procedimientos Penales Especiales

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Procedimientos Penales Especiales
Extradición
- Estados
- Solicitante
- Solicitado
- Tipos
- Acriva
- Ministerio Publico Solicita a Juez de control
- Juez de Control Solicita a TSJ
- TSJ en 30 dias Responde si procede
- Si Procede envía al Ejecutivo Nacional
- MPPRE Presenta Solicitud ante gobierno extrajero en maximo 60 dias
- Ejecutivo Nacional puede solicitar detención preventiva Arts. 383 y 385 COPP
- Si Procede envía al Ejecutivo Nacional
- TSJ en 30 dias Responde si procede
- Fuga Juez de Ejecución Solicita ante sala Pena, Art 383 COOPl
- Juez de Control Solicita a TSJ
- Ministerio Publico Solicita a Juez de control
- Pasiva
- Ejecutivo Nacional recibe solicitud del gobierno extranjero y remite al TSJ
- La solicitud puede ser sin soporte con plazo de 60 dias para presentarlos Art 387COPP
- De no presentar la documentacion el TSJ ordenará la libertad del detenido Art. 388 COPP
- Con documentos soprtes el TSJ convocará audiencia oral 30 en 30 dias y decidira 15 dias
- La solicitud puede ser sin soporte con plazo de 60 dias para presentarlos Art 387COPP
- Gobierno extrajero puede solicitar aprenhención de imputadol
- Tribunal de Control por solicitud del Ministerio Público puede ordenar la detención
- El detenido será presentado en 48 ante el Juez que ordenó la detención
- Tribunal de Control por solicitud del Ministerio Público puede ordenar la detención
- Ejecutivo Nacional recibe solicitud del gobierno extranjero y remite al TSJ
- Acriva
- Fuentes
- Constitivión Nacional
- Tratados Internacionales
- Normas del COPP art. 382
- Estados
Procedimiento en Delitos de Acción Dependiente de Instancia de Parte
- Art 391 COPP Se nicia con la acusacion de la victiva ante el Tribunal de Juicio
- Art 392 COPP la acusacón debe cumplir las formalidades señaladas en este artículo
- La victima puede solicitar al Juez de Control una investigación preliminar
- Art.394 COPP Juez de Control ordena investigación preliminar.
- Art 395 COPP la victima apelará en 3 días habiles de ser negada la investigación
- Art. 396 COPP Tribunal de Juicio declara inadmisible cuando el hecho no es de caracter penal
- Art 397 COPPl La victima puede apelar 5 dias habiles a la publicación de la inadmisibilidad
- Art. 398 COPP El Juez dará 5 días hábiles para corregir los subsanales
- Art. 399 COPP El acusador puede una sola vez intentar la acusación
- Art 400 COPP Las partes serán citas citadas a Audiencia de Conciliación en plazo no menor de 10 dias ni mayor de 20
- Art. 401 COPP Si el acusado no compareciere será citado por carteles en prensa y uso de fuerza publica para locarlizarlo de ser necesario
- ART 402 COPP Las partes pueden ejerecer sus facultades y cargas
- Art. 403 COPP Pronunciamiento del Tribual cuando la conciliación no prospere
- Art. 404 COPP Se celebración de juicio Oral y Público
- Art. 405 COPP Procedimiento de Admisión de los Hechos
- Art 406 COPP. Este artículo abarca el poder para representar al acusador y el disistimiento de acusación privada
- La Acusación Privada se considera abandonada cuando se deja de instar por mas de veinte dias
- Art. 407 COPP Se puede apelar el auto de abandono en 5 hábiles siguientes a su publicación
- Art. 408 del COPP A la muerte del acusador privado cualquiera de sus herederos en los 30 dias siguientes a su muerte podrá asumir el carácter de acusador
- Art. 409 COPP Quien desiste o bandone una acusación privada no podra intentarla nuevamente
- Art. 408 del COPP A la muerte del acusador privado cualquiera de sus herederos en los 30 dias siguientes a su muerte podrá asumir el carácter de acusador
- Art. 407 COPP Se puede apelar el auto de abandono en 5 hábiles siguientes a su publicación
- La Acusación Privada se considera abandonada cuando se deja de instar por mas de veinte dias
- Art 406 COPP. Este artículo abarca el poder para representar al acusador y el disistimiento de acusación privada
- Art. 405 COPP Procedimiento de Admisión de los Hechos
- Art. 404 COPP Se celebración de juicio Oral y Público
- Art. 403 COPP Pronunciamiento del Tribual cuando la conciliación no prospere
- ART 402 COPP Las partes pueden ejerecer sus facultades y cargas
- Art. 401 COPP Si el acusado no compareciere será citado por carteles en prensa y uso de fuerza publica para locarlizarlo de ser necesario
- Art 400 COPP Las partes serán citas citadas a Audiencia de Conciliación en plazo no menor de 10 dias ni mayor de 20
- Art. 399 COPP El acusador puede una sola vez intentar la acusación
- Art. 398 COPP El Juez dará 5 días hábiles para corregir los subsanales
- Art 397 COPPl La victima puede apelar 5 dias habiles a la publicación de la inadmisibilidad
- Art. 396 COPP Tribunal de Juicio declara inadmisible cuando el hecho no es de caracter penal
- Art 395 COPP la victima apelará en 3 días habiles de ser negada la investigación
- Art.394 COPP Juez de Control ordena investigación preliminar.
- La victima puede solicitar al Juez de Control una investigación preliminar
- Art 392 COPP la acusacón debe cumplir las formalidades señaladas en este artículo
- Art 391 COPP Se nicia con la acusacion de la victiva ante el Tribunal de Juicio
Procedimiento para la Aplicación de Medidas de Seguridad
- Art 410 COPP se inicia con acción del Ministerio Público por la ininputabilidad de una persona
- Art. 411 COPP El procedimiento se regirá por las reglas comunes y las establecidas en éste artículo
- Art 412 del COPP Aplicara procedimiento ordinario cunado el investigado no es iniimputable
- Art. 411 COPP El procedimiento se regirá por las reglas comunes y las establecidas en éste artículo
- Art 410 COPP se inicia con acción del Ministerio Público por la ininputabilidad de una persona
Del Procedimiento para la Reparación del Daño y la Indemnización de Perjuicios
- Art. 413 COPP podrá demandarse ante el Juez del Tribunal que dictó la sentencia
- Art. 414 COPP La demanda Civil debe contener todos los requisitos contenidos en este artículo
- Art. 415 COPP La demanda debe ser admitida o rechazada en lo 3 dias siguientes a su presentación
- Art. 416 COPP Para ser admitida la demanda serán examinados loas aspectos contenidos en este artículo
- Art. 417 COPP Admitida la demanda se ordenará la reparación de daño o indemnización de perjucio y la decisión contendrá los requisitos del presente artículo
- Art. 418 COPP Objeción, sólo puede objetarse la legitimación del demandante, por escrito
- Art. 419 COPP Audiencia de Conciliación, si hubiera objeciones en los 5 dias al vencimiento del termino para la objeción
- Art. 420 COPP Inasistencia, si no conparecieran a la audiencia de conciliación se tendrá desistida la demanda
- Art 421 COPP Audiencia, el dia fijado para ésta con las partez comparecientes se incorporaran los medios de prueba. El Juez dictará setencia admitiendo o rechazando la demanda
- Art 422. COPP Ejecución, a solictud de la parte interesa el Juez procederá a la ejcución forzosa de la sentencia según el CPC
- Art 421 COPP Audiencia, el dia fijado para ésta con las partez comparecientes se incorporaran los medios de prueba. El Juez dictará setencia admitiendo o rechazando la demanda
- Art. 420 COPP Inasistencia, si no conparecieran a la audiencia de conciliación se tendrá desistida la demanda
- Art. 419 COPP Audiencia de Conciliación, si hubiera objeciones en los 5 dias al vencimiento del termino para la objeción
- Art. 418 COPP Objeción, sólo puede objetarse la legitimación del demandante, por escrito
- Art. 417 COPP Admitida la demanda se ordenará la reparación de daño o indemnización de perjucio y la decisión contendrá los requisitos del presente artículo
- Art. 416 COPP Para ser admitida la demanda serán examinados loas aspectos contenidos en este artículo
- Art. 415 COPP La demanda debe ser admitida o rechazada en lo 3 dias siguientes a su presentación
- Art. 414 COPP La demanda Civil debe contener todos los requisitos contenidos en este artículo
- Art. 413 COPP podrá demandarse ante el Juez del Tribunal que dictó la sentencia
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Informações
- Descrição
- Tarea de simulacion de audicencia
- Criado por
- JOSE DANIEL GAMEZ RODRIGUEZ
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