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laboral individual y colectivo - I corte

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laboral individual y colectivo - I corte

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laboral individual y colectivo - I corte

  1. regula las relaciones entre el empleador y uno o varios trabajadores a nivel individual y de esta forma otorgar unas garantias minimas al trabajador

    • ORIGNEN
      • Del latin "trabis" castigo o traba, que dificulta llegar a una meta latin "laboris" labor o actividad. Derecho facultad de ejercer
      • la formacion de la primera clase obrera se definio en 1760, en la revolucio industrial donde se sustituó los talleres artesanales por manufacturas y luego por las fabricas. Desde ese momento se dio origen a las palabras que son base del Derecho laboral (capital trabajo, empleador y trabajador, empresa sindicato).
      • DERECHO LABORAL EN COLOMBIA
        • FUENTES DEL DERECHO LABORAL
          • aquello que origina las normas que regulan las relaciones laborales
            • FUENTES FORMALES
              • normas que nacen como consecuencia de las fuentes materiales, para regular el marco jurídico los derechos y deberes de las partes, y con ello realizar reclamos ante su violación.
            • FUENTES REALES O MATERIALES
              • Aquellos hechos o circunstancias de la realidad o interese sectoriales que determinan que se dicten las normas laborales. son metas juridicas o sociologicas.
        • FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
          • Convenios internacionales: tratados internacionales ratificados por el organo competente (congreso), por ende son fentes del derecho.
          • constitución política de Colombia: es la norma de normas.
          • ley: regula las relaciones entre trabajadores y empleados
          • contratos: virtud de l acuerdo entre las partes que generan unos derechos.
          • convención colectiva: acuerdo entre empleadores y sindicatos para mejorar las relaciones de trabajo.
          • reglamento interno: regula las relaciones entre empleador y trabajador de acuerdo al reglamento laboral.
          • jurisprudencia: es uniforme, repetitiva y se convierte en doctrina probable.
          • costumbre: debe ser uniforme y repetitiva en el tiempo.
        • PRINCIPIOS DEL DERECHO
          • legislación laboral: lograr la justicia en las relaciones de trabajo.
          • primacia de la realidad: se entiende como la relación que existe en un trabajo.
          • irrenunciabilidad de los derechos laborales: no se puede renunciar a un salario o indemnización art. 14-340
          • favorabilidad: la ley mas favorable que se aplique al trabajador.
          • igualdad de oportunidad: toda persona tiene derecho a trabajar art. 53
          • derecho a huelga o libre asociación: los trabajadores se pueden reunir para mejorar sus condiciones laborales art. 56
          • libertad obligatoriedad del trabajo: libertad de escoger profesión u oficio art. 26
          • derecho de protección del trabajo: se encuentran los derechos que establece el articulo 25 del C.S.T.
        • CONTRATO DE TRABAJO
          • contrato sui generis, unico en su especie, no puede ser comparado a algún tipo civil.
            • ELEMENTOS
              • capacidad: facultad de administrarce así mismo
              • consentimineto: voluntad de querer celebrar el contrato jurídico, debe ser puero y simple (sin ningún vicio - error, fuerza, dolo-).
              • objeto: la razón del negocio, sobre lo que recae el negocio juridico.
              • causa: razón o motivo que induce a contratar.
            • ELEMENTOS ESENCIALES
              • prestación personal
              • subordinación
              • salario como remuneración
          • CARACTERISTICAS
            • bilateral
            • oneroso
            • comunitario
            • principal
            • consensuado
            • tracto sucesivo
            • adesión
            • intuito persona
            • FORMAS DE CELEBRAR EL CONTRATO
              • verbal
                • acuerdo que se encuentra estipulado en el artículo 37
              • escrito
                • se encuentra elaborado en un documento suscrito por las partes
          • DURACIÓN
            • indefinido
              • estara vigente cuando subsistan las causas del contrato
            • fijo
              • pactados por un tiempo especifico, ya sea inferior a 1 año o superior a 1 año pero menor de 3 años t pactado por escrito.
          • EJECUCIÓN DEL CONTRATO
            • inicio de derechos y deberes
              • se ejecuta de buena fe
              • se derivan obligaciones establecidas por la ley
            • PERIODO DE PRUEBA
              • se determina si las caracteristicas del empleador y el trabajador son buenas, se pacta por escrito
                • termino indefinido: maximo 2 meses
                • termino fijo: quinta parte del tiempo pactado sin exeder 2 meses
          • SALARIO ART. 127 C.S.T
            • se puede pagar en el tempo tipulado mensual o quincenal (sueldo) o cada 8 días o el mismo día (jornal)
            • SALARIO MINIMO ART. 145
              • es la cantidad minima que debe recibir un trabajador ($689.454)

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