Notas
Victoria Sánchez A.
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¿Qué es el bien común?
Es
aquel bien que no es propiedad privada de
ninguna persona sino que, por el contrario, corresponde a todos y es utilizado
por todos como, por ejemplo, el aire, el agua de lluvia, el mar, la luz del sol.
La idea
de que el bien común constituye el fin último del derecho proviene
de la filosofía aristotélico-tomista.
Como el derecho constituye
un ordenamiento social, su finalidad suprema no
puede ser otra cosa que la de obtener lo que esa sociedad se
propone. Las aspiraciones de la comunidad se
inclinan naturalmente a buscar su propio bien. Y ese bien de la Sociedad entera
constituye el bien común, Nacional o internacional, según sea la esfera de aplicación del derecho que se
proyecta o se juzga.
Puede
afirmarse que el bien común es la finalidad social
suprema hacia la cual tienden todos los objetivos del hombre; de tal manera que
la justicia, el orden, la paz y la seguridad son como
las bases en que se asienta el bienestar colectivo. Y como es una finalidad Suprema de
la sociedad -y no del derecho aisladamente
considerado-, el bien común es en definitiva el último intérprete de esos
otros fines exclusivamente jurídicos, el que juzga su oportunidad, el que dirime sus conflictos, el que hace prevalecer a
uno sobre otro y el que encauza a todos, teniendo
en consideración las circunstancias sociales a
que debe adecuarse el derecho.
Aparentemente, el
concepto del Bien Común aparece como algo sencillo. Sin embargo, posiblemente
con buenas intenciones mas no con propiedad, éste concepto se ha convertido en
un arma que trata de anular o destruir la realización del bien singular o bien hacer
creer que el bien singular y el bien común son antinomias reales, y esto no es,
ni nunca será así.
Ahora bien, el concepto propiamente de bien común no basta simplemente
enunciarlo como de esta única naturaleza. Es necesario que exista una especie
de consenso, un acuerdo de opiniones de que todos los hombres consideren
aquello como una cosa perfectamente realizable y que generará un beneficio
efectivo a toda la población. Un ejemplo de ello sería las medidas tomadas por
el legislador para propiciar, fomentar y proporcionar una mejor educación
pública. Posiblemente a las personas de edad madura éstas medidas no les
afectarán directamente, pero el resultado de una política educativa nacional al
conciliar los intereses privados y públicos de una restructuración educativa
moderna, admitiría que realiza un beneficio general para todos.
El bien común determina
para el individuo la existencia de un deber, el de participar con su actividad
y sus medios propios en la actuación social. Porque existe este deber los individuos se hacen
responsables de la consecución del bien común, y tienen, como contrapartida, el
derecho a participar en las ventajas de la empresa común , a la que se ve
obligado a cooperar, no por una exigencia de la justicia positiva, sino de la
justicia natural.
El deber de cooperar
al bien común es de derecho natural. En cuanto que por su propia naturaleza el
hombre está avocado a la vida social, para
conseguir en ella, con su propio perfeccionamiento el bien de los demás, ya que
en el bien común se encuentra integrado el suyo propio.
Bibliografia:
Enciclopedia Jurídica.
Bien común.(2014)
Recuperado de: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/bien-com%C3%BAn/bien-com%C3%BAn.htm
Dra. María luisa
Beltranena de Padilla
Guatemala,
junio 2010 –
Recuperado de: http://derecho.ufm.edu/que-se-entiende-por-el-bien-comun/#sthash.s2hzx2is.dpuf
Felipe González y González.
244 paginas.
Recuperado de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/469/25.pdf
Monopolio de la Violencia:
El Estado como monopolio de la violencia según Max Weber:
“Estado es aquella comunidad humana que, dentro de un determinado territorio (el “territorio” es elemento distintivo), reclama (con éxito) para sí el monopolio de la violencia física legítima. Lo específico de nuestro tiempo es que a todas las demás asociaciones e individuos sólo se les concede el derecho a la violencia física en la medida en que el Estado lo permite. El Estado es la única fuente del “derecho” a la violencia.”
La relación estrecha entre violencia y Estado que supo ver Weber a principios del siglo XX ha influido en la sociología y la teoría del Estado actual. Aquellos que desconocen el pensamiento del sociólogo alemán pueden entender que el autor pretendía denostar o criticar al Estado subrayando esa relación, pero nada más lejos de la realidad.
El Estado se puede definir de muchas maneras, sin embargo, la menos ambigua es aquella que lo define por su medio específico: la violencia. Hoy se nos educa en la idea de que la violencia es mala , pero eso es algo francamente contradictorio: el Estado que sufraga campañas a favor de la paz vende y posee más armas que el conjunto de la ciudadanía. El Estado, cualquier Estado, intenta des legitimar la violencia ajena a sí mismo, pero en ningún caso deja de hacer uso de la violencia para auto sustentarse.
El grupo criminal que usa la violencia y el Estado se distinguen porque el grupo criminal usa la violencia sin que pueda reclamar con éxito el monopolio de tal uso, el Estado sí. Por ejemplo, si un grupo terrorista exige a un ciudadano un impuesto revolucionario, el ciudadano se puede oponer y sufrir la violencia de esa organización; no obstante, esa violencia es considerada criminal y es perseguida. Se muestra diáfanamente que el grupo terrorista no posee tal monopolio porque debe “ejecutar” su violencia de espaldas al poder legítimo y, además, existe un cuerpo de leyes que exigirá que esa violencia sea juzgada y reprimida. Por contra, si el Estado reclama a alguien una cierta cantidad de dinero (impuestos) y el ciudadano se opone, el Estado ejercerá impunemente, o mejor dicho, legalmente la violencia sobre él (cárcel, incautación de propiedades, pérdida de derechos civiles…).
Aunque hoy nos resulte políticamente incorrecta, la afirmación de que la violencia legítima es el medio específico del Estado es una idea común en la sociología actual y que se considera, casi paradigmáticamente, como cierta.
Bibliografia:
Weber, Max; La política como vocación;Alianza Editorial 2009, trad. Francisco Rubio Llorente; pp. 83-84.
Recuperado de: http://www.lasangredelleonverde.com/el-estado-como-monopolio-de-la-violencia-segun-max-weber/
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- Notas sobre Victoria Sánchez A. , criado por Victoria Sánchez Andrew em 12-04-2016.
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- Victoria Sánchez Andrew · abr 2016
- Atualizado
- 12 mai 2016
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