Mapa mental
ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL II
Conteúdo do mapa
ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL II
REGISTRO CENTRAL
- A CARGO DE 2 MAGISTRADOS asistidos de otros tantos LAJ. Los magistrados se sustituirán entre sí, en su defecto serán sustituidos por los encargados del RC de Madrid. DGRN determinará las funciones que correspondan a cada encargado
REGISTRO CIVIL DE LA FAMILIA REAL
- DL 17/75 20 de nov sobre la familia real. Por razones obvias era necesario restablecer inmediatamente y urgente el RC de la familia real española. A propuesta del Consejo de Ministros en su reunión extraordinaria, El Consejo de Regencia dipuso
- REGISTRO DEL ESTADO CIVIL de la FAMILIA REAL de España
- Se AUTORIZA AL GOBIERNO dictar A PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA el texto refundido de las disposiciones promulgadas para regular dicho registro, serán armonizadas con la vigente legislación RC
- RD 2917/1981 27 nov sobre RC de la Familia Real (desarrolla el anterior Decreto Ley
- SE INSCRIBIRÁN los nacimientos, matrimonios y defunciones así como cualquier otro hecho o acto inscribible que AFECTAN AL REY DE ESPAÑA, su consorte, sus ascendientes en 1º grado, sus descendientes y al Principe heredero de la Corona
- Estará A CARGO DEL MINISTRO DE JUSTICIA asistido como secretario por el Director General de los Registros y del Notariado
INSPECCIONES Y SANCIONES
- se DISTINGUEN ENTRE INSPECCIÓN
- SUPERIOR, el Ministerio de Justicia a través de la DGRN por funcionarios del grupa A licenciados en derecho con categoría de subdirectores o jefes de servicio
- ORDINARIA por el Pte del TSJ o por el Mag en quien delegue
- No obstante el encargado del REGISTRO MUNICIPAL el Juez de 1ª Instancia visitará a los RC delegados de los Juzgados de Paz que de él dependan
- Los REGISTROS CONSULARES, las inspecciones serán a cargo del jefe de la misión diplomática, podrá delegar en funcionarios allí destinados previa autorización del Ministerio de Asuntos Exteriores
- 1 VEZ AL AÑO salvo en los registro consulares, que no tienen sujeción a periodos. El REGLAMENTO DISTINGUE ENTRE VISITAS
- 1ª Instancia al Juz de Paz
- inspecciones que realiza la DGRN o el TSJ
- En los libros y en el de Personal se EXTENDERÁ DILIGENCIA de la visita o inspección y se LEVANTARÁ ACTA MINUCIOSA por duplicado, una quedará en el órgano visitado o inspeccionado. Conforme a la circular de la DGRN de 1963 el inspector no precisará de secretario. Serán firmadas, las actas, por el inspector registrador y el LAJ del órgano inspeccionado
- CONTENIDO se rige el cumplimiento de la LEY Y EL REGLAMENTO la conservación de libros y legajos. Si hay infracciones deberán comprobarlas, promover expediente para subsanarlas, imponer multas o dar cuenta a órganos correspondientes para imponer sanciones.
- Debe efectuarse UNA MEMORIA QUINQUENAL en los años terminados en 0 o 5 por inspectores ordinarios (Pte TSJ), con un año de anticipación, al encargado de un Registro
- se DISTINGUEN ENTRE INSPECCIÓN
Informações
- Descrição
- O usuário eliminou as informações de disciplina Mapa Mental sobre ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL II, criado por Usuário eliminado em 17-04-2020.
- Criado por
- Usuário eliminado · abr 2020
- Atualizado
- 17 abr 2020
- Visualizações
- 15
- Histórico
-
- Criado por Diana Fernández Ruiz · 16 abr 2020
- Copiado por Diana Fernández Ruiz · 17 abr 2020
- Avaliação