Presentación: Ley general del servicio profesional docente
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Ley general del servicio profesional docente
- La ley general del servicio profesional docente establece los criterios, los términos y condiciones para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el Servicio, la cual se divide en cinco titulos de la siguiete manera:

- Legenda: Educar para un mejor mañana
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Titulo 1.- Disposiciones generales.
- En este apartado se tiene los objetivos, conceptos y principios de la presente ley. Se establece para quines va dirigido, que basicamente es para la educación basica y media superior y a los sujetos docentes, directores, coordinadores de zona y ATPs.
- Se especifica de manera clara que lo que busca es una educación de calidad para los niños y niñas de México

- Legenda: la LGSPD, como su nombre dice va para docentes principalemnte.
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Titulo segundo. Servicio profesional doc.

- Legenda: Educar para un mejor mañana.
- En su capitulo ll, se especifica las faculdades que tiene La Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
- La cual en todo momento se estará coodinando con la autoridad educativa tanto a nivel federal como de los estados para coorninar esfuerzos en el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio de los docentes, directivos, supervisores y ATPS, que sean los mas ideoneos que se desempeñen en éstos puestos. y por tanto mejorar la calidad educativa.
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- El capitulo VII trata sobre el reconocimiento en el servicio. Es decir segun el documento de la LGSPD, el que cumpla cabalmente con su responsabilidad sera merecedor de reconocimiento y de incentivos.
- El capitulo VIII.- habla de la permanencia en el servicio, que pracicamente esta sujeto a los resulatdos de la evaluación y que dicho sea de paso se tiene tres aportunidades, pero si a la tercera aportunidad no se aprueba el examen; para los profesores que tiene base en el momento de aprobarse la presnete seran reubicados y si no seran despedidos sin prejuicios para la autoridad.
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En su titulo tercero establece:
- Habla de los perfiles, parametro e indicadores que debe cumplir los docentes para ingresar, promover, reconocer o permancer en el desempeño docente. Y esta parametros e indicadores se elaboram en coordinación con la Secretaria de Educación Eublica federal y estatal; y la Coordinación Nacional del servicio profesional docente. para mejorar una buena calidad educativa. que se resumen en cursos de actualización continua y someterse a evaluaciones y probar.

- Legenda: Educar para la vida, por un Pais mejor
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El titulo cuarto. Formación continua.
- De
- la formación continua, actualización y desarrollo personal.
- El Estado proveerá lo necesario para
- que el Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección y de
- Supervisión tenga opciones de formación continua. Artículo 55. La
- oferta de formación continua deberá: 1. Favorecer al mejoramiento de la
- educación 2. Ser pertinente a las necesidades de la Escuela y Zona
- Escolar 3. Tomar en cuenta las evaluaciones internas y externas.

- Legenda: Educarse es una premisa en enseñar.
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Titulo quinto. Obligaciones y sanciones.
- Es obligación de la autoriad educativa dar avisos de los périodos de ingreso, promocion y reconocimiento de docentes de manera aportuna, vigilar los procesos de evaluación que sean de la manera mas transparente posible. y los docentes someterse a la evaluación de lo contrario seran sepadados de su cargo. el docente tiene tres poportunidades si tiene base lo reubican en alguna puesto de trabajo de lo contrario si son despedidos

- Legenda: Conocer la verdad y la verdad nos hara libres.
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- El personal que a la entrada en vigor
- de la presente Ley se encuentre en servicio y cuente con Nombramiento
- Definitivo, con funciones de docencia, de dirección o de supervisión en
- la Educación Básica o Media Superior impartida por el Estado y sus
- Organismos Descentralizados, se ajustará a los procedimientos
- evaluatorios y actividades de regularización. El personal que no
- alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se
- refiere el artículo 48 de la Ley, no será separado del servicio público y
- será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho
- servicio, conforme a lo que determine la Autoridad Educativa, o bien, se
- le ofrecerá incorporarse a los programas de retiro que se autoricen.
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La importancia de conocer la LGSPD
- Desde mi perfil es importante conocer la LGSPD, poeque es la guia de la educación basicay media superior en México, para quies estamos en servicio, es necesario y urgente conocer estos nuevos lienamiento que rigen la educación que han provocados cambios vertiginosos en el rumbo de la educación y en los involucrados como los docentes, directivos superviosres. y así poder asumir este nuevo reto que hojala sean en beneficio de los jovenes y señoritas de este país.
Informações
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- En esta presentación se encuentra la fundametación legal de la evaluación docente.
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- kauilmooj
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