Entidades locales según LRBRL (modificada en 12 del 2013)

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Entidades locales son:- Municipio-Provincia-Isla-Y además:    - comarcas (Según Estatutos)                         - Areas Metropolitanas                         - Mancomunidades

Potestades de entidades locales: Reglamentaria y de autoorganización Tributaria y financiera de Programación/planificación Expropiatoria, deslinde y recuperación de oficio Presunción de legitimidad y ejecutividad de actos. Ejecución forzosa y sancionadora de Revisión de oficio de sus actos. Prelaciones, etc reconocidas a la Hacienda (sin prejuicio...)

Principios de actuación de entidades locales:Propias:   - por ley                   -autonomía, bajo propia responsabilidad.Delegadas:   - por acuerdo de delegación                        - dirección y control de oportunidad y eficienciaOtras:  si no supone riesgo ni duplicidad en los servicios

EL MUNICIPIOPersonalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus finesElementos:   Territorio                         Creación, Supresión y Alteración:- por legislación de CCAA-Audiencia a los municipios afectados- Necesario dictamente del Consejo de Estado- Dar conocimiento a AGENuevos Municipios:- Sobre núcleos de población diferenciados, de igual o más de 5000 habitantes- Si son financieramente sostenibles, cuentan con recursos y no supone una disminución en la calidad de los serviciosCambios de denominación:- Anotado en registro de AGE- Publicado en BOE- en castellano, cualquier otra lengua oficial o ambasPoblación=personas inscritas en el Padrón = vecinosExtranjeros no comunitarios sin autorización tienen que renovar cada 2 añosDatos obligatorios del padrón:- Nombre y apellidos- Sexo- Domicilio habitual- Nacionalidad- Lugar y fecha de nacimiento- DNI o Targeta de Residencia o NIE- Título escolar- OtrosCesión de datos del padrón posible sin consentimiento, sólo en asuntos en los que el domicilio es relevante.Los ayuntamientos remitirán los padrones al INE para su coordinaciónDerechos y Deberes de los vecinos- Ser elector y elegible, según la ley electoral- participar en la gestión municipal, según ley- Usar servicios públicos y comunales, según las normas- Contribuir mediante prestaciones económicas y personales- Ser informado, previa petición razonada y dirigir solicitud a la admón municipal sobre expedientes y documentación municipal.- pedir consulta poplar, según ley- Exigir prestación de servicios si es competencia municipal obligatoria- Iniciativa popular.OrganizaciónEl gobierno corresponde al ayuntamiento: - Alcalde (elegido por los concejales o por los vecinos)                                                                                    - Concejales, elegidos por los vecinos (sufragio universal, igual, libre, directo y secreto)Reglas:- Alcalde, tenientes y Pleno en todos los ayuntamientos- Junta de Gobierno Local (JGL) si:  - >5000 habitantes                                                                  - - Organos que informan sobre los asuntos o quehagan seguimiento del alcalde y de la JGL: - >5000 habitantes obligatorio                                                                                                                                                                                  - - Comisión Especial de cuentas en todos- Comisión Especial de Sugernecis y Reclamaciones en los de Gran PoblaciónCompetencias del Alcalde:- Dirige el Gobierno y la adminstración municipal- Representa al ayuntamiento- Convoca y preside el pleno (salvo lo dispuesto de JGL)- Dirige, inspecciona e impulsa los servicios y obras municipales- Dictar bandos- Desarrollo de la gestión económica, según presupuesto: 8operaciones de crédito si - Aprobar la oferta de empleo Público (según Presupuestos y plantilla aprobados por el Pleno- Aprobar las bases de pruebas selectivas, etc.- Jefatura superior de todo el personal, nombramientos ysanciones  (separaciones dando cuenta al Pleno)- Jefatura de policía- Aprobación de instrumentos de planeamiento urbanísticos no atribuido al Pleno- Acciones judiciales y admivas en defensa del ayto.- Iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad.- Adoptar personalmente medidas en caso de catástrofes dando cuenta inmediata- Sancionar faltas de desobediencia- Aprobación de proyectos de obras y servicios de su coempetencia- Licencias (a no ser que sean del Pleno)- Ordenar publicación, ejecución y acer cumplir los acuerdos- Nombramientos de los Tenientes de AlcaldeCompetencias del Pleno:- Control  y fiscalización de órganos de Gbno- Acuerdos de participación en organizaciones supramunicipales- Alteración de términos, creación de municipios y órganos, alteración capitalidad, cambio de nombres, bandera, etc.- Aprobación inicial de planeamiento general...- Aprobación ROF y sus ordenanzas.- Determinación de recursos propios tributarios, aprobación y modificación de presupuestos, disposición de gastos.- Aprobación de formas de gestión de los servicios- Aceptación de delegación de competencias por otras administraciones.- Planteamiento de conflictos de competencias- Aprobación de RPT, retribuciones complementaria- Acciones judiciales en defensa de corporación, de sus competencias- Declaración de lesividad de actos del ayuto.- Alteración de calificación de bienes de dominio público.- Concertación de operaciones de crédito- Aprobación de proyectos de obra- Todas las que exijan una mayoría especial para su tramitación- Votación sobre moción de censura y  cuestión de confianza al Alcalde.JGL:- Alcalde + Concejales (- Competencias: - Asistencia al Alcalde                                 - Lo que el Alcalde/otro le delegue Competencias del municipio:- urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución. Ptrimonio Histórico. Vivienda protegida.- Medio ambiente urbano: parques, residuos sólidos...- Abastecimiento de agua potable y evacuación de aguas residuales.- Infraestructuras viarias- Evaluación de situaciones de necesidad social y atención.- Policía local, protección vicil, incendios.- Tráfico, estacionamiento, transporte colectivo.- Información, promoción turística.Ferias, abastos, mercados, comericio abulant

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