Mapa Conceptual de Vicios de la Voluntad

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mapa conceptual de vicios de la voluntad
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Enumeración del Art. 1451 CC DOLO INTIMIDACIÓN ERROR SIMULACIÓN como vicio del consentimiento en los actos jurídicos es todo artificio, astucia, trampa, maniobra o maquinación para conseguir la ejecución de un acto El Dolo Causante El dolo causal se encuentra establecido en el artículo 210º del Código Civil: "el dolo es la causa de anulación del acto jurídico El Dolo incidental El artículo 211º del Código Civil define al dolo incidental como un engaño ineficiente para determinar la voluntad El Dolo Reciproco El artículo 211 de nuestro código civil indica que se da cuando dos celebrantes se engañan mutuamente mediante un dolo incidental El Dolo Bueno y el Dolo Malo Es un engaño menor, una simple exageración de cualidades de la cosa ofrecida. Ejemplo: propaganda de comercio que exagera bondades de un producto y guarda silencio sobre sus defectos secundarios. Concepto: No todo error constituye un vicio de voluntad Puede clasificarse en: Falso concepto de la realidad Error de derecho Error de Hecho Error obstativo Error indiferente Art. 1452 CC Para efectos posesorios (Art. 706 inc. 4) "El error sobre un punto de derecho no vicia el consentimiento Art. 8 CC "Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que esta haya entrado en vigencia constituye mala fe, y no admite prueba en contrario Error esencial Error sustancial Error accidental Error sobre la persona "error impidiente u obstativo" Art. 1453 CC no permite que se forme el consentimiento Sanción Inexstencia o nulidad absoluta Hipótesis planteadas: Sanción Sobre la naturaleza del negocio (in negotio) Sobre la identidad del objeto (in corpore) Doctrina: La o las partes, se equivocan en cuanto al negocio que celebran Ejemplo Si una parte entendiera que la cosa se le entrega en usufructo, y en realidad se la dio en arrendamiento La cosa que una de las partes supuso que era el objeto del acto, no tenía relación con este Ejemplo Una persona quiso cancelar una hipoteca, pero terminando cancelando otra Error sobre la causa Nulidad relativa Art. 1454 inc. 1 CC Sanción recae sobre las cualidades de la cosa que ha sido determinante en la manifestación de voluntad Ejemplo Si por alguna de las partes se supone que el objeto es una barra de plata, y realmente es una masa de algún otro metal semejante Nulidad relativa Art. 1454 inc. 2 CC recae sobre calidades objetivamente accidentales, particularidades del objeto solo viciará el consentimiento: Ejemplo cuando han sido motivo principal para contratar y ese motivo haya sido conocido de la contraparte La compra de un auto de un color específico No será error si el vendedor no estaba enterado del color específico Art. 1455 CC la consideración de una cierta persona es lo que motiva la manifestación de voluntad Ejemplo Contratos intuito personae El testamento Contratos celebrados en consideración a la persona Se hacen asignaciones a ciertas personas en consideración al afecto que les liga al testador Un error del disponente en cuanto a la persona del asignatario invalida la disposición de voluntad En vez de invalidar un acto, lo valida, siendo que por otras razones no sería válido Requisitos necesarios: 1) Que se trate de un error compartido por un gran Nº de personas 2) Debe existir un justo motivo para creer en la situación del caso 3) Debe existir buena fe de parte de quienes lo alegan

Momento de apreciación En el momento de la conclusión del respectivo negocio Hechos o circunstancias producidas posteriormente no podrán tomarse en cuenta para juzgar de la existencia de un vicio de voluntad

Vicios de la voluntad

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