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- Artículo 1°.
- Ámbito de aplicación y principios. Las normas del presente Código rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulación de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de tránsito, y vehículos por las vías públicas o privadas que están abiertas al público, o en las vías privadas, que internamente circulen vehículos; así como la actuación y procedimientos de las autoridades de tránsito
- LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO MÁS COMUNES SON:
- POR ESTADO DE EMBRIAGUEz
- EXCESO DE VELOCIDAD
- PASARSE UN SEMÁFORO O UN PARE
- HABLAR O CHATEAR POR CELULAR
- NO USAR LA CEBRA O LOS PUENTES PEATONALES.

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- Slide Set on Untitled, created by cristhiam david diaz solano on 12/06/2017.
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- cristhiam david diaz solano
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