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Lupita Ramirez Spanish

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  1. TEORIA DEL SERVICIO PUBLICO

  2. IMPORTANCIA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

  3. LA FUNCIÓN PÚBLICA Y EL SERVICIO PÚBLICO

  4. La importancia es que el Estado intervenga y así asumir en forma directa y reglamentada la responsabilidad de proporcionar bienes y ciertos servicios a los administrados y así satisfacer una necesidad colectiva y estar atendida por el propio Estado.

  5. Las funciones del Estado no son servicios públicos, sino estructuras del poder público.

    La función es un concepto institucional mientras que el servicio público actualiza y materializa la función

  6. CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO

  7. Actividad técnica, directa o indirecta, de la administración pública activa o autorizada a los particulares, que ha sido creada y controlada para asegurar -de una manera permanente, regular, continua y sin propósitos de lucro-, la satisfacción de una necesidad colectiva de interés general, sujeta a un régimen especial de derecho público.

  8. LOS ELEMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO

  9. Generalidad: derecho a usar de los servicios de acuerdo con las normas que los rigen.

    Uniformidad o igualdad: derecho a prestaciones iguales siempre y cuando cumplan con los requisitos determinados por la ley.

    Continuidad: El servicio no debe interrumpirse

    Regularidad: El servicio debe manejarse conforme a reglas

    Obligatoriedad: es el deber que tienen las autoridades encargadas de prestar el servicio

    Persistencia: que comprenda nuevas necesidades colectivas definitivamente persistentes

    La gratuidad del servicio: el servicio público debe ofrecerse al público sin la idea de lucro

  10. LAS DOCTRINAS OBJETIVAS Y SUBJETIVAS DEL SERVICIO PÚBLICO

  11. Teoría subjetiva: Toda actividad cuyo cumplimiento debe estar asegurado, regulado y controlado por los gobernantes

    Teoría subjetiva: Son exclusivamente servicios públicos las necesidades de interés general que los gobernantes, en un país dado, en una época dada, han decidido, satisfacer por el procedimiento de servicio público,

  12. EL SERVICIO PÚBLICO NO ABARCA TODA LA ACTIVIDAD DEL ESTADO

  13. Por el aumento de población y la complejidad de las relaciones jurídicas, sociales y económicas, implica mas atribuciones de la administraciones publicas, lo cual provoca que no se puedan abarcar por el Estado y que los particulares participen de forma importante.

  14. LOS SERVICIOS SOCIALES

  15. Se admite como tales a los servicios que se orientan a suministrar 'prestaciones sociales', con el fin de mejorar la situación de personas desfavorecidas, con el fin de reparar las injusticias sociales y a disminuir las desigualdades de todo género

  16. EL RÉGIMEN JURíDICO DEL SERVICIO PÚBLICO

  17. El servicio público es una creación del Estado el cual atiende a su organización y funcionamiento, con los elementos legales y materiales que le son necesarios.

  18. LA NOCIÓN DE SERVICIO PÚBLICO EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA

  19. actividad organizada que se realiza conforme a disposiciones legales o reglamentarias con el fin de satisfacer en forma continua, uniforme y regular, necesidades de carácter colectivo. La debida prestación de estos servicios es de interés público.

  20. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

  21. A) Servicios públicos federales.

    B) Servicios públicos de las entidades federativas. C) Servicios públicos municipales.

    D) Servicios públicos internacionales

  22. DIVERSOS MODOS DE PRESTAR LOS SERVICIOS PÚBLICOS

  23. a) Administración directa

    b) Arrendamiento y administración o gestión interesada

    e) Concesión de servicios públicos

    d) Descentralización por servicio

    e) Empresas de economía mixta o empresas privadas de interés público

    f) Servicios subvencionados o servicios públicos personificados.

    g) Otras formas de manejo de servicios públicos en instituciones públicas, o privadas o mixtas

  24. SERVICIOS PUBLICOS COMERCIALES y SERVICIOS PÚBLICOS INDUSTRIALES

  25. No hay inconveniente que el Estado asuma la organización de servicios públicos comerciales e industriales, para subsanar los desmanes de las empresas particulares

  26. LA MODIFICACIÓN Y SUPRESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO

  27. En nuestro régimen jurídico el Legislador puede crear un servicio público en dos formas: a) Por medio de una ley que específicamente regule; y b) Por medio de una ley que autorice a la autoridad administrativa para crearlos

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Flowchart on Untitled, created by Lupita Ramirez on 29/10/2020.
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Lupita Ramirez · Oct 2020
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Oct 29, 2020
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