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Inscripción de sociedades mercantiles
Paso 1
Proceder a llenar en la página del Registro Mercantil www.registromercantil.gob.gt el formulario de solicitud de inscripción de sociedades mercantiles ante la superintendencia de administración tributaria y el registro mercantil –SATRM-02. Exportarla a PDF, presionando el botón “exportar a PDF” proceder a descargarlo e imprimir dos solicitudes y firmar cada una en original.
Paso 2
Pagar en la Agencia de Banrural del Registro Mercantil, cualquiera de sus agencias o bien en línea, mediante cuenta de dicho banco los siguientes montos acorde a la cantidad financiera:
Si el capital autorizado de la sociedad no excede de Q 499,999.99
Q 30.00 Emisión de Edicto
Q 200.00 Publicación del Edicto
Q 0.20 por hoja de cada libro, si se solicita autorización de libros
Si el capital autorizado de la sociedad es de Q 500,000.00 o más:
8.5 por millar sobre el monto del capital autorizado (Ese cobro no excederá de Q 40.000.00)
Q 150.00 por la inscripción del primer auxiliar de comercio
Q 100.00 por inscripción de primera empresa
Q 30.00 de edicto
Q 200.00 por la publicación del edicto
Q 0.20 por hoja de cada libro, si se solicita autorización de libros
Paso 3
Presentar en la Ventanilla de Sociedades del Registro Mercantil o alguna de sus delegaciones departamentales, en un folder tamaño oficio con pestaña los siguientes documentos: 2 originales de la solicitud SATRM-02, en la que se haya consignado toda la información requerida en ella, firmadas en original por el solicitante de la inscripción (puede ser uno de los socios, el representante legal nombrado o el notario autorizante de los documentos a registrar).
Paso 4
Comprobantes de Pago de los honorarios establecidos en el Arancel del Registro Mercantil para la inscripción de sociedades mercantiles
Testimonio original de la escritura pública de constitución de sociedad y una copia
Acta original del nombramiento del Administrador de la sociedad y una copia. -Tanto el representante legal nombrado y el contador de la sociedad deben contar con agencia virtual y datos biométricos (impresión dactilar) registrados y actualizados- requisito establecido a partir del 2 de marzo de 2020 por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, para la inscripción de sociedades mercantiles en el Registro Tributario Unificado, RTU
Original y fotocopia simple del documento de identificación (o pasaporte) DPI del solicitante de la inscripción (socio, representante legal o notario autorizante de los documentos sujetos a inscripción
Copia del Boleto de Ornato del solicitante de la inscripción (socio, representante legal o notario autorizante de los documentos sujetos a inscripción)
Factura por los servicios de agua, luz o teléfono. (vigencia 3meses), requisito establecido por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- para inscripción de sociedades en el Registro Tributario Unificado.
Recoger en la ventanilla del Departamento de Sociedades Original del testimonio o testimonios de la escritura constitutiva de la sociedad, lo siguiente:
El acta de nombramiento del Administrador
Stickers de autorización de los libros que se haya solicitado.
Nota importante
Las patentes de sociedad y empresa, así como las razones de inscripción del testimonio y del acta de nombramiento puede descargarlas el interesado en la página www.registromercantil.gob.gt, opciones e-patentes y e-razones e imprimirlas. Luego adherir Q 200.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de sociedad, Q 50.00 en la patente de comercio de empresa, un timbre fiscal de Q 0.50 a la razón de inscripción del testimonio de la escritura social y un timbre fiscal de Q 0.50 a la razón de inscripción del nombramiento del administrador.
Si se hubieren aportado bienes registrables (inmuebles o muebles identificables como vehículos, marcas, empresas mercantiles, etc.), deberá presentarse ante el Registro Mercantil, memorial adjuntando la documentación que demuestre el efectivo traspaso de dominio de los bienes en un término de 3 meses, los cuales podrán prorrogarse por 3 meses más a petición del interesado. De no presentarse esa acreditación, de conformidad con lo establecido por el artículo 341 del Código de Comercio, la inscripción de la sociedad será cancelada por el Registrador Mercantil, sin responsabilidad alguna de su parte.
Los títulos definitivos de acciones, deberán ser emitidos dentro de un plazo que no exceda de un año, contado a partir de la fecha de la escritura constitutiva o de la modificación de ésta. Entre tanto, podrán emitirse certificados provisionales, que deberán canjearse por los títulos definitivos.
Inscriba su sociedad en línea a través de la plataforma "e-servicios" de la pagina: www.registromercantil.gob.gt
La documentación presentada en las delegaciones departamentales, deben ir en folder color rojo tamaño oficio.
Literatura consultada: https://www.registromercantil.gob.gt/webrm/wp-content/uploads/2019/11/19-2.pdf
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- Flowchart on Untitled, created by Jose Melgar on 18/06/2021.
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- Jose Melgar
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