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Generalidades
Entrada en vigor del instrumento (Artículo 308 )
Identificación de los Estados que ratificaron la convención internacional (Artículo 306 )
Enmiendas de la convención
Denuncia de la convención (Artículo 317 )
Entrará en vigor 12 meses después de la fecha en que haya sido depositado el sexagésimo instrumento de ratificación o de adhesión
Estará sujeta a ratificación por los Estados y a confirmación formal
Enmienda por procedimiento simplificado (Artículo 313 )
Enmiendas a las disposiciones de esta Convención relativas exclusivamente a las actividades en la Zona (Artículo 314 )
Mediante notificación escrita al Secretario General de la ONU, le indicar las razones en que funde la denuncia
Surtirá efecto un año después de la fecha en que haya sido recibida la notificación, a menos que en ésta se señale una fecha ulterior
CONTENIDO
AGUAS INTERIORES
Forman parte las aguas situadas en el interior de la línea de base del mar territorial (Artículo 8 )
Pertenecen las aguas encerradas entre las 2 líneas de bajamar si la bahía no excede de 24 millas marinas (Artículo 10 )
Dentro de sus aguas archipelágicas, el Estado archipelágico podrá trazar líneas de cierre para la delimitación de las aguas interiores (Artículo 50 )
La persecución habrá de empezar mientras el buque extranjero o una de sus lanchas se encuentre en las aguas interiores (Artículo 111 )
MAR TERRITORIAL
La soberanía sobre el mar territorial se ejerce con arreglo a esta Convención y otras normas de derecho internacional. (Artículo 2 )
Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas (Artículo 3 )
La línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa (Artículo 5 )
El límite exterior del mar territorial es la línea cada uno de cuyos puntos está, del punto más próximo de la línea de base, a una distancia igual a la anchura del mar territorial. (Artículo 4 )
Cuando las costas de dos Estados sean adyacentes o se hallen situadas frente a frente, ninguno de dichos Estados tendrá derecho, salvo acuerdo en contrario (Artículo 15 )
Los buques de todos los Estados, sean ribereños o sin litoral, gozan del derecho de paso inocente a través del mar territorial (Artículo 17 )
En el mar territorial, los submarinos y cualesquiera otros vehículos sumergibles deberán navegar en la superficie y enarbolar su pabellón (Artículo 20 )
La anchura del mar territorial se medirá a partir de las líneas de base archipelágicas (Artículo 48 )
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- Flowchart on Untitled, created by Karen Gisseth Rincon Merchan on 22/11/2021.
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- Karen Gisseth Rincon Merchan
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