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JORGE LUIS LAMPREA NARANJO English

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  1. PASOS PARA REFORMAR LA CONSTITUCIÓN

  2. PRIMER PASO:

    Presentación de la iniciativa de reforma constitucional ante el pleno de la cámara de origen(C.R.) y la mesa directiva la turna a la comisión o comisiones competentes

  3. SEGUNDO PASO:

    La o las comisiones competentes estudian el asunto y elaboran y aprueban el dictamen.

  4. TERCER PASO:

    Se presenta el dictamen ante el pleno de la C.O.

  5. CUARTO PASO:

    Lectura, discusión, en su caso, aprobación en la C.O. del proyecto de decreto de reforma constitucional. Por voto de las dos terceras partes de los presentes se remite a la colegisladora la minuta correspondiente.

  6. QUINTO PASO:

    Se presenta la minuta con proyecto de decreto de reforma constitucional ante el pleno de la cámara revisora (C.R) y se turna a comisions para efectos de su estudio y dictamen

  7. SEXTO PASO:

    La o las comisiones dictaminadoras analizan, discuten y aprueban el dictamen

  8. SEPTIMO PASO:

    Presentación del dictamen ante el pleno de la C.R

  9. OCTAVO PASO:

    Se discute y aprueba, por voto de las dos terceras partes de los presentes, en su caso, el proyecto de decreto

  10. NOVENO PASO:

    Se remite la minuta con proyecto de decreto a los congresos locales de los 31 estados de la republica, para su aprobación.

  11. DÉCIMO PASO:

    Las lesgislaturas de los estados aprueban o no la minuta con proyecto de decreto de reforma constitucional, siguiendo al efecto el procedimiento y las formalidades que establezca su constitución y leyes reglamentarias locales, específicamente para las reformas a la constitución general de la república o en su defecto al proceso general de formación de las leyes locales

  12. ONCEAVO PASO:

    Remiten su acuerdo, aprobatorio o no, a alguna de las cámaras del congreso de la unión.

  13. DOCEAVO PASO:

    La cámara que cuente con el número de acuerdos aprobatorios suficientes de las legislaturas de los estados (La mitad más uno) hará el cómputo y declaratoria de reforma constitucional. Remitirá la minuta correspondiente a la colegisladora

  14. TERCEAVO PASO:

    La C.RC de la declaratoria de reforma constitucional, aprueba ésta y remite al asunto al ejecutivo para efectos de su promulgación y publicación.

  15. CATORCEAVO PASO:

    El poder ejecutivo publico, la reforma constitucional, aprobada por el congreso de la unión y las legislaturas de los estados.

  16. JORGE PIERNAGORDA

    CODIGO: 085150252019

    JORGE LAMPREA

    CODIGO: 085150362019

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Flowchart on Untitled, created by JORGE LUIS LAMPREA NARANJO on 22/02/2022.
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