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CUARTO ELEMENTO DEL DELITO LA IMPUTABILIDAD

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CUARTO ELEMENTO DEL DELITO LA IMPUTABILIDAD
Se define como
- La posibilidad de atribuir a una persona un acto tipicamente antijuridico
- El cual debe Presentar
- Físicas, Psíquicas, Madurez, Salud Mental
- Las cuales deben ser:
- Legalmente necesarias para que puedan ser atribuidos a una persona
- Las cuales deben ser:
- Físicas, Psíquicas, Madurez, Salud Mental
- El cual debe Presentar
- La posibilidad de atribuir a una persona un acto tipicamente antijuridico
Se sustenta
- TEÓRICAMENTE
- Concepto Clásico
- Se Fundamenta
- En la Responsabilidad Moral, se asienta en la CONCIENCIA y la LIBERTAD de los actos
- así como
- Un Concepto Positivista: El Individuo es Imputable y penalmente responsable por el hecho y por las circunstancias de vivir en sociedad; es llevado por los fenómenos sociales de la sociedad a la perpetración de un delito.
- en consecuencia
- La sociedad debe imponer una sanción por el daño que ha causado con la perpetración del delito.
- en consecuencia
- Un Concepto Positivista: El Individuo es Imputable y penalmente responsable por el hecho y por las circunstancias de vivir en sociedad; es llevado por los fenómenos sociales de la sociedad a la perpetración de un delito.
- así como
- En la Responsabilidad Moral, se asienta en la CONCIENCIA y la LIBERTAD de los actos
- Se Fundamenta
- Concepto Positivista
- Se Fundamenta
- En el Determinismo, reprocha a los Clásicos su ingenuidad al creer que exista el Libre Albedrio, dicen que el delincuente es INELUCTABLE, irremediablemente llevado a la perpetración de un delito determinado por una seerie de factores ambientales, sociales, hereditarios, entre otros.
- Se Fundamenta
- Concepto Clásico
- JURÍDICAMENTE
- En el Código Penal Venezolano, el cual se apega a la Escuela Clásica; apoya la imputabilidad en la CONCIENCIA y la LIBERTAD
- en este contexto
- El Art. 62 señala... "No es punible quien ejecuta la acción hallándose dormido o en Estado de Enfermedad Mental suficiente para privarlo de su CONCIENCIA o la LIBERTAD
- en este contexto
- En el Código Penal Venezolano, el cual se apega a la Escuela Clásica; apoya la imputabilidad en la CONCIENCIA y la LIBERTAD
- TEÓRICAMENTE
Se excluye Penalmente
- Mediante las causas de INIMPUTABILIDAD, que son motivos legales necesarios que impiden atribuir la imputabilidad.
- Tales como:
- La falta de madurez o desarrollo mental. Salud Mental o Enfermedad Mental. Falta de Inteligencia y Voluntad gravemente perturbada.
- Tales como:
- Mediante las causas de INIMPUTABILIDAD, que son motivos legales necesarios que impiden atribuir la imputabilidad.
CLASES
- FISICA
- Salud Edad
- PSICOLÓGICAS
- Desarrollo Mental. Consciencia y Situación Emocional
- FISICA
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