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TRIBUNAL SUPREMO
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TRIBUNAL SUPREMO
TÍTULO IV - Cap. I
SEDE EN MADRID
Órgano jurisdiccional SUPERIOR
Sala primera de lo Civil
- La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de Julio ha derogado los artículos 411, 412, 413 LOPJ eliminando con ello la responsabilidad civil directa de los Jueces y Magistrados
- RECURSOS: Casación, Revisión, y otros extraordinarios en materia civil que establezca la ley.
- Conoce de las demandas de respo. civil por hechos realizados por...
- Conoce de las demandas de respo. civil dirigidas contra Magistrados de la AN o de los TSJ por hechos realizados en el ejercicio de sus cargos.
Sala segunda de lo Penal
- RECURSOS: Casación, Revisión, y otros extraordinarios en materia penal que establezca la Ley.
- Conoce de la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra...
- Conoce de la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra Magistrados de la AN o de un TSJ.
Sala tercera de lo Contencioso-Administrativo
- RECURSOS: Casación y revisión en los términos que establezca la Ley.
- En única instancia, de los RECURSOS contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del CGPJ, y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del TC, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca, y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la Ley.
Sala cuarta de lo Social
- RECURSOS: Casación, Revisión, y de otros extraordinarios que establezca la Ley en materias propias de este orden jurisdiccional, estableciendo la Ley reguladora de la Jurisdicción Social que conocerá:
- 1. En única instancia de los procesos de impugnación de actos de las Adm. Públicas atribuidos al orden jurisdiccional social cuando hayan sido dictados por el Consejo de Ministros.
- 2. De los recursos de Casación establecidos por la Ley.
- 3. De la revisión de STC firmes dictadas por los órganos jurisdiccionales del orden social y de la revisión de laudos arbitrales firmes sobre materias objeto de conocimiento del orden social.
- 4. De las demandas de error judicial cuando el órgano al que se impute el error pertenezca al orden jurisdiccional social, salvo cuando este se atribuyese a la propia Sala de lo Social del TS o de alguna de sus Secciones en que la competencia corresponderá a la Sala que se establezca en el art. 61
- 5. De las cuestiones de competencia suscitadas entre órganos del orden jurisdiccional social que no tengan otro superior jerárquico común.
- RECURSOS: Casación, Revisión, y de otros extraordinarios que establezca la Ley en materias propias de este orden jurisdiccional, estableciendo la Ley reguladora de la Jurisdicción Social que conocerá:
Sala quinta de lo Militar
- RECURSOS: Casación y Revisión que establece la Ley contra las resoluciones del Trib Militar Central y de los Trib Militares Territoriales.
- Instrucción y enjuiciamiento en única instancia de los procedimientos por delitos y faltas NO DISCIPLINARIAS contra Generales del Ejercito, Almirantes Generales y Generales de Aire, Tenientes Generales y Almirantes cualquiera que sea su situación militar, miembros del Trib Militar Central, Fiscal Togado, Fiscales de Sala de lo Militar del TS, y Fiscal del Trib Militar Central.
- Recusación de uno o dos Magistrados de la Sala o contra más de los miembros de la Sala de Justicia del Trib Militar Central
- Recursos contra resoluciones dictadas por el Magist instructor designado cuando se proceda contra alguna de las personas mencionadas aquí
- Recursos jurisdiccionales en materia disciplinaria militar que procedan contra las sanciones impuestas o reformadas por el Ministro de Defensa, incluso las extraordinarias.
- De los recursos jurisdiccionales contra sanciones disciplinarias judiciales impuestas a quienes ejerzan funciones judiciales, fiscales o secretarios relatores, y no pertenezcan a esta Sala.
- De los recursos de apelación en materia de conflictos jurisdiccionales que se admitan.
- De las peticiones de error de los órganos jurisdiccionales militares a efectos de responsabilidad patrimonial del Estado.
Sala ESPECIAL con competencias determinadas (art.61 LOPJ)
- FORMADA POR: PRESIDENTE TS, PRESIDENTES DE LA SALA Y EL MAGISTRADO MÁS ANTIGUO Y EL MÁS MODERNO DE CADA UNA DE ELLAS
- Una sección formada por el Presidente del TS, el de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y 5 Magis de esta misma sala (2 más antiguos y 3 más modernos) conocerán del RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA cuando la contradicción se produzca entre stcs dictadas en única instancia por Secciones distintas de dicha Sala.
- RECURSOS: Revisión contra sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de dicho tribunal.
- Incidentes de recusación del Presidente TS, o de los Presidentes de Sala, o de más de dos Magistrados de una Sala. Los afectados directamente por la recusación serán sustituidos por quienes corresponda.
- Demandas de respo civil que se dirijan contra los Presidentes de Sala o contra todos o la mayor parte de los Magis de una Sala de dicho Tribunal por hechos realizados en el ejercicio de su cargo.
- De la instrucción y enjuiciamiento de las ausas contra los Presidentes de Sala o contra los Magistrados de una sala, cuando sean juzgados todos o la mayor parte de los que la constituyen.
- Se designará a un Instructor que no formará parte de la misma para enjuiciarlas.
- De los procesos de declaración de ilegalidad y consecuente disolución de los partidos políticos (Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
- FORMADA POR: PRESIDENTE TS, PRESIDENTES DE LA SALA Y EL MAGISTRADO MÁS ANTIGUO Y EL MÁS MODERNO DE CADA UNA DE ELLAS
Actua en PLENO en las salas de Justicia, en salas de Gobierno y en la sala del art. 61 LOPJ
Existe un GABINETE TÉCNICO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
- Integrado por 6 Magistrados (uno ejerce función jefatura), 35 Letrados (funciones documentación y asistencia técnica a los Magistrados) y adscritos a diferentes salas por acuerdo de la Sala del Gobierno
Existe Tribunal y Sala de Conflictos de Jurisdicción y cada Sala conoce y resuelve las recusaciones que se interpongan contra sus Magistrados y las cuestiones de competencia entre órganos de la respectiva jurisdicción que no tengan otro superior común.
Conoce de causas dirigidas contra el Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del TS y del CGPJ, Presidente del TC, miembros del Gobierno, Diputados y Senadores, Vocales del CGPJ, Magistrados del TS y del TC, Presidentes de la AN y de cualquiera de sus Salas y de los TSJ, Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del TS, Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas, Presidente y Consejeros del Consejo de Estado, Defensor del Pueblo y Presidente y Consejeros de una Comunidad Autónoma, cuando así lo determine su Esttuto de autonomía.
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- Mind Map on TRIBUNAL SUPREMO, created by LAURA LORENTE on 12/06/2017.
- Created by
- LAURA LORENTE · Jun 2017
- Updated
- Jun 12, 2017
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