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GUIA DE MEDIACION POLICIAL

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GUIA DE MEDIACION POLICIAL
Aspectos Generales sobre el conflicto
- Definición del conflicto
- es una situación en la cual dos o más personas con intereses diferentes entran en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con el objetivo de dañar o eliminar al en el caso de ser un conflicto violento al rival, incluso cuando tal confrontación sea de manera verbal o agresiva, para lograr así la consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación
- Elementos del conflicto
- o. Lederach (2007) propone una estructura básica donde destaca las tres P´s: personas, proceso y problema
- Se refiere a las personas como las partes del conflicto. Se consideran exclusivamente las personas que son afectadas directamente por el conflicto y que están en posibilidad de resolverlo
- o. Lederach (2007) propone una estructura básica donde destaca las tres P´s: personas, proceso y problema
- Definición del conflicto
Mediación
- La mediación como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos (MASC), tiene como propósito la solución pacífica de conflictos de convivencia
- Propositos
- Facilitar la comunicación bidireccional entre las partes para aclarar percepciones e informaciones que apoyen el mantenimiento del conflicto
- Transformar el conflicto o por lo menos lograr la satisfacción de los intereses y alivianar las preocupaciones existentes con relación al conflicto
- Restablecer la comunicación entre las personas en conflicto, atendiendo las circunstancias emocionales generadas, y potenciando la expresión de intereses y necesidades particulares
- Cambiar la concepción negativa del conflicto como elemento de enfrentamiento, hacia una visión positiva y necesaria en la convivencia de las personas
- Propositos
- Principios fundamentales de la mediación
- Voluntariedad de las partes
- Imparcialidad del mediador
- Confidencialidad
- Neutralidad del mediador
- Carácter personalísimo
- asuntos donde se realiza la mediación
- En conflictos de convivencia
- En el ámbito penal
- Quiénes realizan la mediación
- conflictos de convivencia
- Autoridades de policía
- jueces de paz
- personerías
- centros de conciliación de universidades y camaras de comercio
- delitos, en el marco del proceso penal
- tercero neutral o servidor público designado por el Fiscal General de la Nación o su delegado, conforme con el manual que se expida para la materia
- conflictos de convivencia
- La mediación como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos (MASC), tiene como propósito la solución pacífica de conflictos de convivencia
Mediación policial
- Es un medio de policía, cuya ejecución es de carácter preventivo y busca establecer condiciones apropiadas para la convivencia
- ¿Quién realiza la mediación policial
- Personal uniformado de la Policía Nacional, los comandantes de estación o subestación de Policía, y los comandantes del Centro de Atención Inmediata de Policía
- Retos de la mediación policial
- FRENTE A LA AUTORIDAD EN SÍ MISMA
- Es importante concientizar al ciudadano que de no lograrse un acuerdo voluntario entre las partes, la ley posibilita la imposición de una medida correctiva a través de la orden de policía
- IMPARCIALIDAD
- Aspecto crucial, que se reflejará en la suscripción del acuerdo e influenciará que lo pactado se cumpla
- NEUTRALIDAD
- no supeditar su intervención desde las creencias propias y valores morales que identifican lo justo y verdadero en beneficio de los implicados en el encuentro de mediación policial
- VOLUNTARIEDAD
- Posibilidad de llegar a una solución siempre y cuando ambos participen activamente y estén de acuerdo en lo pactado, lo cual no será impuesto, si no negociado entre ellos. El policía cumplirá es una función de facilitador.
- FRENTE A LA AUTORIDAD EN SÍ MISMA
- La mediación policial desde el Código Nacional de Policía y Convivencia
- ARTÍCULO 154. Mediación Policial. Es el instrumento que nace de la naturaleza de la función policial, cuyas principales cualidades son la comunitariedad y la proximidad, a través del cual la autoridad es el canal para que las personas en conflicto decidan voluntariamente resolver sus desacuerdos armónicamente.
- Protocolo de mediación policial in situ
- 1. Conocer el caso policial
- 2. Abordaje inicial
- 4. Documentar la actuacion
- 3. Desarrollo de la sesion de mediacion policial
- 5. Seguimiento
- Protocolo de mediación policial en estación de policía
- 1. Establecer la competencia
- 2. Contextualizar y motivar
- 4. Conocer el problema
- 3. Definir pautas de comportamiento
- 5. Facilitar la comunicación
- 6. Promover acuerdos preliminares
- 7. Abordaje del núcleo del desacuerdo
- 8. Suscripción del acuerdo
- 9. Documentar la actuación
- 10. Seguimiento
- Rol del mediador policial
- El funcionario policial que hace uso de la Mediación Policial, actúa de forma preventiva frente a comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad de los ciudadanos, conteniendo y desescalando el conflicto
- Habilidades necesarias para la mediación policial
- Regulación y autorregulación emocional
- Comunicación estratégica
- Capacidad narrativa
- Capacidad para negociar y coadyuvar
- capacidad de negociacion
- Técnicas de resolución de conflictos
- La indagación o el cuéntame
- La reformulación
- El parafraseo
- Mirada al futuro
- Habilidades necesarias para la mediación policial
- El funcionario policial que hace uso de la Mediación Policial, actúa de forma preventiva frente a comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad de los ciudadanos, conteniendo y desescalando el conflicto
- Protocolo de mediación policial in situ
- Aplicabilidad de la mediación policial en los ambitos
- Vecinal
- Familiar
- Escolar
- Social
- Actuación ante comportamientos contrarios a la convivencia que al mismo tiempo son delito
- En caso de que el comportamiento contrario a la convivencia también constituya una conducta tipificada en el Código Penal, la medida correctiva a imponer no podrá tener la misma naturaleza que la sanción prevista en este último. La autoridad de policía lo pondrá en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación e impondrá las medidas de naturaleza distinta previstas en el presente Código
- ARTÍCULO 154. Mediación Policial. Es el instrumento que nace de la naturaleza de la función policial, cuyas principales cualidades son la comunitariedad y la proximidad, a través del cual la autoridad es el canal para que las personas en conflicto decidan voluntariamente resolver sus desacuerdos armónicamente.
- Retos de la mediación policial
- Personal uniformado de la Policía Nacional, los comandantes de estación o subestación de Policía, y los comandantes del Centro de Atención Inmediata de Policía
- ¿Quién realiza la mediación policial
- Ley 1801 de 2016 “Código Nacional de Policía y Convivencia”
- Artículo 154
- Es un medio de policía, cuya ejecución es de carácter preventivo y busca establecer condiciones apropiadas para la convivencia
