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TITULOS VALORES
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TITULOS VALORES
- Titulos valores
documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora
- Puede ser contenido crediticio , corporativo o de participación y representativos de mercancias
Documento poseido por una serie de caracteristias esenciales
- Documento formal: Requisitos que debe cumplir dicho documento. Debe reunir formalidades de tipo sustancial
- Documento especial: Instrumento simple, que hablamos que un TV es un documento escrito
- Un TV además de ser escrito, contiene declaraciones de voluntad
- Documento especial: Instrumento simple, que hablamos que un TV es un documento escrito
- Documento formal: Requisitos que debe cumplir dicho documento. Debe reunir formalidades de tipo sustancial
Según su clasificación
- Importancia práctica en relación se pueden clasificar así:
- - De contenido crediticio -Corporativos o de participación -De tradición o representativos de mercancías
- Contenido crediticio: Obligaciones dinerarias; Letra de cambio, el pagaré, el cheque, el bono de prenda, la factura cambiaria de compraventa y transporte
- Titulos valores corporativos: además de incorporar obligaciones de pagar sumas de dinero permiten a su legitimo tenedor ejercer derechos políticos en la corporación que los ha emitido
- - De contenido crediticio -Corporativos o de participación -De tradición o representativos de mercancías
- Títulos valores de tradición
- Carta de porte y conocimiento de embarque
- Importancia práctica en relación se pueden clasificar así:
Características
- Literalidad: Puede ser activa cuando cuando no puede exigir derechos distintos. Pasiva: no pude pagar prestaciones distintas de las de T.V
- Autonomía: tenedor legítimo de T.V sobre el derecho en el incorporado
- Legitimación: calidad del tenedor de T.V para ejercitar el derecho incorporado en este
- Incorporación: característica que busca poner de presente la inseparabilidad, la indisoluble unión que existen entre el derecho y el documento, el documento es principal y el derecho es accesorio