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VI) Persona Jurídica *

marcia carmona 1) Derecho civil I: Teoría de la Ley y Persona Examen de licenciatura Spanish

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VI) Persona Jurídica *

  1. Elementos esenciales

    • 1) Elemento material: Un conjunto de personas o bienes con una finalidad común.
      • 2) Elemento ideal: Reconocimiento explícito de la autoridad de su individualidad, de su capacidad de actuar en el mundo jurídico.
  2. Naturaleza jurídica

    • I. Teorías que la aceptan
      • 1) Teoría de la ficción: D° subjetivo es un poder atribuido a una voluntad, por eso las personas jurídicas son una ficción
        • 2) Teoría de la realidad: Son poderosas individualidades sociales, es una realidad objetiva.
    • II. Teorías que la niegan
      • 1) Teoría del patrimonio colectivo: Bienes colectivos, masas distintas, poseídas por grupos de hombres y substraídas al régimen de la propiedad individual.
        • 2) Teoría del patrimonio de afectación: Existirían patrimonios sin dueño, basados en la afectación a un fin único de todos los bienes que forman parte de ellos
  3. Clasificación

    • 1. De derecho público: Nación, Fisco, Municipalidades, iglesias
    • 2. De derecho privado:
      • b) Sí persiguen fines de lucro:sociedades
        • a) No persiguen fines de lucro: corporaciones y fundaciones
          • 1) Corporaciones: Una reunión de personas en torno a objetivos de interés común a los asociados.
          • 2) Fundaciones: mediante la afectación de bienes a un fin determinado de interés general.
    • Criterios de distinción:
      • 1) Iniciativa para la creación del ente
        • 2) Potestad Pública
          • 3) Naturaleza del fin
            • 4) Fuente de Recursos
  4. Constitución

    • 1°) Instrumento: constará en escritura pública o privada suscrita ante notario, oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el alcalde.
      • 2°) Depósito en Secretaria Municipal: Depósito del acto constitutivo plazo de 30 días desde otorgamiento
        • 3°) Posible objeción del secretario: Dentro de los 30 días siguientes a la fecha del depósito,
          • 4°) Notificación al solicitante: La objeción se notificará al solicitante por carta certificada
            • 5°) Enmienda de las observaciones: subsanar las observaciones formuladas, dentro del plazo de 30 días, contado desde su notificación.
              • 6°) Envío de los antecedentes al Registro Civil para su inscripción: de oficio y dentro de 5° día, el secretario municipal archivará copia de los antecedentes y los remitirá al Servicio de Registro Civil para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a menos que el interesado solicitare formalmente hacer la inscripción de manera directa.
  5. Funcionamiento

    • 1. Responsabilidad de los individuos que componen la corporación: No están obligados a responder por la deudas de la corporación a no ser que voluntariamente lo expresen
      • 2. Asamblea en las corporaciones: Mayoría de los miembros con d° a voto, ordinariamente 1 vez al año extra. según necesidades
        • 3. Dirección y administración en las asociaciones: Recaerá en un directorio de al menos tres miembros,
          • 4. Gratuidad en el ejercicio del cargo de director: Pero d° a ser reembolsados de los gastos, autorizados por el directorio, que justificaren haber efectuado en el ejercicio de su función.
            • 5. Responsabilidad del director: responderán solidariamente hasta de la culpa leve por los perjuicios que causaren a la asociación.
              • 6. Patrimonio de las asociaciones y fundaciones: podrán adquirir, conservar y enajenar toda clase de bienes, a título gratuito u oneroso, por actos entre vivos o por causa de muerte.
                • 7. Fiscalización de las asociaciones y fundaciones: Corresponderá al Ministerio de Justicia, puede solicitar, libros, cuantas y memorias
                  • 8. Actividades económicas de las asociaciones y fundaciones: podrán realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines
                    • 9. Modificación de los estatutos de una asociación y fundación: Acordada en asamblea, informe del ministerio y si es beneficioso
  6. Disolución de las asociaciones y fundaciones:

    • i) Por el vencimiento del plazo de su duración
      • ii) Por acuerdo de la asamblea general extraordinaria
        • iii) Por sentencia judicial ejecutoriada
          • iv) Por las demás causas previstas en los estatutos y en las leyes
            • v) por la destrucción de los bienes destinados a su manutención.
  7. Responsabilidad de las personas jurídicas

    • Penal Ley No 20.393
      • a) Lavado de dinero
      • b) Financiamiento del terrorismo
      • c) Soborno o cohecho activo
    • Civil
      • 1. Contractual: Oblg. contraídas en su nombre
      • 2. Extracontractual: Hechos cometidos por órganos y personas naturales. Responsabilidad por el hecho ajeno
  8. Atributos de las personas jurídicas.

    • 1. Nombre y domicilio: establecen su nombre y domicilio desde su origen, deben indicarse en los estatutos.
      • 2. Nacionalidad: la constitución es lo que determina la nacionalidad chilena.
        • 3. Patrimonio: Las personas jurídicas tienen un patrimonio propio
          • 4. Capacidad: Art. 545 CC son capaces de ejercer d°, contraer oblig. civiles, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente

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Examen de licenciatura 1) Derecho civil I: Teoría de la Ley y Persona (Primera Interrogación) Mind Map on VI) Persona Jurídica *, created by marcia carmona on 08/03/2016.
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