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Calette ASOCIACION CIVIL Spanish 1 page

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¿Qué es una sociedad civil? Es un conjunto de personas físicas y/o morales que se unen para crear una persona moral, lograr un fin común y generar ganancias, pero sin realizar actos comerciales. Estas personas reciben el nombre de socios.

¿Qué ley las regula? Se encuentra regulada por el Código Civil a nivel Federal y por los Códigos Civiles vigentes en cada Estado de la República a nivel local.

¿Por qué se constituyen sociedades civiles? Porque este tipo de personas morales permiten realizar actividades que aunque no constituyen actos de comercio producen ganancias económicas a sus socios.

¿Quiénes optan por elegir esta figura? Generalmente las personas que adoptan esta figura jurídica son aquellas que desean desarrollarse dentro del giro de prestación de servicios como profesionistas, por ejemplo: abogados, profesores, contadores, arquitectos, diseñadores, entre otros.

¿Cuáles son sus características especiales?

La razón social generalmente se forma por los nombres de los socios y debe ir acompañada de las palabras Sociedad Civil o de sus siglas S.C.

Los socios deben hacerse responsables con la sociedad hasta por la cantidad total de sus aportaciones, salvo en el caso de los socios que se encargan de la administración de la sociedad; en este caso la responsabilidad es subsidiaria, solidaria e ilimitada.

Los socios deben contribuir en las pérdidas de la sociedad en caso de que el capital social sea insuficiente para cubrirlas. Únicamente el socio industrial no comparte la responsabilidad en las pérdidas.

No se exige un fondo de reserva mínimo.

Para que un socio pueda ceder su participación en la sociedad, requiere autorización de todos los demás socios, a menos que acuerde lo contrario.

¿Cómo se compone el capital? El capital de una sociedad civil se compone por las aportaciones de los socios, las cuales se denominan partes sociales. Las aportaciones pueden ser en dinero, bienes o trabajo.

¿Cómo saber quiénes son los socios? Con los asientos en el Libro de Registro de Socios y la constancia en el Registro Público de Comercio de su localidad.

¿Hay varios tipos de socios? Sí: socios propietarios (industriales o los que aportan bienes o dinero) quienes constituyen la sociedad, además de los que sean admitidos con posterioridad con esta calidad. Pueden existir asociados, que la junta de socios admita con esa calidad.

Los asociados no pueden formar parte de la administración de la sociedad y su responsabilidad se limita al desempeño de sus actividades profesionales a favor de la sociedad.

¿Cómo se administran? A través de un socio administrador o de varios socios administradores.

¿Qué es la junta de socios? Es la autoridad máxima de la sociedad encargada de la toma de decisiones y de todos los asuntos sociales.

¿Cómo se vigilan? Los socios tienen el derecho de hacer revisiones a la sociedad en todo momento. Los socios de común acuerdo pueden nombrar uno o varios comisarios (personas encargadas de la vigilancia) para la supervisión constante de la sociedad y los actos que realicen los socios administradores.

¿Qué modalidades puede adoptar? El régimen jurídico de las sociedades civiles varía según el estado de la República en la que se constituyan; de forma general se distinguen las siguientes modalidades de constitución:

Modalidades que pueden adoptar las Sociedades Civiles

1

S.C.

Sociedad civil

Código Civil Federal y Códigos Civiles de cada Estado.

2

S.C. de R.L. de C.V.

Sociedad civil de responsabilidad limitada de capital variable

Código Civil del Estado de Durango (Art. 2584)

3

S.C.P.

Sociedad civil particular

Código Civil del Estado de Yucatán (Art. 1818)

4

S.C.U.

Sociedad civil universal

Código Civil del Estado de Yucatán (Art. 1818)

¿Qué es una sociedad civil de responsabilidad limitada de capital variable?

Aquella que permite la posibilidad de limitar la responsabilidad de los socios y de que se adopte la modalidad de capital variable, modalidad exclusiva de las sociedades mercantiles.

¿Cuáles son los beneficios que ofrece una sociedad civil?

Puede realizar cualquier actividad lícita que le reporte un beneficio principalmente económico mediante producción de materias primas, la manufactura de productos, o la prestación de servicios; sin que realice un acto de comercio.

Este tipo de sociedad atiende a las características especiales del individuo no al capital que aporten.

¿Qué es el fideicomiso? Cada vez se utiliza con más frecuencia el contrato de fideicomiso como una herramienta legal que permite realizar negocios en distintos giros, como por ejemplo garantizar la educación de los hijos, respaldar el pago de una deuda, administrar recursos que requieren conocimientos especializados (títulos de acciones, fondos de inversión). Mediante este contrato una persona entrega por un tiempo determinado, parte de su patrimonio (bienes y derechos) a una institución que los administra en favor de otra persona.

Así pues, el objeto del fideicomiso puede ser fijado libremente por las personas que intervienen en la celebración del contrato, siempre y cuando las actividades a realizar sean lícitas.

En el fideicomiso participan tres partes:

Fideicomitente: Es quien aporta los recursos (dinero, bienes muebles o inmuebles, derechos).

Fiduciario: Es quien administra los recursos (una institución crediticia como banco, casa de bolsa, u otras).

Fideicomisario: Es la persona física o moral que recibe los beneficios del contrato de fideicomiso.

La institución fiduciaria administra los bienes que aporta el fideicomitente y entrega al fideicomisario las ganancias generadas. En resumen, el fideicomitente define la finalidad del fideicomiso, el fiduciario se encarga de llevarla a cabo y el fideicomisario se beneficia de ésta.

¿Qué ley mexicana regula el contrato de fideicomiso? La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.[1]

¿Cuáles son sus características especiales?

Es necesario que tanto el fideicomitente como el fiduciario estén libres de restricciones para contraer obligaciones.

Se entregan uno o varios bienes conocidos como el patrimonio fideicomitido. Pueden ser de todo tipo, siempre y cuando sean lícitos.

El patrimonio deja de ser del fideicomitente y se vuelve autónomo, es decir, no pertenece a nadie en específico.

El patrimonio se destina a un fin específico.

Esta figura tiene ciertas restricciones tales como:

No puede tener un fin secreto o ilícito, producto del fraude.

No es posible que los derechos personales del fideicomitente (aquellos que sólo él puede exigir, por ejemplo: el pago de una deuda) se conviertan en parte del fideicomiso.

No puede cambiarse de fideicomisario en caso de que muera.

No puede tener una duración mayor de 50 años. Existe una excepción, es cuando el fideicomisario es una persona moral de orden público (parque nacional, edificios históricos, escuelas públicas), una institución de beneficencia o un museo de ciencia o arte sin finalidad lucrativa, y se destinen los recursos para su mantenimiento.

La creación del fideicomiso con beneficios para el fiduciario; es decir, que el fiduciario sea a su vez fideicomisario. Esto sólo se puede hacer si la institución se otorga créditos para realizar actividades empresariales o pago de deudas.

¿Cómo se administra? El fiduciario nombra a las personas responsables de la administración y debe garantizar que se cumpla en todo momento el fin para el que se creó el fideicomiso.

¿Es posible cambiar el fiduciario? Sí. En los siguientes casos:

Cuando éste no cumple con sus obligaciones, el fideicomitente o fideicomisario pueden solicitar a un Juez que lo remueva de su encargo.

Por quiebra de la Institución crediticia.

Disolución de la Institución crediticia.

¿Cómo se puede terminar?

Cuando se cumple el fin para el cual se creó.

Por no ser posible realizar el fin.

Por cumplirse alguna de las condiciones de terminación que estableció el fideicomitente desde el inicio.

Por acuerdo escrito entre las partes.

Por revocación que haga el fideicomitente.

Cuando se vence el plazo acordado de duración.

Por el no pago oportuno a la institución crediticia.

¿Cuáles son las modalidades que puede tener esta figura?

Fideicomisos testamentarios: En esta figura el fideicomitente desea que sus bienes se entreguen a la persona que este designe al momento de su muerte o que los mismos sean administrados mientras sus herederos tienen la capacidad de hacerlo por su cuenta.

Fideicomisos de administración: El fideicomitente aporta los bienes para que el fiduciario los administre y el fideicomisario reciba los frutos de los mismos. Al final del fideicomiso el fiduciario puede trasmitir la propiedad al beneficiario o regresar los bienes al fideicomitente, según se haya pactado.

Fideicomisos en garantía: Se utiliza cuando el fideicomitente destina los bienes que elija para respaldar el cumplimiento de una obligación y garantizar su pago de forma preferencial. En caso que el fideicomitente no cumpla, el fideicomisario puede exigir al fiduciario que realice el pago de acuerdo a las condiciones que se establezcan en el contrato.

Fideicomisos de inversión: Se utilizan para destinar fondos para que sean reinvertidos en alguna actividad, ya sea infraestructura, educación, investigación, asistencia social, entre otras.

¿Cuáles son los beneficios que se obtienen con esta figura? Se da mayor certeza al cumplimiento del fin para el cual se crea el fideicomiso, puesto que a pesar del transcurso del tiempo la institución financiera que interviene como fiduciaria, se encuentra obligada a administrarlos bienes fideicomitidos y realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato.

Los bienes aportados al fideicomiso quedan protegidos hasta que cumplan el fin para el que fue creado, a menos que el fideicomiso se haya utilizado con intenciones fraudulentas.

Si un acreedor (persona a la que se le debe algo) toma alguna acción legal en contra del fideicomitente, los bienes que éste aportó al fideicomiso no pueden considerarse para cubrir su responsabilidad porque ya no forman parte de su patrimonio.

¿Cuáles son los pasos a seguir para crear un fideicomiso?

Determinar cuál es la finalidad que busca y cuáles son los bienes que desea disponer para lograrlo.

Seleccionar quién será el beneficiario.

Elegir una institución financiera para que se encargue de la administración.

Pactar con la institución las condiciones de la administración.

Tenga en cuenta que el fiduciario le cobrará una remuneración por esta gestión, por lo cual tiene que tener una previsión de fondos para cumplir con el pago oportunamente.

Definir el periodo de duración, recuerde que no puede ser superior a 50 años.

Solicitar el contrato a la institución financiera.

Una vez que esté de acuerdo con las condiciones del contrato, deberá reunirse con la Institución financiera para su firma y cuando sea el caso ante fedatario público.

¿Cómo se hace?

Reúna los documentos que acreditan que usted tiene la titularidad de los bienes o derechos que cederá, como pueden ser la escritura pública de un inmueble, la factura de un vehículo, los títulos de acciones, entre otros.

El o los beneficiarios pueden ser sus familiares, una persona moral, o quien usted decida.

Cerciórese de que la institución financiera elegida se encuentra autorizada para actuar como fiduciaria por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, lo cual puede hacer exigiéndole a ésta el documento que acredite su autorización o consultando el Padrón de Entidades Financieras Supervisadas a través del siguiente link

Acuerde con el fiduciario cuánto será el pago por el servicio y cómo será la forma de pago, el cual depende de la institución financiera elegida.

El modelo de contrato le será proporcionado por la institución crediticia, sin embargo usted debe verificar que sus datos y los del beneficiario, sean correctos, que se haya definido claramente la finalidad, que los bienes o derechos a ceder se hayan descrito correctamente, que el periodo de duración corresponda a lo que usted decidió y que el monto de la contraprestación sea correcto.

Firme el contrato. En caso de que hayan bienes inmuebles la firma del contrato se debe hacer ante fedatario público y hacer la inscripción en el Registro Público de su localidad, de esto se encarga el fedatario. Tenga en cuenta que, también se debe hacer ante fedatario cuando se trate de bienes muebles cuyo monto sea igual o superior al equivalente en moneda nacional a 250,000 unidades de inversión (UDIS: son una medida de valor creada por el Gobierno basadas en el incremento de los precios y son usadas para solventarlas obligaciones).

Ejemplificación:

Un ejemplo práctico de un fideicomiso de administración es el siguiente:

Andrés compró un departamento y quiere que las rentas del mismo sean usadas para pagar los estudios de su hija Marcela hasta que ésta termine la Universidad. Andrés acude a una institución bancaria para formar un fideicomiso.

En este caso:

El fideicomitente es Andrés (persona que aporta un bien).

El fiduciario es la Institución bancaria (encargada de la administración del bien, ponerlo en renta y garantizar que con estas rentas se paguen los estudios de Marcela).

El Fideicomisario es Marcela (con los frutos del departamento se pagarán sus estudios).

Patrimonio fideicomitido es el departamento (Mientras dure el fideicomiso el departamento ya no es parte del patrimonio de Andrés).

México. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (1932, 27 deagosto) Artículos 381-407 (En línea) Recuperado el 30 de junio 2012 de

Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (s.d) Padrón de entidadesfinancieras. Recuperado el 30 de junio de 2012 de

Sistema de administración Tributaria (julio, 2 012) Unidades de inversiónjulio de 2012. Recuperado el 10 de julio de 2012 de:

[1] México. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (1932, 27 de agosto) Artículos381-407 (En línea) Recuperado el 30 de junio 2012 de

[2] ComisiónNacional Bancaria y de Valores. (s.d) Padrón de entidades financieras.Recuperado el 30 de junio de 2012 de

Qué es una Asociación Civil? Las asociaciones civiles surgen como respuesta a las necesidades de las personas que desean unir sus esfuerzos para alcanzar objetivos de carácter social, científico, artístico, de recreo o cualquier otro que sea lícito sin incurrir en especulación comercial.

Esta figura jurídica se encuentra regulada por el Código Civil a nivel Federal, y por los Códigos Civiles vigentes en cada Estado de la República a nivel local.

Generalmente, las personas que desean asociarse según este régimen legal pueden tener las siguientes interrogantes en mente:

¿Cuáles son sus características esenciales? ü Su denominación social debe ir acompañada de las palabras Asociación Civil o de sus siglas A.C.

ü No persigue un beneficio económico a través del desarrollo de su objeto social.

ü Los integrantes reciben el nombre de asociados y se reconocen como tal por la asamblea.

ü Los derechos de los asociados son intransferibles.

ü Se requiere un fondo de reserva para hacer frente a las posibles pérdidas de la asociación; sin embargo no hay una regla que defina la forma cómo se integra, por lo que deben definirlo los asociados en los estatutos sociales .

ü Los asociados deben notificar con 2 meses de anticipación su retiro.

ü Cuando en la asamblea se discutan cuestiones que afecten los intereses de un asociado o de su familia[1], éste no podrá votar.

ü Los asociados no tienen derechos patrimoniales, sólo la proporción que corresponda a su aportación en caso de disolución.

ü Si un asociado se retira voluntariamente pierde el derecho de que sea reintegrado el monto de su aportación o los bienes entregados a la asociación.

¿Cómo se compone el capital? Por aportaciones en dinero, bienes o trabajo .

¿Cómo saber quiénes son los asociados? Con los asientos en el libro de registro de asociados y la constancia del Registro Público.

¿Cuál es la responsabilidad de los asociados? Sólo si son administradores responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada; en caso contrario su responsabilidad se limitará al monto de su aportación.

¿Cómo se administra? Por un director o consejo de directores.

¿Qué es la asamblea de asociados? Es la máxima autoridad de la asociación y decide sobre los siguientes asuntos:

ü Admisión y salida de asociados.

ü Disolución antes del plazo pactado de la asociación o ampliación del mismo.

ü Sobre el nombramiento o remoción de director o directores.

ü Sobre los asuntos que determinen los estatutos.

ü Las decisiones se toman por mayoría de votos.

¿Cómo se vigila la asociación? Los asociados que no estén en la asamblea general pueden hacerlo.

¿Cuáles son sus beneficios? ü Tienen beneficios fiscales ya que no son contribuyentes para el cobro de ISR a menos que hagan actividades diferentes a su objeto (ver módulo fiscal).

ü Los nuevos asociados requieren del consentimiento unánime de la asamblea para ser admitidos como tales.

ü La Clave Única de Inscripción al Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI) permite a todas las organizaciones de la sociedad civil participar por recursos que ofrece el gobierno federal y en el diseño de políticas públicas.

¿Cuáles son los pasos para constituir una asociación civil? 1. Seleccione una denominación o razón social.

2. Defina quiénes serán los asociados.

3. Reúna la información necesaria para la redacción de los estatutos sociales.

4. Acuda ante el notario público de su elección, o bien ante la autoridad correspondiente para formalizar la constitución .

5. Obtenga los permisos y licencias necesarias para empezar operaciones .

¿Qué debo hacer?

1. Elija al menos tres opciones de nombres y solicite la autorización de uso que expide la Secretaría de Economía a través del portal www.tuempresa.gob.mx.

2. Reúna la información necesaria para la elaboración de los estatutos sociales en los cual se incluirá quiénes son los asociados, cuotas de aportación, las facultades de la asamblea, condiciones para la validez de las decisiones de la asamblea y para ejercer el derecho del voto en ellas, entre otros.

3. Una vez obtenidos la autorización y los estatutos sociales, se debe seleccionar un notario para formalizar la constitución .

4. Inscriba la sociedad y sus estatutos sociales en el Registro Público que corresponda según la localidad en que se encuentre. Este paso generalmente lo hace el notario público seleccionado. La importancia de esta inscripción radica en que las sociedades se hacen públicas hacia los demás, se da certeza hacia terceros de que esa sociedad existe como persona moral.

Si una asociación actúa frente a terceros, sin haberse inscrito en el Registro Público, la responsabilidad de los socios que realicen actos a nombre de esta sociedad no se limitará al monto de sus aportaciones, sino que contraerán responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada .

5. Inscríbase en el Registro Federal de Contribuyentes (ver módulo fiscal).

6. Siempre y cuando se tengan empleados, se debe tramitar el registro como patrón en el Instituto Mexicano del Seguro Social (ver módulo laboral).

7. Obtenga los permisos y licencias propias del objeto de la asociación, por ejemplo, si se dedica a prestar servicios de asistencia social deberá solicitar previamente la autorización del órgano encargado de la supervisión de la asistencia social de su localidad, si se encarga de promover cuestiones ambientales como el reciclaje de residuos peligrosos deberá solicitar autorización en SEMARNAT .

Ejemplificación:

Luisa solía cuidar perros que encontraba abandonados en su casa hasta que les conseguía un hogar. El espacio en casa de Luisa era limitado y con el tiempo se incrementó el número de perros que atendía. Su hermano Raúl le recomendó organizarse con sus conocidos, para conseguir fondos que permitieran obtener un lugar con mayor capacidad para albergar a los perros.

Luisa y sus conocidos decidieron constituir una asociación civil para recaudar fondos y ayudar así a más perros. Debido a que el objeto principal era proporcionar a los animales atención, alimento y alojamiento hasta que alguna persona pudiera cuidarlos como sus mascotas, era necesario considerar la forma de obtener recursos para financiar dichas acciones. Convinieron pues, que fuera principalmente mediante donativos de dinero o en especie (alimentos, medicamentos, instrumentos especiales para mascotas, entre otros) que la Asociación pudiera recabar fondos para cumplir su objeto social y se cercioraron de que esto se incluyera específicamente en los estatutos.

Secretaría de Economía (n.d). Portal de empresas. Recuperado el 30 de junio de 2012, de www.tuempresa.gob.mx

México. Código Civil Federal (1928, 31 de agosto). Art. 2670-2687 (en línea). Recuperado el 30 de junio de 2012 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2.pdf

Consejo Técnico Consultivo. (julio 2012) ¿Qué es y cómo puedo obtener la CLUNI. Recuperado el 13 de julio de 2012 de:http://www.consejotecnicoconsultivo.org.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=74:ique-es-y-como-puedo-obtener-la-cluni&catid=27:clave-unica-de-inscripcion-al-registro-cluni&Itemid=41

Poder General para Pleitos y Cobranzas. Puede ser utilizado para representación en juicios, sean éstos de carácter civil, penal, familiar, laboral o administrativo.

Poder General para Actos de Administración. Es utilizado para administrar bienes; por ejemplo, rentar una propiedad y hacer pago de impuestos.

Poder General para Actos de Dominio. Confiere al apoderado todas las facultades de dueño; es decir, a quien se otorga el poder podrá vender, donar o ejercer cualquier otro acto de dominio relacionado con el sus bienes.

Poder Especial. Se limita a lo que está expresamente autorizado a quien se otorga el poder y concluye automáticamente al término de lo encomendado.

Revocación. Es el instrumento para poner fin a los efectos de un poder notarial.

afianzar. 1. tr. Dar fianza por alguien para seguridad o resguardo de intereses o caudales, o del cumplimiento de alguna obligación.

fianza.

(De fiar).

1. f. Obligación que alguien adquiere de hacer algo a lo que otra persona se ha obligado en caso de que esta no lo haga.

2. f. Prenda que da el contratante en seguridad del buen cumplimiento de su obligación.

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ASOCIACION CIVIL Note on Untitled, created by Calette on 23/08/2014.
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