Diagrama de flujo
Sociedades Comerciales En Colombia
Contenido del diagrama
CARACTERISTICAS
DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES EN COLOMBIA
TIPO
DE SOCIEDADES
SOCIEDADES
DE CAPITALES
SOCIEDADES
DE NATURALEZA MIXTA
SOCIEDADES
DE PERSONAS
SOCIEDADES
EN COMANDITA SIMPLE
SOCIEDADES COLECTIVAS
Por
escritura publica esta debe ser inscrita en la cámara de comercio competente.
Por
escritura publica esta debe ser inscrita en la cámara de comercio competente,
no es necesario que intervengan los socios comanditarios ,pero si debe
indicarse el nombre, documento de id,
domicilio y nacionalidad de los mismos
SOCIEDADES ANONIMAS
SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES
Por escritura publica esta debe ser inscrita en la cámara de comercio competente.
Por escritura publica esta debe ser inscrita en la cámara de comercio competente, no es necesario que intervengan los socios comanditarios
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAAD LIMITADA
Por escritura publica esta debe ser inscrita en la cámara de comercio, en los estatutos se estipulara que responsabilidad de los socios se limita a sus aportes y que datos han sido pagados íntegramente.
Disposición Jurídica
La
sociedad una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios.
Número de socios
2 o más.
Capital Social o Fondo Social
Formado de los aportes que cada socio promete entregar a la sociedad, pueden ser objeto de aporte: dinero, los créditos, los muebles, los inmuebles, los privilegios de inversión, el trabajo manual, y en general toda aquello que se pueda comercializar capas de prestar alguna utilidad. Ningún socio puede ser obligado a aumentar su aporte o a reponerlo si se perdiere durante la sociedad, salvo estipulación expresa en el contrato.
Razón Social
Se forma con el nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios seguido de la expresiones " & compañía", "hermanos", "e hijos" u otras análogas, si no se incluyen los nombres completos o apellidos de todos los socios, no podrá incluirse el nombre de un extraño.
Administración
Corresponde a todos y cada uno de los socios.
Disposición Jurídica
La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta a los socios.
Número de socios
1 o más colectivos gestores.
1 o más comanditarios capitalistas.
Capital Social o Fondo Social
Se forma con los aportes de los socios comanditarios y de los socios colectivos simultaneamente, el socio comanditario no puede aportar su capacidad, crédito o industria personal, es decir no puede ser socio industrial.
Razón Social
Se forma con el nombre completo o el solo apellido de uno o más de los socios colectivos y se agregará la expresión " & compañía "o sus abreviaturas seguida en todo caso de la indicación abreviada S en C. " sociedad en comandita simple". El socio comanditario o la persona extraña que coloque su nombre en la razón social responderán como socio colectivo.
Administración
Estará a cargo de todos los socios.
Disposición Jurídica
La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios.
Número de socios
Mínimo 5 socios
Capital Social o Fondo Social
El capital estará representado en acciones de igual valor que se representaran en títulos negociables.
Razón Social
La sociedad girará bajo una denominación seguida de las palabras "sociedad anónima" o de la letras "S.A."
Administración
La asamblea general de accionistas.
Disposición Jurídica
La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios.
Número de Socios
1 o más colectivos y por lo menos 5 comanditarios
Capital Social o Fondo Social
El capital estará representado en acciones de igual valor.
El aporte de industria de los socios gestores no formara parte del capital social.
Razón Social
Como en la comandita simple, se agregara en todo caso la indicación abreviada "S.C.A." (Sociedad En Comandita Por Acciones).
Administración
Corresponde a los socios.
Disposición Jurídica
La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta a los socios
Número de Socios
de 2 a 25 Socios
Capital Social o Fondo Social
El capital social se pagará integramente al constituirse la sociedad; cuando se aportan bienes, los socios son solidariamente responsables del valor atribuido a ellos en la escritura social.
Razón Social
La sociedad girara bajo una denominada nación o razón social en ambos casos seguida de la palabra "limitada" o de su abreviatura "LTDA". que de no aparecer en los estatutos hará responsable a los asociados solidaria e ilimitadamente frente a terceros.
Administración
Corresponde a todos y cada uno de los asociados.
Información
- Descripción
- En Colombia las sociedades comerciales se clasifican en diferentes tipos, las cuales se dividen en dos grandes grupos: Sociedades de capital y Sociedades de personas. Se llaman sociedades de capital aquellas sociedades en las que lo que importa son los aportes económicos, las acciones y no las personas (Predomina el elemento “intuitus rei”). Para este tipo de sociedades no importa en manos de quien están sus acciones.
- Creado por
- Katherine Garzón
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