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harrysmendi 1 Orgánica del Tribunal de Cuentas t Español

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  1. Externos

    • Tribunal de Cuentas
      • 6 Integración
        • Presidente
          • Presidente A) convocar a acuerdo plenario B) presidir los acuerdos plenarios con voz y voto C)Firmar las providencias en tramites y las comunicaciones externas del cuerpo D) Resolver lo ateniete a la organizació y realización de las tareas de la presidencia y la secretaria, disponiendo pases traslados internos E) disponer los fondos asignados al tribunal, determinando su aplicacion F) firmar conjuntamente con el director administrativo, las ordenes de compra pago y cheques G) preparar la memoria anual y el proyecto de presupuesto anual sometiendolo a la aprovacion del cuerpo H) es jefe administrativo por lo tanto 1- ejercer la representacion legal del tribunal de cuentas 2- disponer lo atinente a la disciplina, derechos y deberes del personal (reglamento interno) 3- disponer el personal que desempeñara funciones durante el periodo de feria, intervención previa de la vocalia 4- proponer al cuerpo el nmbramiento , promoción y remoción de los agentes del organismo 5- disponer internamente la instrucción de sumarios administrativos en los casos previstos en el reglamento interno 6- con patrocinio letrado interponer las acciones de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley ante los tribunales cometentes (por acuerdo plenario)
        • 4 Vocales
          • A) solicitar al presidente la constitución del cuerpo en acuerdo plenario, indicando los asuntos a tratar a efectos de que los incluya en el orden del dia B) integrar los acuerdos plenarios C) integrar las sala en la que haya sido designado, recibir a estudio las cuasas y asuntos que se pongan a su consideracion D) es responsable de la gestion integral de control de las areas y entes bajo jurisdicción y competencia del tribunal que se le asignen E) emitir dictamenes en aquellos asuntos que sean de su competencia F) solicitar para que atraves de la presidencia se tramiten los traslados intimaciones y emplazamientos respectos a los asuntos enunciado en este articulo. En casos en que la sala debe disponer medidas concretas destinadas a prevenir y corregir iregularidades, debera emitir dictamen y solicitar el emplazamiento a fin de que las mismas se corrijan o cesen bajo apercibimiento al obligado de las sanciones previstas en la presente ley G) Firmar las providencias de tramite interno H) resolver lo atinente a la organizacion y realización de las tareas de las dependencias de la vocalia, ordenando los traslados internos I) aplicar sanciones disciplinarias al personal a cargo J) elaborar la memoria anual de la labor desarrollada por la vocalia y juntamente con el otro vocal, la de la sala K) cumplir y hacer cumplir las resoluciones, acuerdos y reglamenteos que dicte el tribunal  L) Solicitar al presidente la sustanciación de sumarios internos
        • Personal
          • Secretarios
          • Funcionarios
          • Resto del personal
      • Pronunciamientos
        • El tribunal se ordena en dos salas:  Sala I Sector Público Provincial Sala II Sector Público Municipal En ambas salas se incluyen los temas relacionados con el control, el Juicio de cuentas y Juicio administrativo de responsabilidad
        • Acuerdo Plenario
          • Se reuniran a los fines de  A) resolver en las materias de reglamentación B) resolver el informe que debera remitirse a la camara de diputados, sobre la cuenta genreal del ejrecicio C) nombrar, promover y remover al personal del tribunal D) aprobar la memoria anual del ejercicio e) aprobar el proyecto anual de su presupuesto F) aprobar los proyectos de leyes, decretos o normas que se sometieran a consideración de las autoridades competentes G) interptretar las normas legales, dentro de su competencia H) disponer la iniciación de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley poner en funcionamiento el mecanismo de rotacion anual de la presidencia y asignacion de los vocales a sala, areas y entes sujetos a control  J) decidir respecto a la excusación y recusación  K) resolver, en caso de desidencias de las salas, en los juicios de cuents y administrativos de responsabilidad L) resolver los recursos de revisión M) tratar los asuntos solicitados por los vocales
      • Responsables ante el tribunal
        • -Todo estipendiario de la provincia y de las municipalidades. -Aquellas personas no estipendiarias que manejen o tengan bajo su custodia bienes públicos -Activos o pasivos, provinciales o municipales (por indebida liquidación)
      • Presentación y estudio de la rendición de cuentas
        • todos los organismos sometidos a la juridisdicción del tribunal de cuentas deberan de remitir dentro de 30 dias de vencido el ejercicio anual, la rendición de cuentas
        • Presentada la RC
          • dentro de 40 días de presentada y sin observaciones se la tiene recepcionada
          • Se verifica si cumple
            • Si
              • recepcionada
                • Un fiscal la examina
                  • Solicita
                    • Aprobación
                      • Sin cargos
                    • desaprobación
                      • Con cargos
                  • verifica su aspectos formal, legal,contable, numerico y documental
                • Sala a cargo
                  • Considera - dicta resolución - notifica - informa
                    • si al cabo de 180 día de corrido de recepcionada la RC la sala no realizo el pronunciaminte la RC se dara por aprobada automaticamente, sin perjuicio de la responsabilidad que incuba a los miembros intervinientes
            • No
              • La formula de oficio
              • Observación
      • Recursos
        • recurso de revision
          • con el escrito de presentación del recurso, se deberá adjuntar toda la documentación que haga al descargo, como asi el ofrecimiento de pruebas . sin perjuicio de ello, el tribunal podra considerar los descargos o pruebas ingresados fuera del termino, cuando su naturaleza lo haga acunsejable, debera ademas formular, en su caso, reserca de derecho en orden a los recursos extraordinarios (via de incostitucionalidad e inaplicabilidad de la ley
          • cuando
            • error de hecho o de calculo
            • cuando documentos o pruebas nuevos justifiquen la partida
            • cuando la resolución se dicto en base a documentos falsos
            • cuando no se hubiera considerado o se hubiera interpretado mal la documentación presentada
          • ingresa el escrito a la sala
            • se examina si ha cumplido con los requisitos mensionados y en el termino de 30 dias admite o deniega el mismo
            • admite
              • -indicara al responsable -a quien se le concede y los puentos sobre los que versara la revición concedida
              • el fiscal examinara la defensa ofrecida solicitando el diligenciamiento o rechazo de pruebas si correspondier producira su inform, indicando calramente las modificaciones que aconseja efectuar a la resolucion recurrida en menos de 40 días
                • con este informe la sala dicta proviedencia de autos
                  • dictara sentencia 40 dias
                    • el fiscal puede solictar la revisión de oficio
            • denega
          • Fallos de sala
            • recuribles por ante el superior tribunal de justicia
              • casos: de inconstitucionalidad o inaplicabilidad de ley
              • se deducira por ante la salao el Tribunal de cuentas dentro de 30 dias
                • interpuesto el recurso, la sala examinara si se han cumplido con los requisitos exigidos y en 20 dias admite o deniega
                  • si se concediere
                    • se elevaran los autos al tribunal competente, dentro de los 10 dias a la ultima notificación al recurrente
                  • si se deniega
                    • el auto q lo deniega sera apelable en 5 dias
        • recurso de revocatoria
          • contra: 1) incumplimiento a las resoluciones o emplazamientos del tribunal de cuentas 2) Por la no presentación de las Rendiciones de cuentas 3) Por no denunciar iregularidades 5) Por falta de las medidas administrativas que se ordenara cumplir
          • contra multas - tiene que ser deducido por sala en el termino de dias
        • cuando se hubiere interpuesto estos recursos de forma conjutna con el recurso de revisión, la concesion o denegacion del mismo se supeditara al resultado de la revision
      • ejecucion de fallos
        • la sentencia condenatoria de la sala quedaran ejecutoriada 30 dias despues de su notificación y deberan cumplirse dentro de los 5 dias habiles posteriores
          • cuando el responsable cumpliere la resolucion, se dispondra la transferencia a la orden de la autoridad correspondiente
          • la sentencia que tendra fuerza ejecutiva constituye titulo habil y suficiente para iniciar la accion judicial respectiva
          • vencido el plazo, sin que se haya hecho efectivo el pago
            • se entregara al fiscal de estado, copia de parte resolutiva de la sentencia (autentificada x el secretario del tribunal)
              • unico requisisto para iniciar la accion ejecutiva pertinente, sin mas tramites.  plazo 30 dias
              • -el fiscal de estado comunicara al tribunal o sala la iniciacion del juicio, indicando juzgado y secretaria - semestralmente informara sobre el estado del mismo remitiendo en su oportunidad - testimonio de la sentencia que recaiga y los fondos que hubiere recibido.
                • los fondos que se ingresen ante el tribunal no serán transferidos hasta que se resuelvan los recursos
                • laas resuluciones definitivas de la sala o el tribunal, se haran efectivas no ostatne cualquer recurso judicial que contra ella se interponga.
                  • la ejecución se suspendera cuando
                    • se efectue el pago
                    • se consigne el importe del cargo
                    • se haya trabado embargo
                    • dado fianza suficiente a juicio de fiscalia de estado
                    • declarado el cargo inmprocedente
                  • sin embaargo, el STJ podra, si conociere de alguna acción o recurso, contra el fallo de sala o del tribunal de cuentas. ordenar se paralice el cumplimiento de la sentencia de trance o remate, cuando asi se estime conveniente
                • puede celebrar acuerdo de pagos, y en los caso de sumas que suepren los pesos deiz miel, se requerira
                  • la fiscalia de estado debera dictar una reglamentación en la que se prevean los mecanismos tendientes a reunir las condiciones previstas en esta norma. en los caso que corresponda debera promoerse la homologación judicial del acuerdo, con comunicación a la sala o al tribunal de cuentas
                  • haber iniciado la ejecución judicial
                  • que cuente con la expresa aceptación del acuerdo por el organismo afectado
                  • previo conocimiento del tribunal de cuentas a los fines de su competencia
          • correran intereses de uso judicial desde el dia siguiente al vencimiento
      • Vicios de procedimientos
        • cualquier reclamo con respecto a los procedimientos debera formularse antes del llamamiento de autos. pasa da esa oportunidad ningun recurso podra intentarse por vicio de procedimiento
      • prejudicialidad
        • el pronunciamiento de la sala o del tribunal de cuentas sera previa a toda accion judicial pendiente de hacer efectiva la responsabilidad civil de l los sujetos sometidos a su jurisdicción
        • exepciones
          • en los casos que mediare sentencia judicial contra el estado, por hechos imputables a sus agentes, en los que la desición judicial determine la responsabilidad civil de los mismos
          • en los suspuestos de ondena penal cuando lleve aparejada la responsabilidad patrimonial del condenado y se trate de delitos ocntra la administracion pública o en perjuicio de la misma
      • plazos
        • articulos 179 180 de l a CP y el articulo 45 de la presente ley se computaran dias de corrido
        • se cumputaran en dias habiles administrativos empiezan a correr desde el dia siguiente al de la notificacion emplazamiento o citaacion
        • los emplazamientos, notificaciones de providencia y resoluciones se haran en forma personal, por cedula, oficio y otros medios autenticos de comunicacion
        • notificaciones al interior, la diligencia podra llevarse por intermedio de juzgados de paz o dependencias policiales o otros medios
        • cuando se ignora el domicilio del responsable el emplazamiento se hara por medio de edictos a publicarse 3 veces seguidsas en el boletin oficial
      • obligacion generica de denunciar
      • Organo de control externo del Sector Público Provincial, Municipal y de la haciendas paraestatales
        • competencias jurisdicción y atribuciones
          • 3 Atribuciones
            • Control
            • Jurisdicción
            • Reglamentación
            • Institucionales, Organización y Administración
            • De asesoramineto
            • Disiplinarias
            • De información y Publicidad
            • Delegación de Potestades
            • Interpretación de la ley
            • Uso de la Fuerza Pública
            • Perfeccionamiento Institucional
          • 2
            • independencia funcional y autonomia financiera
            • imperio necesario para hacer cumplir sus deciciones
              • como asi para afirmar su inviolabilidad funcional e idependencia, frente  a los poderes del estado y entidades sometidas a su jurisdiccion, mediante las acciones que podra ejercer directamente ante las autoridades competentes en los casos en que las mismas resulten violadasm, ignoradas o amenazadas
            • inspeccionar las dependencias de los entes
            • aprueba o desaprueba las rendiciones de cuentas
            • Determina la responsabilidad administrativa-patrimonial
              • Mediante la sustanciación de Juicio de Cuentas y Juicio Administrativo de Responsabilidad
              • Juicio de Cuentas
                • Emplazamiento
                  • a contestar por escrito los cargos o reparos de que haya sido objeto, bajo apercibimeinto de dar decaido el derecho ofrecer descargos o pruebas  en un terminos comprendido entre 20 y 30 dias, apartir de la notificacion del emplazamiento, q podra ser prorrogado hasta 40 dias si el implicado reside een el extranjero 
                • Responsable ofrece pruebas
                  • 40 días para el diligenciamiento de las pruebas aceptadas 
                • El fiscal emite su informe final
                  • Termino no mayor a 40 días
                • La sala dicta providencia de autos
                • La sala dicta sentencia
                  • dentro de 30 días de la providencia de autos y si hay disidencias dentro de 15 dias se los resuelve en acuerdo plenario
                  • absolutoria
                    • Se declara libre de responsabilidad al cuentadante, comunicara la misma a los interesados y al fiscal y dispondra de archivo de las actuaciones
                  • condenatoria
                    • Monto de resarcimiento
              • Juicio Administrativo de Responsabilidad
                • cuando exista una perjuicio a la hacienda pública, se determinara por sumario administrativo, se iniciara cuando se denuncie tales actos o se tenga convicción de la existencia
                • cuando
                  • antes de rendirlas, cuando se concrete daño
                  • en todo momento cuando se trata de acto o hecho extraño a la RD
                  • despues de aprobadas o desaprobadas, cuando dentro de 3 años de juzgada surja algun daño
                • quien conozca * cualquier irregularidad deve denunciarla
                  • -funcionarios y agentes denuncian ante su autoridad superior, quien deberá remitirla al tribunal de cuentas en el lapso no mayor de 10 días, este incumplimiento dara lugar a multas -si la denuncia proviene de un tercero, se requerira ratificacion de la misma por escrito ante el tribunal. ademas debera acreditar identidad y domicilio -si la denucia se formulara ante el propio tribunal de cuentas, este debera recibirla y en su caso, posteriormente podra girarla al organismo respectivo, disponidendo que se instruya el sumario del caso o resolver su realizacion directamente
                • recibido la denuncia
                  • tomar conocimiento y aguardar la remision
                  • designar a un agente para que intervenga en la tramintacion del sumario
                  • sustanciar el sumario
                • Recibido el Sumario la Sala puede
                  • La ampliacion del sumario por el mismo sumariante u otro designado por el tribunal (esclarecimiento)
                  • su archivo, si del analisis del mismo resultara evidencia la inexistencia de responsabilidad o que, de hacerla, el daó superare un monto que por razones de economia, se estime no conveniente la iniciacion del juicio
                  • Iniciar Juicio Administrativo
                    • el Tribunal remite a los responsables copia del dictamen sumarial, el informe del fiscal y del auto que dispone el emplazamiento para que produzca su descargo. el plazo es de 10 a 30 días, se puede ampliar en cuanto a la naturaleza del ausnto o razones de distancia lo justificquen a pedido del imputado 
                    • Responsable
                      • puede actuar por si o con apoderado (efectuar el descargo y ofrecer y acompañar la prueba)
                      • constituye domicilio legal dentro del radio de la sede del tribunal
                      • cuando el testigo sea del interior, la sala puede delegar a un juzgado de paz o una dependencia policial para la realizacion de la audiencia
                      • podrá tenerse al responsable desistido de la prueba, cuando a juicio de sala no se a urgido correctamente
                    • el fiscal eleva su informte
                    • La sala puede ordenar pericias y desiganar peritos
                      • quien fue citado como perito lo hace ad-honorem bajo apercibimiento de ser sancionado con suspencion de hasta 15 dias
                      • no se le aplica a director general para arriba (lo hacen por escrito)
                    • se llama a autos para resolver
                      • resolución aprobatoria
                        • dentro de los 30 dias en caso de disidencia se resuelve por acuerdo plenario 15 dias llevara aparejada la providencia del archivo de las acutaciones, previa notiicación y comunicación a quiens corresponda
                      • resolucion desaprobatoria
                        • dentro de los 30 dias  disidencias 15 dias en acuerdo plenario se debera fijar el monto de resarimiento en estos caso y cuando no se determinen daños pero si procedimientos administrativos irregulares, la sala impondra multa
                    • por actos hechos u omisiones, respectos de los cuales hubieran trascurrido mas de cinco años no se sustanciara juicio administrativo de responsabilidad. dicho plazo quedara interrumpido a partir del auto de citación a juicio en el supuesto iniciar juicio administrativo
        • 1 sector publico integrado por
          • Administración Central Municipal y Provincial
            • Administración central y organismos autarquicos
          • Empresas y sociedades del estado Provincial o Municipal
            • -Empresas del estado -sociedades del estado -sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria-sociedades de economia  mixta  - todas las entidades empresariales donde el estado tenga participacion mayoritaria en el capital o formacion de la desiciones -entidades de derecho privado donde el estado tenga responsabilidad el estado a las cuales se hubieren asociado, con participación minoriatria de capital, garantizando su solvencia o utilidad, les haya acordado concesiones o privilegios, o subsidios o aporte para su instalación o funcionamiento.
  2. Internos

    • Fiscal de estado
      • A su cargo: la defensa del patrimonio del estado y el control de la legalidad administrativa del estado y sera parte legitima en todos los juicios donde se controvierten intereses o bienes del estado.
      • obligación: demandar la inconstitucionalidad o nulidad de leyes, decretos, resoluciones o actos públicos contrarios a las prescripciones de esta constitución, que perjudiquen los derechos e intereses de la provincia y de recurrir ante el fuero contenciosos-administrativo respcecto de cualquier acto administrativo emanado del estado, no ajustado al marco jurídico de legalidad objetiva, al cual debe somenter su funcionamiento.
    • Contador General y Subcontador
      • Ejercerá el control interno y registro de la gestión contable, financiera y patrimonial del sector publico provincial.  Efectuara el control preventivo de los libramientos de ordenes de pago con autorizacion fundada en ley general de presupuesto o las leyes que generen gastos Preparara e informará a la camara de diputados sobre la cuenta general del ejercicio.
    • Tesorero General y SubTesorero
      • Efectuará los pagos que reúnan los requisitos de exigibilidad y estén autorizados por la contaduría general

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Descripción
t 1 Orgánica del Tribunal de Cuentas Mapa Mental sobre control, creado por harrysmendi el 12/12/2013.
Creado por
harrysmendi
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Historial
  • Creado por harrysmendi · 12 dic 2013
  • Copiado por harrysmendi · 12 dic 2013
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